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Madrid

La Audiencia Nacional archiva la querella contra Zapata

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El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha acordado el archivo de la querella presentada por la Asociación Dignidad y Justicia contra Guillermo Zapata por un delito de humillación a las víctimas del terrorismo o de sus familiares. El juez considera que la conducta imputada al concejal del Ayuntamiento de Madrid es "de todo imposible incardinarla en precepto penal alguno".

Pedraz explica primero porqué procede el archivo en este momento, una vez vistos los hechos imputados, lo alegado por Irene Villa en un escrito al juzgado y la personación en forma del imputado. Por lo que se disponen ya de elementos suficientes para concluir que no ha existido reproche penal en la conducta de Zapata.

Después de analizar la requisitos del artículo 578 del Código Penal que castiga a quien menosprecia o humilla a las víctimas, persiguiendo conductas especialmente perversas y que exigen un ánimo directo de desprestigiar o rebajar la dignidad de las víctimas, Pedraz concluye que el tweet investigado "no integra ni una conducta especialmente perversa ni se da el dolo específico, ni además se ha humillado a la víctima, como así afirma doña Irene Villa".

El juez encuadra ese mensaje como lo calificó la propia testigo como chiste de "humor negro", cuyo ánimo es muy distinto al de desprestigiar o rebajar la dignidad de las víctimas. Pedraz reconoce que este tipo de humor puede causar perplejidad o indignación en un amplio sector social, sobre todo en aquel a quien ha afectado el terrorismo, "y como en el caso de la asociación Dignidad y Justicia que defiende intereses legítimos de víctimas del terrorismo". Pero el juez recuerda que el legislador en estos casos no ha contemplado que esa perplejidad e indignación merezca un reproche penal.

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Derecho penal del enemigo

El juez señala que actualmente en internet hay miles de chistes idénticos o parecidos desde hace bastante tiempo, sin que conste antecedente alguno de que la Audiencia Nacional haya incoado una causa "y desde luego lo que no puede hacerse es perseguir solo a determinadas personas y no a otras (derecho penal del enemigo) como parece acontecer en este caso".

De perseguirse esta conducta, añade el juez, se tendrían que perseguir todos los chistes similares, en una "pendiente resbaladiza" donde cualquier persona o colectivo podría denunciar chistes de humor negro sobre determinadas materias que les pueda afectar. Una dinámica que entraría en colisión con la libertad de expresión, con el principio de intervención mínima y que provocaría un derecho penal del enemigo, "desde luego una amenaza para los principios y garantías del Estado de Derecho", argumenta Pedraz. Visto el archivo de la causa el juez estima inoperante llamar a Zapata a declarar.

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