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SANCIONES A AEROLÍNEAS

Consumo sanciona con 179 millones a Ryanair, Vueling, Easyjet, Norwegian y Volotea por prácticas abusivas

Avión de Ryanair despegando.

El ministerio de Consumo de Pablo Bustinduy ha sancionado por un importe de 179 millones de euros a cinco aerolíneas (Ryanair, Vueling, Easyjet, Norwegian y Volotea) por prácticas abusivas, como cobrar suplementos por el equipaje de mano o por reservar asientos contiguos para acompañar a personas dependientes.

La sanción más elevada es para Ryanair con 107.775.777 euros, seguido de Vueling, con 39.264.412; Easyjet, con 29.094.441; Norwegian, con 1.610.001 euros, y Volotea con 1.189.000 euros, según fuentes del ministerio que recoge EFE.

Se trata de la primera ocasión que se da firmeza a sanciones calificadas como muy graves por parte de la Administración General del Estado en el ámbito de consumo, cuyo ministerio adquirió competencia sancionadora en junio de 2022. Las sanciones incluyen además la prohibición expresa de continuar con las prácticas que han sido sancionadas.

En concreto, lo han sido por exigir el pago de un suplemento por el transporte de equipaje de mano en cabina, de un sobrecoste sobre el precio del billete por la reserva de asientos contiguos en el caso de menores y personas dependientes y de sus acompañantes y por no permitir el pago en metálico en los aeropuertos españoles.

También por imponer una tasa desproporcionada y abusiva a los pasajeros por la impresión de la tarjeta de embarque, omisiones engañosas de información y falta de claridad en los precios publicados tanto en su propia web como de terceros, dificultando la comparabilidad de ofertas de precios a las personas consumidoras y la toma de decisión por estas.

En el caso de la aerolínea Ryanair además se sanciona una práctica por la cual se cobra una cantidad desproporcionada a los usuarios y a las usuarias por imprimir el billete en la terminal cuando no disponen de él.

Consumo explica que para garantizar la proporcionalidad y efectividad de las sanciones impuestas, así como su efecto disuasorio, el cálculo de las sanciones se ha realizado mediante el criterio del beneficio ilícito obtenido, es decir, calculando la multa con base en los beneficios obtenidos por las compañías aéreas por las prácticas infractoras,

Tal y como establece el régimen sancionador de Consumo para las prácticas calificadas como muy graves, las sanciones que se impongan podrían alcanzar hasta entre seis y ocho veces el beneficio ilícito obtenido cuando este supere las cantidades de las multas estipuladas (entre 100.001 y 1.000.000 de euros).

Con la orden firmada por Pablo Bustinduy se confirman las sanciones que propuso la Secretaría General de Consumo y Juego hace meses y se desestiman, por tanto, los recursos de alzada interpuestos por estas compañías.

Las aerolíneas recurrirán las sanciones y pedirán medidas cautelares

Las compañías aéreas interpondrán, de manera individual, recursos ante los juzgados de lo contencioso-administrativo y solicitarán medidas cautelares en contra de la decisión de Consumo de sancionar a cinco aerolíneas por cobrar suplementos por el equipaje de mano en cabina. El presidente de la Asociación de Líneas Aéreas (ALA), Javier Gándara, ha aclarado este viernes en conferencia de prensa que "no existe una decisión común" de las cinco aerolíneas sancionadas por prácticas abusivas, pero ha subrayado que "todas ellas ya han manifestado una postura común de rechazo" frente a esta decisión del Gobierno.

Gándara ha admitido que ALA desconoce lo que cada compañía tiene pensado hacer y que cada una de ellas "tomará sus decisiones en lo que considere oportuno", tanto en lo referido al equipaje de mano como a las reservas de asientos contiguos para acompañar a personas dependientes.

La sanción "con mayor impacto" es la que tiene que ver con los equipajes de mano en cabina, ha aclarado Gándara, quien ha calificado la medida adoptada por el Ministerio de Consumo como "desproporcionada para los sectores aéreo y turístico español" y en contra de la "libertad" de cada compañía. "La filtración de esta noticia", ha dicho, "agota la vía administrativa de los procedimientos, si bien no va a suponer cambio alguno en la política de las aerolíneas" sobre la materia.

Gándara ha explicado que el paso siguiente será la vía judicial, sobre lo que ha reiterado que todas las compañías afectadas "tienen la intención" de presentar recursos en lo Contencioso-administrativo y la solicitud de medidas cautelares. "Confiamos en que la justicia nos dará la razón" ha sentenciado el presidente de ALA, quien ha cifrado en unos dos meses el plazo para resolver esas medidas cautelares y, entre 1 y 2 años, para obtener una sentencia judicial sobre los recursos que se interpongan.

En el caso de que no se acepten las medidas cautelares, Gándara ha señalado que acatarán la decisión administrativa y quedarán a la espera de la resolución judicial.

La medida de Consumo, ha insistido, "introduciría una distorsión competitiva muy importante y dejaría a España como el único país que aplicaría una política comercial distinta" en el sector aéreo, por lo que ha dicho que supondría "una desventaja competitiva clara y desviaría tráfico aéreo a otros países".

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En una nota, ALA apunta que "no tiene sentido" que desde el Ministerio de Consumo se sancione de forma unilateral el cobro de equipaje en cabina "desoyendo a la Comisión Europea, que aboga por establecer normas industriales comunes sobre pesos y dimensiones de este equipaje".

Para Gándara los argumentos esgrimidos por el Ministerio de Consumo, basados principalmente en la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de septiembre 2014, “suponen una interpretación retorcida de la misma”; y ha subrayado que el fondo de esa sentencia abordaba la cuestión del equipaje de mano facturado.

Actualmente, cerca de 50 millones de pasajeros viajan sin equipaje en cabina y, con la decisión de Consumo, se verán obligados a subsidiar este servicio al resto de pasajeros”, ha afirmado Gándara. 

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