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Artur Mas es condenado a dos años de inhabilitación por organizar la consulta del 9N

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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha condenado al expresidente de la Generalitat Artur Mas a dos años de inhabilitación para cargos públicos electivos locales, autonómicos o estatales por desobedecer al Tribunal Constitucional (TC) con la consulta sobre la independencia de Cataluña del 9 de noviembre de 2014, y a una multa de 36.500 euros. Le ha absuelto del delito de prevaricación, así como a las otras dos acusadas, según recoge Europa Press.

El tribunal condena a la exvicepresidenta Joana Ortega a un año y nueve meses de inhabilitación y a una multa de 30.000 euros; y a la exconsellera de Enseñanza Irene Rigau a un año y seis meses y a una multa de 24.000 euros, ambas también por desobediencia, pero en su caso como colaboradoras necesarias; y los tres quedan absueltos de prevaricación administrativa.

El presidente del TSJC y ponente de la sentencia, Jesús María Barrientos, ha procedido a la lectura del fallo en presencia de los abogados de los tres en la sala civil y penal este lunes a las 13 horas.

El juicio quedó visto para sentencia el 10 de febrero tras una semana. Mas aseguró en el turno de última palabra que no desobedecieron al Tribunal Constitucional (TC) con la consulta sobre la independencia, sino que "plantaron cara" al Gobierno español.

El fiscal Emilio Sánchez Ulled pidió diez años de inhabilitación para ejercer cargos públicos electos y funciones de gobierno en el caso de Artur Mas y nueve de inhabilitación para la entonces vicepresidenta del Govern, Joana Ortega, y para la exconsellera de Enseñanza, Irene Rigau, por organizar la consulta del 9 de noviembre de 2014, en el que votaron 2.340.000 catalanes. La acusación del fiscal se basó en los delitos de desobediencia grave al Tribunal Constitucional, ya que la sala suspendió el 4 de noviembre el proceso, y de prevaricación. Consideró a Rigau y Ortega "cooperadoras necesarias" de Mas a la hora de articular "una estrategia de desafío completo y efectivo" a la decisión del organismo.

Con respecto al delito de prevaricación, el fiscal consideró que el expresidente de la Generalitat, "intencionadamente y sin otro amparo que su mera voluntad", desatendió el mandato del TC, y que Ortega fue la "impulsora directa" de las actuaciones administrativas del 9N, así como Rigau puso a disposición de la consulta los medios de la Conselleria de Enseñanza. 

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La defensa de los acusados se basó en asegurar que el Govern dejó en manos de voluntarios el "proceso participativo", una consulta con "unas raíces profundas claras, y estrictamente democráticas", según Mas, que asumió toda la responsabilidad de lo ocurrido el 9N. Tanto Mas como Rigau y Ortega, además, aseguraron en el juicio que la suspensión del Constitucional se caracterizaba por su "indefinición" y que el deber del Gobierno regional era celebrar la jornada en condiciones de "normalidad". la exconsellera de Enseñanza afirmó que en ningún momento recibió requerimiento alguno del TC que le advirtiera de las consecuencias si se abrían los colegios. Por último, argumentaron que el tribunal no "hizo nada" para hacer cumplir la notificación, por lo que se dieron cuenta durante la jornada de que actuaban "correctamente". 

Por los mismos delitos está pendiente de sentencia del Tribunal Supremo (TS) el diputado de PDeCAT en el Congreso y entonces conseller de Presidencia, Francesc Homs, ya juzgado la semana del 27 de febrero por el alto tribunal y para quien la Fiscalía pide nueve años de inhabilitación.

 

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha condenado al expresidente de la Generalitat Artur Mas a dos años de inhabilitación para cargos públicos electivos locales, autonómicos o estatales por desobedecer al Tribunal Constitucional (TC) con la consulta sobre la independencia de Cataluña del 9 de noviembre de 2014, y a una multa de 36.500 euros. Le ha absuelto del delito de prevaricación, así como a las otras dos acusadas, según recoge Europa Press.

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