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¿Existe tortura en España?

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"Infames" ha sido la palabra empleada este jueves por el ministro del Interior en funciones, Jorge Fernández Díaz, para calificar unas recientes declaraciones del magistrado de la Audiencia Nacional José Ricardo de Prada en las que condenaba los casos de torturas que, según él, se han producido en España, así como la ausencia de respuestas adecuadas por parte de los tribunales. Fernández Díaz ha acusado al juez de posibles delitos de humillación a las víctimas y apología del terrorismo, y ha reclamado que el Consejo General del Poder Judicial tome medidas al respecto.

El colectivo judicial Jueces para la Democracia ha salido en defensa de su compañero mediante un comunicado donde asegura que el ministro del Interior "instrumentaliza a las víctimas del terrorismo en un supuesto en el que éstas no eran aludidas por el magistrado José Ricardo de Prada, que se limitó a mostrar su preocupación por la existencia de casos de torturas que, aunque no son sistemáticos, resultan inadmisibles en un Estado de Derecho".

Tras hacer público el respaldo de Jueces para la Democracia, la asociación Right International Spain (RIS) también se ha sumado expresándole su apoyo. A través de un comentario en Twitter, la organización afirmó compartir "las valoraciones de Jueces para la Democracia en relación con los ataques a la independencia judicial y a las limitaciones de expresión".

La presidenta de RIS, Patricia Goicoechea, ha asegurado en declaraciones a infoLibre que su organización suele pronunciarse "siempre que se dan comentarios o ataques de menor o mayor intensidad a la independencia judicial o a la libertad de expresión". Además, continúa Goicoechea, "resulta preocupante que el ministro del Interior sugiera al Consejo del Poder Judicial, que es en principio independiente, a quién tiene que expedientar".

Las declaraciones que condena el ministro Jorge Fernández Díaz se enmarcan en la celebración el pasado jueves 15 de abril de un Foro por la convivencia en la localidad de Tolosa (Gipuzkoa), en el que participaron víctimas de ETA, del GAL y de otros conflictos en Euskadi. Las palabras de De Prada al afirmar que "la tortura se ha producido de manera clara, y yo he tenido muchos casos de sospecha fuerte de tortura a la que los tribunales no han dado respuesta como corresponde" han sido consideradas por Fernández Díaz como "infames". Pero ¿qué hay de cierto en ellas? ¿Existe o ha existido tortura en España?

Seis condenas del Tribunal Europeo de Derechos Humanos

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos se ha pronunciado en seis ocasiones para condenar la falta de investigaciones rigurosas en los casos de torturas denunciados en España, tal y como hacía José Ricardo de Prada en la conferencia del pasado jueves.

Todas las condenas se plantearon desde la perspectiva de la vulneración del artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, en el que se establece que "nadie podrá ser sometido a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes".

En diciembre de 1991 Iribarren Pinillos participó en una protesta en Pamplona, donde los manifestantes formaron barricadas y encendieron hogueras. El joven salió herido después de que la policía respondiera lanzando bombas de humo y lacrimógenas, debido a lo que sufrió graves lesiones: quemaduras de tercer grado en la cara y ojos, un traumatismo craneoencefálico, lesiones neorológicas, pérdida de agudeza visual y olfativa y cicatrices por todo el cuerpo. Aunque la Audiencia Provincial de Navarra consideró que sí existía un delito de lesiones por parte de los policías, el Tribunal Supremo remató por estimar el recurso presentado por parte de los inicialmente condenados.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos consideró en el año 2009 que el Supremo no tuvo en cuenta la responsabilidad de la administración en los hechos y que no tuvo lugar ninguna investigación que justificara la decisión final.

La Barcelona de 1992 se convirtió en protagonista a nivel mundial por acoger la celebración de los Juegos Olímpicos. Días antes del multitudinario acontecimiento, quince personas fueron detenidas en la ciudad condal por pertenencia y colaboración en banda armada, delitos por los que seis de ellos fueron condenados. Durante su detención e incomunicación alegaron haber sufrido torturas y tratos inhumanos y degradantes. Aseguraron, concretamente, haber sido víctimas de golpes por todo el cuerpo y haber sido vendados y cubiertos con capuchas y bolsas de plástico que los agentes ceñían para dificultarles la respiación, entre otros abusos policiales.

