Ley de Memoria Democrática y reparación

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Gutmaro Gómez Bravo

En septiembre de 2020, se presentó el anteproyecto de Ley de Memoria Democrática que esta jueves se somete a su aprobación en el Parlamento. Un cambio de denominación respeto a la anterior ley, la de Memoria Histórica, que trata de evitar la controversia y su permanente bloqueo político y judicial que muestra, sobre todo, un notable cambio de orientación, siguiendo los principios del Derecho Humanitario internacional para situar a las víctimas de la represión en el centro de la acción pública. Desde 2004, Naciones Unidas había establecido una agenda para la salida de los conflictos armados, especialmente de guerras civiles, dirigidas por medidas legales que sentaban las bases de la conocida como justicia transicional. En 2011 la estrategia se reforzó con elementos comunes como verdad, justicia y reparación, que establecieron los puntos de reconocimiento del caso español: la ilegitimidad de los Consejos de Guerra franquistas, declarando nulas todas las resoluciones y sentencias que dictaron. Desde comienzos de siglo se había ampliado mucho el conocimiento histórico del franquismo. La ley planteaba profundizar en dos cuestiones: por un lado, realizar un inventario de bienes expoliados durante la guerra y la dictadura y, por otro, el sistema penitenciario. Se trataba de conocer el otro gran eje del modelo represivo franquista, poniendo especial énfasis en los trabajos forzados, a través de un censo de empresas beneficiarias y otro de edificaciones realizadas con mano de obra esclava. Las posibilidades, sin embargo, de seguir y documentar el monumental trasvase de propiedad que se produjo desde comienzos de la guerra, eran muy limitadas, ya que fue transmitido hasta los años sesenta en innumerables operaciones de donación o venta entre particulares. Igualmente complejo sigue siendo conocer el bloqueo de las cuentas bancarias y el impacto de la depuración profesional, tanto de los empleados públicos como privados, ya que su restitución simbólica nunca había sido abordada plenamente desde el Estado.

El paso más importante que daba esta nueva ley era la ampliación del concepto de víctima, situando su marco temporal entre 1936 y 1978, con la aprobación de la Constitución. Por primera vez se reconocía a las mujeres encarceladas por adulterio e interrupción del embarazo. También a todos aquellos que sufrieron persecución por su condición sexual, a través de la Ley de Vagos y Maleantes y de Peligrosidad Social. En este sentido, reconocía la actividad de las asociaciones de memoria a las que seguía destinando la atención a los familiares de las víctimas. El deber del Estado quedaba marcado en la localización de las fosas comunes, la búsqueda e identificación de los desaparecidos y la elaboración de un mapa de fosas. Igualmente, planteaba crear un Banco Nacional de ADN de Víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura, para su identificación mediante la recepción de sus muestras biológicas y la de sus familiares. Por último, abría una Fiscalía de Sala de Memoria Democrática y Derechos Humanos desde el golpe a los violentos años inmediatos a la muerte de Franco.

Por primera vez, se reconocía a las mujeres encarceladas por adulterio e interrupción del embarazo. También a todos aquellos que sufrieron persecución por su condición sexual

La necesidad de investigar, de estudiar, de aunar esfuerzos para movilizar esa gran masa documental pasa claramente por una política de conservación y acceso a los archivos. La mayor parte de los avances en el conocimiento histórico de las dos últimas décadas proceden de la desclasificación de archivos y de su estudio sistemático. La ley contemplaba la protección de los documentos de la guerra y de la represión, del mismo modo que garantiza el derecho de acceso a esos fondos documentales para su consulta con fines de investigación, frente a los posibles choques con la Ley de Secretos Oficiales. Algunos de sus puntos más conocidos ya se habían iniciado, como la retirada de símbolos, las medallas y distinciones, títulos o condecoraciones concedidas a los protagonistas o impulsores del golpe de Estado de 1936, o la Dictadura, que incluye a miembros de la policía política; disuelve las fundaciones o asociaciones que hagan apología del franquismo. La resignificación del Valle de los Caídos, que ya se había impulsado con la exhumación de Franco en 2019, fue el gran escaparate de una ley que por primera vez también contemplaba sanciones para su cumplimiento. Cuelgamuros, el lugar donde yacían los restos de los 33.000 cuerpos entremezclados en un mausoleo construido por presos y prisioneros políticos, la esencia del nacionalcatolicismo, pasaba a ser la mejor oportunidad para darle un valor pedagógico y democrático al pasado violento. Los republicanos, invisibilizados, ocultados durante años, pero también los 'nacionales', oficialmente caídos por Dios y por España, víctimas de una apropiación que hizo la dictadura de su figura en su modelo de reconciliación sobre vencedores y vencidos. Un lugar de memoria para mostrar un pasado oculto durante demasiado tiempo, concluyendo simbólicamente la Transición.

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Gutmaro Gómez Bravo es profesor titular de Historia contemporánea, UCM, Director de Gigefra

En septiembre de 2020, se presentó el anteproyecto de Ley de Memoria Democrática que esta jueves se somete a su aprobación en el Parlamento. Un cambio de denominación respeto a la anterior ley, la de Memoria Histórica, que trata de evitar la controversia y su permanente bloqueo político y judicial que muestra, sobre todo, un notable cambio de orientación, siguiendo los principios del Derecho Humanitario internacional para situar a las víctimas de la represión en el centro de la acción pública. Desde 2004, Naciones Unidas había establecido una agenda para la salida de los conflictos armados, especialmente de guerras civiles, dirigidas por medidas legales que sentaban las bases de la conocida como justicia transicional. En 2011 la estrategia se reforzó con elementos comunes como verdad, justicia y reparación, que establecieron los puntos de reconocimiento del caso español: la ilegitimidad de los Consejos de Guerra franquistas, declarando nulas todas las resoluciones y sentencias que dictaron. Desde comienzos de siglo se había ampliado mucho el conocimiento histórico del franquismo. La ley planteaba profundizar en dos cuestiones: por un lado, realizar un inventario de bienes expoliados durante la guerra y la dictadura y, por otro, el sistema penitenciario. Se trataba de conocer el otro gran eje del modelo represivo franquista, poniendo especial énfasis en los trabajos forzados, a través de un censo de empresas beneficiarias y otro de edificaciones realizadas con mano de obra esclava. Las posibilidades, sin embargo, de seguir y documentar el monumental trasvase de propiedad que se produjo desde comienzos de la guerra, eran muy limitadas, ya que fue transmitido hasta los años sesenta en innumerables operaciones de donación o venta entre particulares. Igualmente complejo sigue siendo conocer el bloqueo de las cuentas bancarias y el impacto de la depuración profesional, tanto de los empleados públicos como privados, ya que su restitución simbólica nunca había sido abordada plenamente desde el Estado.

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