Entre la autodeterminación y la disforia: así legislan otros países europeos los derechos de las personas trans

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La Ley Trans que ultima el Ministerio de Igualdad acapara todas las miradas. El contenido del borrador, hecho público hace una semana pero todavía sin consensuar en el seno del Gobierno, ha levantado duras críticas entre sus detractores, al tiempo que ha sido ampliamente elogiado por las organizaciones LGTBI. La futura norma aspira a corregir la Ley 3/2007, relativa al cambio del sexo registral, para consagrar la autodeterminación de género y desterrar el requisito de un informe médico o psicológico para probar la identidad de género de una persona. Busca, por tanto, lo que sus partidarios llaman despatologización de las personas trans. Así lo han defendido Irene Montero y su equipo desde su entrada en el ministerio. Legislar en torno a la identidad de género, no obstante, abre una profunda grieta no sólo en las instituciones, sino también en el propio movimiento feminista: el activismo más clásico, tradicionalmente afín al Partido Socialista, alerta de la inseguridad jurídica que podría arrastrar la ley y de la regresión a la hora de enterrar los roles de género.

Unidas Podemos y las organizaciones LGTBI recuerdan que una Ley Trans específica forma parte del acuerdo de Gobierno. El Ejecutivo de coalición acordó hace ahora un año sacar adelante tres normas, en el marco de sus acciones por la igualdad y la diversidad: una Ley de Igualdad de Trato (la ley Zerolo que ha registrado el PSOE), una Ley de Igualdad LGTBI y una Ley Trans. Los acuerdos rubricados entonces, sin embargo, no parecen terminar de avanzar, pese a la promesa de Irene Montero de llevar la norma al Consejo de Ministros durante la primera quincena de febrero.

El proyecto del Ministerio de Igualdad introduce algunas claves que ya resuenan en otros países del mundo. La Comisión Europea llamaba en noviembre a fomentar legislaciones en los países miembros que garanticen el derecho de autodeterminación de las personas trans. La futura legislación española se asemeja a otras ya vigentes desde hace años, si bien su carácter de ley integral marca la diferencia respecto a la mayoría de las leyes ya instauradas en el mundo. En los países de nuestro entorno, los procedimientos son variados: algunos cuentan con leyes propias que reconocen la autodeterminación de género y otros han legislado exclusivamente en torno a la mención registral. Otros países, como Finlandia e Islandia, cuentan con leyes específicas que sin embargo fijan requisitos restrictivos como la acreditación mediante informe médico. También Reino Unido aplica una ley de reconocimiento del género desde 2004 que sin embargo se rige por el principio de disforia de género. La ley pasa actualmente por un proceso de revisión, pero los planes gubernamentales se han enquistado en el inmovilismo, rechazando el proyecto desarrollado por el Gobierno de Theresa May para permitir que las personas trans se identifiquen con su género sentido sin aportar un diagnóstico médico. En el extremo opuesto, Holanda decidió el año pasado omitir el sexo en el documento de identidad, a partir de 2024. El país lo considera "innecesario" y estima que dificulta que los ciudadanos "moldeen su propia identidad con libertad". Hasta ahora, las opciones eran los géneros binarios y un tercero, representado por una X, que sí se mantendrán en los pasaportes. Las personas trans holandesas estuvieron sometidas hasta hace siete años a una esterilización forzosa, por lo que el país ha tenido que pedir perdón y preparar una compensación simbólica para los afectados.

Autodeterminación sin condiciones

Dinamarca presume de pionera en cuanto a despatologización de las personas trans. Hace ahora siete años, el país optó por modificar la ley que regula el Registro Civil, de manera que desde 2014 no se exige ningún tipo de requisito médico o psicológico, sino que el proceso es exclusivamente administrativo. La persona interesada, mayor de edad, debe interponer una solicitud por escrito y será el Ministerio de Asuntos Sociales y el Ministerio del Interior los encargados de asignar un nuevo número de seguridad social. Después de una primera petición, la ley fija un periodo de reflexión de seis meses para que el solicitante confirme su decisión.