Pese a que su relato quedó probado con los informes médicos solicitados, el juez acordó el sobreseimiento del caso. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos estimó en el año 2004 que no estaba "convencido de que estas investigaciones fuesen lo suficientemente profundas y efectivas para cumplir con las exigencias del artículo 3 del Convenio".

En el año 2002 Mikel San Argimiro fue detenido en Madrid por presuntos delitos de terrorismo, pertenencia a banda armada, tenencia de armas y explosivos y tentativa de asesinato. El acusado estuvo incomunicado durante cinco días, periodo durante el cual alegó haber recibido malos tratos. En su denuncia, sostuvo haber recibido golpes en la cabeza, prácticas de asfixia, vejaciones sexuales, humillaciones y amenazas de muerte y violación. Varios informes médicos constataron la existencia de contusiones y de una fractura de costilla en el costado izquierdo, pero tanto el juez de instrucción como posteriormente la Audiencia Provincial y el Tribunal Constitucional acordaron el sobreseimiento.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos concluyó sin embargo en 2010 que "las jurisdicciones internas rechazaron medios de prueba que habrían podido contribuir a la aclaración de los hechos y, más precisamente, a la identificación y castigo de los responsables".

Aritz Beristain fue detenido en el año 2002, en Donostia, por presunta implicación en altercados callejeros violentos, por lo que estuvo detenido en régimen de incomunicación durante cinco días. El detenido denunció malos tratos por parte de la policía, pero el médico las desestimó, por lo que sus acusaciones fueron rechazadas. Su posterior recurso ante la Audiencia Nacional también fue denegado.

Por su parte, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos consideró en el año 2011 que el juez de la Audiencia Nacional "se mantuvo pasivo" y denunció que no tuvo en cuenta todos los informes existentes para determinar su decisión.

Martxelo Otamendi, director del diario Euskaldunon Egunkaria, fue detenido en el año 2003 acusado de pertenecer y colaborar con la banda terrorista ETA. Otamendi denunció haber recibido malos tratos hasta que el Juzgado de Instrucción de Madrid ordenó investigar los hechos. Finalmente se dictó sobreseimiento, que fue ratificado más tarde por la Audiencia Provincial de Madrid. El demandante interpuso un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, que fue inadmitido. 

Otamendi fue absuelto por la Audiencia Nacional, que admitió, sobre las torturas, la falta de "un control jurisdicional suficiente y eficaz". En el año 2012 el Tribunal Europeo de Derechos Humanos destacó la pasividad mostrada por el juez de instrucción de la Audiencia Nacional y la negativa de tener en cuenta determinadas pruebas. Subrayó, por ello, que las investigaciones no tuvieron la claridad y profundidad exigidas.

Ya en 2005, una mujer que ejercía la prostitución en Palma de Mallorca denunció reiteradas agresiones por parte de agentes de policía. El Juzgado de Instrucción número 9 de Palma de Mallorca desestimó la denuncia, por lo que la mujer recurrió ante la Audiencia Provincial de Baleares, que admitió la demanda y abrió un juicio de faltas contra los agentes, quienes finalmente fueron absueltos. La demandante recurrió ante el Tribunal Constitucional, pero éste denegó sus alegaciones. 

La mujer fue volvió a ser agredida posteriormente, según su testimonio, por otro agente de policía, de modo que solicitó una orden de alejamiento que le fue denegada. Recurrió de nuevo ante el Tribunal Constitucional, quien desistimó la causa por "falta de contenido constitucional". Finalmente, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos estimó en el año 2012 una violación del artículo 14 sobre la prohibición de discriminación, a lo que se sumó la vulneración del artículo 3 por no tener en cuenta los informes presentados por la demandante.

Cuatro mossos condenados... e indultados

En noviembre del 2012 el Gobierno español concedió un indulto a cuatro mossos d'esquadra condenados por torturar a un hombre en Barcelona. Era la segunda vez que el Gobierno del PP les indultaba. El primero de los indultos tuvo como efecto la rebaja de la pena impuesta –inicialmente de hasta seis años y siete meses– y sustituía la inhabilitación por la suspensión de cargo público durante dos años. El segundo, evitaba definitivamente su entrada en prisión e imponía, únicamente, una multa para los agentes.

