Fraude
Andalucía y Madrid multan a Telefónica por la primera subida de Movistar Fusión
Las comunidades autónomas de Andalucía y Madrid han impuesto a Telefónica multas de 6,23 millones de euros y 30.000 euros, respectivamente, por la primera subida de cinco euros aplicada en marzo de 2015 a sus paquetes de oferta convergente de Movistar Fusión.
En concreto, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha resuelto este martes imponer una multa de 6,23 millones de euros a Telefónica, de los que 870.000 euros son de multa por haber incurrido en prácticas como publicidad engañosa y cláusulas abusivas y 5,36 millones de euros corresponden al comiso por el dinero que la Junta considera que ha sido cobrado ilícitamente.
En rueda de prensa el portavoz del Ejecutivo andaluz, Miguel Ángel Vázquez, ha explicado que tras las investigaciones realizadas quedó probado que Telefónica de España realizó publicidad engañosa, con la agravante de reiteración, infracción que se sanciona con 350.000 euros. Asimismo, la empresa introdujo cláusulas abusivas en los contratos en perjuicio del consumidor y usuario, lo que conlleva una sanción de 220.000 euros, y no atendió los requerimientos efectuados por la Administración (300.000 euros).
De acuerdo con la legislación autonómica de consumo, las tres infracciones se sancionan en la mitad superior de las tipificadas como muy graves, al haberse cometido de forma voluntaria y continuada, tener una alta repercusión en el mercado, afectar a un gran número de personas y estar vinculadas a servicios de uso ordinario y generalizado. A estas circunstancias agravantes se añade también la derivada de que la empresa cometió las infracciones valiéndose de su posición dominante en su sector.
Fuentes de Telefónica han anunciado que recurrirán la decisión de la Junta de Andalucía ante la propia Junta o por vía contencioso-administrativa en la Audiencia Nacional y han rechazado que exista un comportamiento ilícito en la subida de precios, tal y como refleja el hecho de que casi la totalidad de las sentencias judiciales emitidas hayan sido favorables a Telefónica.
Facua celebra que por fin un gobierno autonómico haya decidido multar a Telefónica por este "fraude masivo" que afecta a unos cuatro millones de clientes en toda España, pero critica el reducido importe de la sanción en relación a las cantidades cobradas fraudulentamente.
Según las estimaciones de la asociación, la compañía ha ingresado alrededor de 630 millones de euros extra con las sucesivas subidas de Movistar Fusión, de los que más de 110 millones provienen de usuarios andaluces y alrededor de 70 como consecuencia del primer incremento, el que ha sido objeto de sanción.
Facua reclamará a la Junta acceso al contenido del expediente sancionador y la posibilidad de recurrir su importe, al considerar que no se ajusta al beneficio ilícito obtenido por la compañía, e interpondrá otra denuncia ante la autoridad de protección al consumidor andaluza para reclamar nuevas sanciones y el comiso del beneficio ilícito obtenido por Telefónica con las dos subidas que aplicó con posterioridad a la que ha sido objeto de esta multa.
La asociación subraya que a día de hoy, los usuarios han pagado ya hasta 166 euros de más por las tres primeras subidas aplicadas en las tarifas de Movistar Fusión. La primera, de cinco euros, tuvo lugar en mayo de 2015; la segunda, de tres euros, fue en enero de 2016; y la tercera, de entre dos y cinco euros, en julio de este año. La compañía ha anunciado un nuevo incremento en algunas de sus tarifas de cinco euros para el próximo febrero.
Multa de la Comunidad de Madrid
Por otro lado, la Dirección General de Comercio y Consumo de la Comunidad de Madrid ha impuesto a Telefónica una "sanción pecuniaria de 30.000 euros" por la primera subida de cinco euros de los paquetes de Movistar Fusión tras una denuncia presentada por varias asociaciones como la Asociación de Internautas y Facua.
En la resolución, hecha pública por la asociación, señala que esta sanción tiene como objeto la tutela de los intereses generales de los consumidores, por lo que para la reparación individual de los daños y perjuicios el cliente debe acudir a los Tribunales de Justicia.
La Asociación de Internautas remarca que este fallo de la Comunidad de Madrid pone en evidencia que Telefónica "ha cometido una infracción, pues al realizar una oferta diciendo que era 'para siempre', convenció a muchos clientes de elegirles a ellos en vez de a la competencia".
En su denuncia, la Asociación de Internautas exigía que Telefónica retirase la publicidad de la subida de precios por contradecir la anterior y mostrar claramente el engaño que escondía para el consumidor.
A este respecto, incide en que, según la normativa europea, publicidad engañosa es "toda publicidad que, de una manera cualquiera, incluida su presentación, induce a error o puede inducir a error a las personas a las que se dirige o afecta y que, debido a su carácter engañoso, puede afectar su comportamiento económico o que, por estas razones, perjudica o es capaz de perjudicar a un competidor".
Por este motivo, la organización presidida por Víctor Domingo incide en que la oferta inicial "debería haber sido respetada para todos los clientes de Movistar Fusión desde la fecha de la promoción hasta ahora".
La Asociación recuerda que cuando se lanzó Movistar Fusión en septiembre de 2012, el presidente de Telefónica España, Luis Miguel Gilpérez, anunció que los precios de está oferta integrada de comunicaciones, "la más competitiva del mercado español", eran "finales y para siempre".
Sin embargo, en marzo de 2015 Telefónica "sorprendía" con la noticia de que Movistar iba a subir cinco euros los precios de sus paquetes Movistar Fusión, hecho que varias entidades denunciaron ante distintos organismos de la Administración Pública, pero que hasta el momento sólo habían recibido "respuestas negativas evitando el problema".
En concreto, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) respondió a la Asociación de Internautas que no veía eso como publicidad engañosa y Autocontrol desestimó entrar a conocer del asunto por entender que Telefónica había retirado voluntariamente el "para siempre" de la publicidad que hizo de Movistar Fusión.
Sentencias favorables a Telefónica
Ante estas sentencias, desde Telefónica recuerdan que mas de 32 sentencias de juzgados de veinte provincias han dictado en los últimos meses sentencias favorables a Movistar, condenando al demandante a hacerse cargo de las costas judiciales, así como que otras once han finalizado por desistimiento del demandante.
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En este sentido, subrayan que son la práctica totalidad de las falladas hasta ahora, lo que muestra una "clara unidad" en el criterio de los distintos juzgados que las han visto, y hace "difícilmente creíble que la conducta haya sido ilícita", como ahora manifiesta la resolución recién conocida en Andalucía.
La operadora remarca que estas demandas, amparadas y animadas en su mayoría desde Facua, están siendo desestimadas con argumentos como que Telefónica puede modificar las condiciones del contrato, y por tanto su precio, siempre que concurran una serie de requisitos como "la variación técnica de los equipos o redes que afectasen al producto, circunstancia que se ha dado en varias ocasiones".
Además, añade que tal como se ha explicado en las alegaciones, y así lo reconocen estas sentencias, la compañía comunicó "debidamente y con la suficiente antelación" a sus clientes la modificación del precio y facilitó la baja en el servicio sin penalización alguna. Sin embargo, en muchas ocasiones el usuario decidió continuar con la prestación del servicio y abonó de forma consciente y voluntaria los cinco euros adicionales durante los meses posteriores.