Adolfo Carretero, el juez que ha admitido la denuncia del sindicato policial Asipol contra Dani Mateo tras el sketch emitido por La Sexta en que se sonaba la nariz en una bandera de España, protagonizó en 2012 uno de los episodios de cerco a la libertad de información más relevantes de los últimos años. Titular del juzgado de instrucción número 47 de Madrid y de conocida ideología conservadora, Carretero mantuvo imputada entre abril de 2012 y el mismo mes de 2013 a la periodista de la Cadena SER que difundió el vídeo del espionaje al expresidente madrileño Ignacio González en Colombia.
Este sábado, fuentes cercanas al magistrado han recalcado que Carretero imputó a la periodista Pilar Velasco "porque no le quedó más remedio" después de que la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial le obligase a ello al acceder a la petición de los abogados de Ignacio González. Carretero tomó declaración como imputada a la periodista, algo a lo que se había negado en dos ocasiones previas, en abril de 2012. El 22 de abril de 2013 la misma sección de la Audiencia madrileña ordenó archivar la imputación de revelación de secretos que pesaba sobre la informadora. A González le faltaban esta vez cuatro años menos un día para pisar la cárcel como preso preventivo por un caso de corrupción cuyo estallido nadie presagiaba entonces.
La secuencia de los hechos pivota sobre cuatro fechas esenciales. El 10 de febrero de 2012, la Sección Cuarta de la Audiencia de Madrid dictó un auto en el que estimaba el recurso de Ignacio González. La Audiencia adujo lo siguiente: que la hipótesis de la defensa del político era que la periodista "sabía" que las imágenes del vídeo habían sido "obtenidas ilícitamente"y que tales hechos podrían constituir un delito de revelación de secretos y que, por tanto, era "preciso tomar declaración en calidad de imputada a la periodista (...), tal y como se solicita, para así preservar su derecho constitucional de defensa". [Puedes consultar el auto pinchando aquí].
La segunda fecha en esta cronología es la del 20 de abril de ese mismo año: Velasco declaró como imputada ante Carretero, defendió su derecho al secreto profesional para no revelar su fuente y subrayó el interés público de la noticia. El 10 de septiembre de ese mismo año, el juez Carretero denegó la petición de los abogados de la periodista para que la imputación fuese sobreseída. Y no fue hasta el 22 de abril de 2013 cuando la Sección Cuarta de la Audiencia de Madrid dictó un auto por el que decretó el sobreseimiento libre –es decir, definitivo– para la informadora.
Este periódico no ha podido averiguar por qué Carretero denegó en septiembre de 2012 la solicitud de sobreseimiento una vez había prestado declaración Velasco. Su rechazo hizo que la periodista permaneciera imputada un año.
El juez ante el que ahora declarará Mateo en calidad de investigado abrió en enero de 2009 la investigación sobre el espionaje a González durante el viaje que el año anterior había efectuado a la ciudad colombiana de Cartagena de Indias. Fue allí donde se grabó el vídeo cuya difusión le costó la imputación a la periodista de la SER Pilar Velasco. Las imágenes mostraban al político madrileño entrando en un inmueble con bolsas blancas de plástico en la mano y saliendo luego sin ellas.
Un hermano del magistrado, Agustín Carretero, igualmente juez de carrera, ocupaba entonces y como gerente de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid un alto cargo en el Gobierno de Ignacio González. Luego, fue nombrado director general de Calidad en octubre de 2013.
El interrogatorio del juez
El auto de la Audiencia que en abril de 2013 exoneró a Velasco vio la luz acompañado de un voto particular firmado por uno de los miembros de la sala. Su autor, Juan José López Ortega, no discrepaba de la desimputación. Todo lo contrario: lo emitió porque entendía que la Audiencia debería haber reflejado el riesgo que para la libertad de información supuso aquel caso y el suplicio judicial infligido a la periodista. "El interrogatorio a que se le sometió tras ser imputada –narra el voto particular– no parece haber tenido por objeto, únicamente, aclarar cuáles fueron sus responsabilidades en la edición de la noticia, sino que directa y reiteradamente se le preguntó por sus fuentes informativas".
Cómo llegó el vídeo a su poder –prosigue el relato del voto– "fue la pregunta que le hizo dos veces el juez de instrucción y le repitió otras cuatro el letrado de la Comunidad de Madrid". Y ello, pese a que el comienzo de la declaración el abogado de la reportera había dejado constancia de que la amparaba el derecho al secreto profesional.
Carretero archivó las diligencias del espionaje en mayo de 2017, un mes después de que Ignacio González hubiese ingresado en prisión por los –presuntos– graves delitos de corrupción destapados en la Operación Lezo.
Ahora, y apenas ocho meses después de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sentenciase que quemar fotos del rey no es un delito sino un acto protegido por la libertad de expresión, el mismo Adolfo Carretero que imputó a la periodista de la SER interrogará el próximo lunes a Dani Mateo como investigado por la supuesta comisión de un delito de ofensas o ultraje a símbolos de España o sus Comunidades efectuado con publicidad y tipificado en el artículo 543 del Código Penal, y así como de un delito de odio, correspondiente al artículo 510 del Código. El delito de ultraje lleva aparejada penas de multa. El de odio puede implicar una condena de hasta cuatro años de prisión.
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La imputación de Pilar Velasco no fue el primer pasaje conflictivo en la vida profesional de Carretero. En 2008, le habían colocado en el centro del huracán las escuchas al grupo del que en esa época ya era conocido como el sheriff de Coslada:sheriffde Coslada Ginés Jiménez, jefe de la Policía Local del municipio madrileño en ese momento y que terminó absuelto por la Audiencia madrileña esta primavera. En febrero de 2009, el Tribunal Superior de Madrid (TSJM) concluyó que Adolfo Carretero, que había ejercido como juez en Coslada, no favoreció el archivo de denuncias interpuestas contra agentes bajo el mando de Ginés Jiménez.
Este viernes, infoLibre intentó sin éxito contactar con los portavoces de Alternativa Sindical de la Policía (Asipol). El sindicato denunció a Dani Mateo pero no consta que haya emprendido ninguna actuación contra el también humorista Toni Soler, que, como muestra de solidaridad tras la avalancha de ataques recibidos por su colega de La Sexta, desplegó en TV3 la versión catalana del gag. Lo hizo sonándose los mocos en una senyera. El delito de ultraje no distingue entre símbolos estatales y autonómicos.
Adolfo Carretero, el juez que ha admitido la denuncia del sindicato policial Asipol contra Dani Mateo tras el sketch emitido por La Sexta en que se sonaba la nariz en una bandera de España, protagonizó en 2012 uno de los episodios de cerco a la libertad de información más relevantes de los últimos años. Titular del juzgado de instrucción número 47 de Madrid y de conocida ideología conservadora, Carretero mantuvo imputada entre abril de 2012 y el mismo mes de 2013 a la periodista de la Cadena SER que difundió el vídeo del espionaje al expresidente madrileño Ignacio González en Colombia.