Anticorrupción eleva a la Audiencia un recurso de queja contra la jueza Núñez en el 'caso ERE'

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La Fiscalía Anticorrupción presentó ante la Audiencia Provincial de Sevilla un recurso de queja contra la jueza María Núñez Bolaños, que investiga los ERE irregulares, por inadmitir el recurso que presentó contra el auto de procesamiento dictado en la pieza separada por las ayudas a la empresa Centros para la Formación y Prevención Laboral (Cenforpre) pese a que fue interpuesto "en el plazo legal establecido".

En el recurso, al que tuvo acceso Europa Press, el Ministerio Público pone de manifiesto que la magistrada inadmitió "por estar presentado fuera de plazo" el recurso de reforma presentado contra el auto del 19 de mayo donde procesó a dos exaltos cargos de la Junta de Andalucía, al exfutbolista Pizo Gómez y a otras dos personas por las ayudas a Cenforpre.

En su recurso, la Fiscalía pedía a la jueza que modificara el auto de procesamiento recogiendo un pronunciamiento sobre los pagos realizados por el antiguo IFA en el ejercicio 2002 a Cenforpre, ya que dichos pagos serían constitutivos de delitos de prevaricación y malversación de los que serían responsables el exconsejero de Empleo Antonio Fernández y el exdirector de Trabajo Francisco Javier Guerrero.

Según exponía en su recurso, "de considerar la magistrada que los reseñados hechos no deben ser objeto del auto dictado, debería proceder a acordar su sobreseimiento", pues "no habiéndose adoptado resolución al respecto", ello "produce indefensión a esta parte al no poder formular acusación por los hechos omitidos ni articular recurso ante la falta de pronunciamiento sobre su sobreseimiento y tipo".

El Ministerio Público, en su recurso de queja, solicita a la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla que "acuerde y ordene" admitir a trámite el recurso de reforma presentado contra el auto de procesamiento de Cenforpre "por entender que el mismo ha sido interpuesto en el plazo legal establecido".

Núñez dice que la Fiscalía pretende "confundir"

De su lado, la magistrada elevó un escrito a la Audiencia, consultado por Europa Press, en el que argumentó que el recurso de la Fiscalía se presentó fuera de plazo y que, en el plazo para recurrir, únicamente presentó un escrito donde "solicita se amplíen los hechos con suspensión del traslado".

"La petición de suspensión no lleva implícita su concesión o reconocimiento, debiendo la parte formular recurso, en su caso, o continuar con el trámite legal pertinente, ad cautelam", aseveró la instructora.

A su juicio, "lo actuado con posterioridad carece de relevancia a los efectos de un cómputo de plazo ya vencido, pretendiendo el Ministerio Público confundir al alegar la solicitud por escrito de fecha 6 de junio de 2017, del traslado de documentación con suspensión de plazo, suspensión que solo puede afectar al plazo para presentar escrito de acusación y, en ningún caso, al plazo para recurrir, ya vencido con posterioridad".

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Cinco procesados

Por las ayudas a Cenforpre, la jueza procesó al exconsejero de Empleo Antonio Fernández; al exdirector de Trabajo Francisco Javier Guerrero; al exdirectivo de Vitalia Antonio Albarracín; al exdirector gerente de la empresa Miguel Errecalde Treviño, y a José Antonio Gómez Romón, conocido como Pizo Gómez, que fuera trabajador de la empresa y exfutbolista del Osasuna y Atlético de Madrid.

Del mismo modo, la magistrada archivó la causa contra el exdiputado del Partido Socialista del País Vasco Antonio Aso al entender que, una vez finalizada la instrucción de esta pieza separada de los ERE, "no ha quedado acreditada la existencia de mínimos indicios de su participación dolosa" en los hechos investigados.

La Fiscalía Anticorrupción presentó ante la Audiencia Provincial de Sevilla un recurso de queja contra la jueza María Núñez Bolaños, que investiga los ERE irregulares, por inadmitir el recurso que presentó contra el auto de procesamiento dictado en la pieza separada por las ayudas a la empresa Centros para la Formación y Prevención Laboral (Cenforpre) pese a que fue interpuesto "en el plazo legal establecido".

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