El Parlamento de Malta aprobó en 2015 por unanimidad una ley específica que reconoce los derechos de las personas transexuales e intersexuales. Entre otros aspectos, la normativa se deshace del requisito de cirugías de reasignación para el reconocimiento legal de las personas trans. En su artículo cuarto, la ley señala que "toda persona de ciudadanía maltesa tendrá derecho a solicitar" una modificación de su género registral, o el nombre de pila si así se solicitase, "a efectos de reflejar su identidad de género autopercibida". Igualmente, la ley declara que ninguna persona "estará obligada a presentar prueba de procedimiento quirúrgico de reasignación genital total o parcial, terapias hormonales o cualquier otro tratamiento psiquiátrico, psicológico o médico para ejercer su derecho a la identidad de género". En el caso de los menores de entre 16 y 18 años, la solicitud será presentada por sus progenitores o tutores, siempre teniendo en cuenta el interés superior del menor, su edad y madurez. En septiembre de 2017 el país permitió además el uso del marcador de género X en los pasaportes y otros documentos de identificación. Igual que el proyecto español, la norma permite que las personas trans cumplan condena en una prisión acorde a su identidad de género.

También data de 2015 la actual norma vigente en Irlanda. La ley de reconocimiento del género establece que toda persona mayor de edad tiene derecho a reclamar un cambio del marcador de género, sin necesidad de intervenciones hormonales o quirúrgicas, a través de un certificado de reconocimiento de género, siempre mediante opciones binarias. La propuesta irlandesa se topó, en un primer momento, con el rechazo del colectivo trans. El Gobierno, como consecuencia, tramitó una propuesta alternativa que incluía la libre determinación de género mediante una declaración jurada. Con el visto bueno de las dos cámaras del país, la norma salió adelante. Actualmente, el debate gira en torno a la agilización del procedimiento para los adolescentes de entre 16 y 18 años, quienes deben contar con una aprobación médica y consentimiento paterno, así como en permitir el cambio para los menores.

Desde el año 2016, las personas que residan en Noruega y experimenten una "pertenencia a un género distinto de aquel bajo el cual están inscritas" tienen derecho iniciar una modificación registral sin necesidad de un informe médico, aunque no en base a una ley específica para las personas trans. La norma contempla esta posibilidad para los adolescentes de 16 años en adelante, mientras que los menores podrán solicitar el cambio siempre bajo la tutela de sus progenitores. La ley salió adelante con 78 votos a favor y 13 en contra, la oposición provino del Partido Demócrata Cristiano (KrF), Partido de Centro (SP) y un voto del Partido Laborista Noruego. El año pasado, el país nórdico reforzó la protección de las personas trans mediante un aumento de las penas contra los discursos de odio.

El 4 de octubre de 2020 Bélgica acaparó titulares: nombraba a la primera ministra transexual de todo el continente. Aquello que podía parecer una victoria simbólica para el colectivo, se asentaba sobre toda una trayectoria en pro de los derechos trans. En 2017, el país modificó sus leyes de manera que toda persona belga adulta, menor emancipada o residente extranjera "que tenga la convicción de que el sexo que consta en su certificado de nacimiento no se corresponde con la identidad de género que siente innatamente propia puede hacer una declaración al respecto ante el funcionario del registro civil".

El procedimiento reconoce por tanto la libre determinación de género, aunque fija una serie de plazos: se establece un periodo de tres meses durante el cual el fiscal general puede rechazar la solicitud "por razones de orden público". Pasado ese tiempo, la persona interesada debe ir al Registro Civil y confirmar que mantiene la solicitud, conoce las consecuencias de su decisión y asume la irrevocabilidad del procedimiento. En cuanto al género no binario, en 2019 el Tribunal Constitucional belga reconoció el derecho a un tercer género abierto. El mismo tribunal avaló además la posibilidad de hacer más de un cambio registral con el paso del tiempo.

En agosto de 2018, Luxemburgo modificaba su legislación respecto a la mención al sexo y nombre en el registro e introducía una enmienda en el Código Civil. Lo hacía gracias a la mayoría parlamentaria –57 votos a favor y tres en contra de la derecha–, aunque la decisión se prolongó por más de un año desde que el proyecto fuera presentado por el Gobierno. De esta manera, todos los ciudadanos luxemburgueses adultos pueden presentar una solicitud ante el Ministerio de Justicia para modificar su sexo legal y su nombre. El sujeto que así lo demande deberá probar su identidad mediante una recopilación de hechos que demuestren la incongruencia respecto al sexo sentido y el asignado. En base a ello, toda persona trans deberá presentarse públicamente con el género sentido, ser conocida como tal y haber cambiado su nombre. La norma deja claro que no haberse sometido a un tratamiento médico, cirugía o esterilización no justifica la denegación de la solicitud. Los menores de más de cinco años podrán solicitar el cambio bajo el consentimiento de sus progenitores.

