El protagonismo de los ejércitos en la historia de España ha tenido una trascendencia fundamental en la sociedad española a lo largo de los siglos, determinando para bien y para mal la realidad militar, si no aspectos socio-político-económicos y religiosos actuales, recogiéndose en los archivos de los diferentes ejércitos una inmensa cantera de fuentes documentales, generadas por la inmensa actividad castrense desplegada a lo largo de los siglos que han permitido, con grandes limitaciones según épocas y circunstancias, la reconstrucción historiográfica de nuestro pasado, una vez que han ido desapareciendo las fuentes orales, o ha ido dispersándose parte de la documentación en multitud de archivos privados, casi siempre fruto del expolio consentido explícita o tácitamente —muchos de ellos en manos de respetadísimas fundaciones subvencionadas con dinero público—. En consecuencia, el acceso a los archivos militares, así como de los privados que detentan documentación militar, ha sido y es una necesidad y un derecho individual y colectivo, que viene recogido incluso en la Constitución Española, concediéndosele tal importancia que dedica nada menos que doce artículos para regular el desarrollo de este derecho (Arts. 12 al 24).
En los últimos tiempos han tenido lugar importantes avances en la organización y acceso de los ciudadanos a los archivos militares y es de reconocer el celo de algunos de sus responsables y funcionarios en aplicar mejoras organizativas, de catalogación y de acceso, tras décadas de ineficiencia y hasta de obstruccionismo descarado al trabajo de los investigadores, trabas en las que se ha dejado entrever un componente ideológico cuando se trata de documentación relativa al período de la II República, la Guerra Civil o la Transición democrática.
El laberíntico corpus jurídico que sistematiza la organización y acceso a archivos estatales, reconociendo en su enunciado derechos constitucionales, presenta en la práctica tales obstáculos al investigador que desvirtúa el ejercicio de esos derechos
Sin embargo, el laberíntico corpus jurídico que sistematiza la organización y el acceso a la información de los archivos estatales, reconociendo en su enunciado derechos constitucionales, presenta en la práctica tales obstáculos al investigador, que desvirtúa —cuando no bloquean parcial o totalmente— el ejercicio de esos derechos. Podemos referirnos a los problemas que se plantean en el Archivo del Cuartel General de la Armada (Madrid) o en el Archivo General de la Administración (Alcalá, de Henares) para acceder a las hojas de servicio y otros expedientes personales de miembros de la Armada republicana o de la rebelde, depositados allí pero bajo la jurisdicción de la Armada, que bajo el argumento de los plazos de prescripción para su consulta (50 años de la fecha del último documento o 25 desde el fallecimiento del interesado) por el simple hecho de que al cabo de varias décadas de expirados los plazos, se haya incorporado posteriormente un escrito (por ejemplo una instancia solicitando un documento para cobrar una pensión), se resucitan los plazos colocándolos en la casilla de salida.
Aunque la ley garantice en términos generales estos derechos, los reglamentos y las tan frecuentemente invocadas “normas” de los archivos, convierte muchas veces el trabajo de investigación histórico en una carrera de obstáculos, uno de los cuales, y no pequeño, es la exasperante demora de varios meses —en ocasiones hasta un año— en la recepción de copias de documentos solicitados a estos archivos, ocasionada por la escasa dotación de medios y de personal. Pero entre todos estos problemas podríamos destacar uno que dificulta extraordinariamente la investigación es la deficiente catalogación de los fondos, que convierte la búsqueda de datos en un juego de ir dando palos de ciego, así como la imposibilidad de acceder por internet a los catálogos descriptivos —un mal que afecta a los archivos de los tres ejércitos y de la Guardia Civil— lo que obliga en demasiadas ocasiones al desplazamiento del investigador en un pesado y oneroso peregrinaje en busca del dato perdido.
