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El juez alargó el secreto del 'caso Begoña Gómez' pese al informe de la UCO que descartaba indicios de delito

Begoña Gómez, la mujer del presidente del gobierno Pedro Sánchez.

La causa en la que está siendo investigada la mujer del presidente del Gobierno se topó desde su inicio con la firme oposición del Ministerio Público. El fiscal del caso nunca creyó que hubiera elementos suficientes, más allá de los recortes de prensa aportados por el sindicato ultra Manos Limpias, como para sostener la apertura de unas diligencias que el PP ha convertido en punta de lanza de su ofensiva contra el Ejecutivo de coalición. Y no ha dudado en reprochar al instructor, Juan Carlos Peinado, el uso "desproporcionado" del secreto de sumario alrededor del caso. Un silencio absoluto alrededor de las actuaciones que el magistrado acordó alargar pese a contar ya con un informe de la Guardia Civil que descartaba la influencia de la mujer del presidente en las operaciones bajo sospecha.

El 14 de mayo, según se desprende del sumario de la causa, al que ha tenido acceso infoLibre, la Unidad Central Operativa (UCO) del Instituto Armado hizo entrega en el Juzgado de Instrucción nº41 de Madrid, donde se están llevando a cabo las pesquisas, de un extenso informe en el que se analizaban los dos hechos sobre los que pivotan las acusaciones: el rescate de Air Europa –475 millones acordados en Consejo de Ministros en plena pandemia– y los lotes adjudicados por Red.es a la empresa Innova Next, propiedad de Juan Carlos Berrabés, profesor del máster de la cátedra de la Universidad Complutense que codirigía la mujer del presidente y que incluyó en su oferta una carta de recomendación de Gómez.

El atestado, sin embargo, vino a poner de relieve la ausencia de indicios que apuntasen hacia un posible tráfico de influencias en ambas operaciones. Sobre el rescate a la aerolínea, la Unidad Central Operativa sostenía que no se tenía "constancia" de que el hecho de que Gómez coincidiera con uno de los directivos de Globalia, grupo propietario de Air Europa, en dos eventos pudiera estar vinculado "a la decisión ministerial del rescate". Y en cuanto a las adjudicaciones a Innova Next, la Guardia Civil señalaba, entre otras cosas, que no se habían hallado "elementos diferenciadores" que "apunten" a que los expedientes estudiados adjudicados a dicha firma "se hubieran valorado de forma distinta a otros expedientes similares".

Dos días después de que el informe entrase en el juzgado, se dio traslado del mismo al Ministerio Fiscal. Y ese mismo día, el 16 de mayo, el magistrado acordó prorrogar un mes más el secreto de unas actuaciones que se iniciaron a mediados de abril. "No habiendo variado los motivos por los que se declararan y teniendo en cuenta la complejidad de las pruebas acordadas y pendientes de practicar, así como la resolución de las tres extradiciones solicitadas, procede prorrogar dicha medida por tiempo de un mes", se limitó a argumentar el juez, que ha continuado con las pesquisas ordenando la declaración como testigos de Barrabés y otras cinco personas, entre las que se encuentran varios cargos de Red.es.

La decisión de alargar esta medida fue rechazada por la Fiscalía: "No podemos estar de acuerdo con esta afirmación. El carácter excepcional del secreto de sumario choca con los acontecimientos". En su recurso de reforma, el fiscal del caso calificaba el movimiento de "desproporcionado" y afeaba al juez que defendiese que las circunstancias por las que se impuso el silencio en su momento alrededor de la causa no hubiesen "variado" teniendo ya sobre la mesa el informe de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil. "Lo han hecho, al no revelarse elementos de criminalidad en las actuaciones realizadas", apuntaba el fiscal, que tampoco entendía por qué el juez hacía mención a tres extradiciones: "No existen tales procesos".

"No advertimos cuál es el riesgo a conjurar ni su gravedad ni cómo compromete una investigación en la que ya no hay diligencias en curso que puedan ser perturbadas por nadie, ni tampoco que dicha afectación eventual resulte grave. La excepcionalidad del secreto de sumario no puede asumirse de forma extensiva", completaba la Fiscalía. Pocas horas después de aquel recurso de reforma, Peinado decidió levantar el velo. Lo hizo al entender, ahora sí, que habían "variado las circunstancias". "Toda vez que ha sido publicado en prensa el informe aportado por la UCO –de hecho, ha abierto una pieza separada para investigar la filtración– y no habiendo más documentación sobre la que sea necesario mantener el secreto, procede dejar sin efecto dicha medida", argumentaba el magistrado.

El Ministerio Público ha considerado desde el primer momento que no se daban los requisitos como para declarar el secreto de sumario. Y ha destacado lo incongruente de adoptar esa medida al tiempo que se acuerda "poner en conocimiento" de la investigada la incoación de diligencias. "Es evidente que la declaración de una causa penal como secreta es totalmente incompatible con la comunicación de su apertura y de la propia declaración de secreto a la persona que va a ser investigada, so pena de poner precisamente en peligro los fines que la ley pretende salvaguardar con dicha declaración", sostenía el fiscal en su recurso directo contra el auto de apertura de diligencias ante la Audiencia Provincial de Madrid.

Una investigación "prospectiva"

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De esa apelación, sobre la que aún tiene que pronunciarse este último órgano, depende la continuidad del caso que afecta a la mujer del presidente del Gobierno. En su escrito, que consta en el sumario, el fiscal pedía el sobreseimiento y archivo de la causa al entender que "el relato fáctico de la denuncia" que provocó la apertura del procedimiento judicial "se revela manifiestamente insuficiente, carente de la más mínima precisión en su núcleo y contornos". "No basta cualquier sospecha o conjetura, no son suficientes las posibilidades, más o menos imaginables, o las alusiones indirectas; es necesario que existan indicios 'fundados y serios', una imputación 'clara y concreta' o 'apoyo probatorio", deslizaba el fiscal en su recurso.

Aquel escrito, además, era duro con el instructor del caso. Criticaba que el auto de apertura de diligencias de investigación careciese de "cualquier razonamiento jurídico" sobre si los hechos relatados por Manos Limpias reunían, al menos indiciariamente, "los elementos de los tipos penales". O que el magistrado se limitase a comisionar a la UCO para que llevase a cabo "diligencias de investigación oportunas en relación con los hechos objeto de la denuncia". "Ello supone no ya la ausencia de una dirección investigadora y de órdenes concretas y precisas, sino la más absoluta y total indeterminación, exponente de la ausencia de un horizonte al que dirigirse", continuaba el fiscal, al tiempo que defendía que la investigación iniciada era "prospectiva".

El juez pide un informe del fiscal

Pero las diferencias entre la Fiscalía, que se enteró por la prensa del inicio del caso contra Begoña Gómez, y el instructor del caso no se han quedado ahí. Hace cinco días, el magistrado Peinado emitió una inusual providencia en la que echaba en cara al Ministerio Público que hubiera interpuesto "de manera casi automática" un recurso contra su auto de apertura de diligencias y pedía al letrado de la Administración de Justicia que emitiese un informe sobre la frecuencia con la que el fiscal del caso acude al juzgado y su supuesta insistencia por conocer "con carácter inmediato" el contenido de las resoluciones no solo dictadas, sino las que "pudieran llegar a dictarse".

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