Tratamientos en la sanidad pública

La ley portuguesa blinda también el "derecho a la autodeterminación de la identidad y expresión de género", así como en la "protección de las características sexuales de cada persona". El reconocimiento jurídico de la identidad de género conduce a una modificación del marcador de sexo en el Registro Civil y a la consecuente alteración del nombre propio, algo similar a lo que establece la española. La ley aplica a las personas de nacionalidad portuguesa mayores de edad cuya identidad de género no corresponda al sexo atribuído en el nacimiento. En cuanto a las personas de 16 y 17 años, tienen derecho a demandar un cambio a través de sus representantes legales. Es en este punto, el de los menores de edad, donde sí se generó cierta polémica parlamentaria en el país vecino, después de que hace tres años el presidente vetara una enmienda enfocada a descartar requisitos médicos para los menores. Finalmente la enmienda salió adelante, de manera que los menores sólo necesitan un certificado firmado por un médico o psicólogo pero sin necesidad de acreditar disforia de género. Este certificado tiene como único objetivo confirmar que existe la capacidad de decisión del menor y su voluntad informada sin hacer referencia a diagnósticos respecto a la identidad de género.

Según indica la norma, "ninguna persona puede ser obligada" a someterse a "procedimientos médicos, incluyendo cirugía de reasignación del sexo, esterilización o terapia hormonal, así como a tratamientos psicológicos o psiquiátricos, como requisito que sirva de base" al cambio registral. También prevé medidas en el ámbito sanitario, como la obligación de que el Estado garantice la existencia y el acceso a servicios de referencia o unidades especializadas para tratamientos e intervenciones quirúrgicas, farmacológicas o de otra naturaleza "destinadas a hacer corresponder el cuerpo a su identidad de género".

Requisitos médicos y administrativos

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Grecia, por su parte, cuenta con una ley de Reconocimiento Legal de la Identidad de Género según la cual no se requieren intervenciones médicas para un cambio en el marcador de género. La declaración se basa en la "voluntad y la sensación personal sobre el propio cuerpo y su imagen externa". La norma, sin embargo, sí marca algunos requisitos: la persona que así lo solicite debe ser soltera, mayor de edad y realizar la demanda ante un tribunal, por lo que requiere de una decisión judicial que avale la petición, así que la libre determinación no es absoluta. Si un menor de 17 años lo demanda, deberá contar con el consentimiento paterno. A partir de los quince años, se necesita del acuerdo de un comité interdisciplinario que incluya psiquiatras, endocrinólogos, cirujanos, psicólogos, trabajadores sociales y pediatras. Según la ley griega, la identidad de género responde a la "forma interna y personal" en que una persona experimenta su género, independientemente de sus características biológicas.

En cuanto a Alemania, el cambio del nombre y del marcador de género es posible mediante dos procedimientos distintos: uno es el cambio de nombre sin el cambio del sexo registral ("solución menor") y otro es el cambio del sexo registral ("solución mayor"). Como requisito, la persona trans debe llevar al menos tres años "presionado para vivir según sus ideas" y debe garantizar solidez para evitar cambios en el futuro. Las personas trans sí deben someterse a una evaluación pericial. Además, los cambios están pensados para alemanas, apátridas o refugiados residentes en el país. En 2017 el Tribunal Constitucional permitió la introducción del género "diverso", reconociendo con ello a las personas no binarias.

En Francia el cambio registral está permitido, pero no a través de leyes específicas y bajo la judicialización del procedimiento. En el país galo, cualquier persona que así lo desee puede solicitar un cambio de nombre, pero ha de ser ante los tribunales o ante un notario público, donde estará la última palabra. Por otro lado, cualquier adulto o menor emancipado puede solicitar una corrección de su sexo en las actas del estado civil, siempre después de haber demostrado "hechos suficientes que sustenten su petición", como un cambio de nombre previo o haber socializado en base al género sentido.

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