Los cuatro mossos habían sido acusados y condenados por apalear, amenazar e introducir una pistola en la boca al detenido –a quien supuestamente confundieron con un atracador–, hechos que quedaron probados por el Tribunal Supremo. Tras la primera sentencia, la Audiencia de Barcelona ordenó el ingreso en prisión de los agentes alegando "razones de prevención general y especial, de peligrosidad criminal, de repulsa y de alarma social". Los mossos, por su parte, decidieron recurrir hasta que finalmente el Gobierno les indultó, cambiando la pena de prisión por una multa de 10 euros diarios durante dos años.

La Audiencia admitió entonces que este segundo indulto suponía "una suerte de fraude de ley o abuso de derecho", algo que consideró "contrario a los principios de igualdad y justicia que como fundamentos de nuestro sistema jurídico penal deben quedar absolutamente preservados de cualquier comportamiento arbitrario, antojadizo y caprichoso como el que sin duda representa el propio caso de autos".

Para Joaquim Bosch, portavoz de Jueces para la Democracia, este fue un "caso claro de tortura probada", cuyos responsables fueron "injustamente indultados". 

La alerta de los organismos internacionales

Organismos internacionales se han desplazado al país en diversas ocasiones para constatar los abusos policiales cometidos y las carencias de las investigaciones realizadas. Los informes resultantes advierten sobre la gravedad de este tipo de prácticas, y exigen medidas preventivas al respecto.

En el año 2012, el Comité Europeo para la Prevención de la Tortura realizó un análisis de la situación, en el que reprendía a las autoridades españolas por no investigar las denuncias por malos tratos. El organismo llama asimismo a abrir "una investigación independiente sobre los métodos utilizados por la Guardia Civil cuando custodien e interroguen a personas arrestadas". El texto recoge denuncias de diez detenidos en régimen de incomunicación que alegaron malos tratos de la Guardia Civil, como "patadas y golpes con porras en la cabeza y en el cuerpo".

El Comité Europeo de Prevención de la Tortura reclama a España que elimine la detención incomunicada

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En un informe del 2012 elaborado por Amnistía Internacional sobre la actuación policial en las manifestaciones europeas, la organización constataba cómo desde el 15-M España ha sido escenario de denuncias por el uso excesivo de la fuerza y malos tratos cometidos por policías y antidisturbios. "En muchos de estos casos, las investigaciones criminales de las denuncias presentadas contra los agentes presuntamente responsables de las violaciones de derechos humanos no han sido exhaustivas, imparciales ni efectivas, y en otros, ni siquiera se ha abierto una investigación", señala el documento.

La misma organización ya afirmaba en su informe del 2007 Sal en la herida. La impunidad efectiva de agentes de policía en casos de tortura y otros malos tratos, que las denuncias por tortura en España no constituyen un caso aislado. Amnistía Internacional pone de manifiesto los obstáculos existentes a la hora de presentar las denuncias, la ausencia de investigaciones independientes, los defectos de los informes médicos, en muchas ocasiones incompletos o inexactos, las pruebas insuficientes, las reiteradas intimidaciones a los denunciantes, la falta de sanciones adecuadas, y la escasa imparcialidad, prontitud y rigurosidad.

El portavoz de Jueces para la Democracia ha querido subrayar en conversación con este periódico que De Prada no sólo se refería a "casos de torturas cometidos anteayer", sino también a episodios como los de Lasa y Zabala o Yolanda González, "valorando lo que ha hecho el Estado y las torturas que ni siquiera han sido investigadas".

"Infames" ha sido la palabra empleada este jueves por el ministro del Interior en funciones, Jorge Fernández Díaz, para calificar unas recientes declaraciones del magistrado de la Audiencia Nacional José Ricardo de Prada en las que condenaba los casos de torturas que, según él, se han producido en España, así como la ausencia de respuestas adecuadas por parte de los tribunales. Fernández Díaz ha acusado al juez de posibles delitos de humillación a las víctimas y apología del terrorismo, y ha reclamado que el Consejo General del Poder Judicial tome medidas al respecto.

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