A pesar de lo progresado en la catalogación de fondos, la mayor parte de ellos está aún sin digitalizar, y aunque lo estén, la falta de un índice descriptivo ilustrativo del asunto de que tratan los documentos, obliga al investigador a probar suerte haciendo pedidos de expedientes, sin certeza de que la información en ellos contenida es la que busca, consumiendo en la espera recursos de tiempo y ¿por qué no decirlo? del oneroso importe de las copias.
Aunque en el anteproyecto de Ley de Información Clasificada se producen cambios relevantes, preocupa la discrecionalidad en la forma de su aplicación, y en que aunque el CNI deja de tener protagonismo en la determinación de qué documentos pueden tener limitaciones de acceso público, esta potestad pasa al Ministerio de la Presidencia de Gobierno y no a una institución neutral, con lo que se subordina a la ideología e intereses partidistas gubernamentales tal calificación, por lo que cabe cuestionar que la llegada al poder de un gobierno o una alianza electoral con elementos ultraconservadores, levante limitaciones a la información de documentos sensibles en materia de vulneración de derechos humanos y en su lugar las mantenga o las amplíe.
La existencia de archivos con información militar en manos privadas, incluidas las fundaciones, es una anormalidad incompatible con el principio de patrimonialidad de la documentación generada por el estado, sus instituciones y sus servidores públicos. Carece de legitimidad que amplios fondos con documentación militar original estén en manos de personas privadas —aunque en algunos casos hayan cedido copia al Centro Documental de la Memoria como requisito por la recepción de subvenciones para su digitalización—. Se trata de series documentales enteras que van desde el propio despacho del jefe del gobierno republicano, o la jefatura del estado de la dictadura, hasta las que detentan los descendientes de generales con puestos relevantes del ejército franquista durante la guerra civil. Todo documento que lleve el membrete o sello de una institución militar es, por su origen, patrimonio del estado y debe ser éste el responsable de su catalogación, depósito y conservación para evitar expolios o restricciones por motivos ideológicos para su acceso. Casos escandalosos como el de la Fundación Nacional Francisco Franco, que detenta la documentación —militar y civil— firmada por Franco durante cuatro décadas, es un hecho abominable y objeto de un reproche severo para los poderes del estado español.
La Asociación por la Memoria Militar Democrática se posiciona ante la sociedad española y ante sus instituciones como defensora de la libertad de acceso a la documentación militar y en contra de toda legislación que permita, por sí misma o por los reglamentos y normas que la desarrollen, impedir o dificultar el acceso a documentos militares históricos, es decir, fechados hace más de cincuenta años, exigiendo el establecimiento de controles independientes y objetivos, al margen de intereses políticos o mediáticos para la aplicación de las leyes sobre patrimonio documental militar, extendiendo el derecho de acceso al resto de los fondos documentales cuya posesión no forme parte actualmente del patrimonio documental del estado.
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Floren Dimas Balsalobre es oficial del Ejército del Aire, investigador histórico y miembro de la AMMD
El protagonismo de los ejércitos en la historia de España ha tenido una trascendencia fundamental en la sociedad española a lo largo de los siglos, determinando para bien y para mal la realidad militar, si no aspectos socio-político-económicos y religiosos actuales, recogiéndose en los archivos de los diferentes ejércitos una inmensa cantera de fuentes documentales, generadas por la inmensa actividad castrense desplegada a lo largo de los siglos que han permitido, con grandes limitaciones según épocas y circunstancias, la reconstrucción historiográfica de nuestro pasado, una vez que han ido desapareciendo las fuentes orales, o ha ido dispersándose parte de la documentación en multitud de archivos privados, casi siempre fruto del expolio consentido explícita o tácitamente —muchos de ellos en manos de respetadísimas fundaciones subvencionadas con dinero público—. En consecuencia, el acceso a los archivos militares, así como de los privados que detentan documentación militar, ha sido y es una necesidad y un derecho individual y colectivo, que viene recogido incluso en la Constitución Española, concediéndosele tal importancia que dedica nada menos que doce artículos para regular el desarrollo de este derecho (Arts. 12 al 24).