El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha rechazado el recurso de reforma presentado por el líder de Podemos Pablo Iglesias contra la decisión del magistrado de retirarle la condición de perjudicado en la denominada pieza Dina del caso Tándem, en la que se investiga el robo del teléfono móvil de su exasesora Dina Bousselham.
En su recurso, al que se opuso la Fiscalía, Pablo Iglesias sostenía su condición de víctima de un delito de descubrimiento y revelación de secretos, trazando una conexión entre el encargo de la sustracción en noviembre de 2015 del móvil a Dina Bousselham con fines políticos, la publicación de imágenes procedentes del terminal sustraído y el comisario jubilado en prisión José Manuel Villarejo, a quien sitúa como ejecutor del plan para perjudicarle ante la opinión pública.
El juez explica que al inicio de la investigación Pablo Iglesias tuvo la condición de perjudicado, pero a medida que ha ido evolucionando la instrucción de esta causa y con la aportación de datos nuevos se ha revelado un escenario diferente que conduce a revocar dicha condición de perjudicado.
García Castellón argumenta, en primer lugar, que Pablo Iglesias tuvo en su poder la tarjeta del teléfono de Dina Bousselham, ya que ha podido acreditarse que el líder morado recibió el dispositivo el 20 de enero de 2016 y que no se han encontrado en poder de Villarejo dispositivos con esa información anteriores al 14 de abril de ese año.
Como segundo argumento, el titular del Juzgado Central de Instrucción 6 indica que Pablo Iglesias ocultó a su asesora la posesión de la tarjeta de memoria hasta meses después.ocultó "Se infiere de lo actuado que el señor Iglesias, pese a ser conocedor del contenido de la tarjeta y de la sustracción de la misma, no devolvió a Dina la tarjeta hasta tiempo después, con consecuencias para el esclarecimiento de los hechos investigados", señala el magistrado.
Este comportamiento, continúa el instructor, se manifiesta incompatible con la dimensión que el recurrente pretende dar a la sustracción de la tarjeta "y lo desvincula completamente del argumentario sostenido, respecto a la presunta injerencia política".
El juez considera importante remarcar que el recurrente recibió la tarjeta de manos del presidente del Grupo Zeta, Antonio Asensio y no le dijo nada a Dina pese a saber que contenía información personal e íntima de su titular y que, además, la tarjeta había sido obtenido de forma ilícita.
"Pasividad incoherente" de Iglesias
Para el juez García Castellón esta pasividad resulta incoherente con las manifestaciones realizadas en sede judicial por Iglesias, y confirman que no puede ser tenido por perjudicado en ningún caso. Para el juez, Pablo Iglesias tuvo por tanto influencia en la investigación de los hechos que Dina Bousselham pretendía esclarecer.
En su auto, conocido este viernes, el juez se refiere incluso al "carácter particularmente degradante y vejatorio que el hecho tenía para Dina Busselham, su compañera de partido, en la medida que la tarjeta almacenaba fotografías, documentos y otros archivos de su esfera más íntima que habían acabado en manos de un medio de comunicación".
Pese a ello Pablo Iglesias no devolvió la tarjeta a Dina, insiste el juez, que añade en su resolución que a día de hoy se desconoce cuándo recuperó Dina Bousselham la tarjeta de su teléfono, pero existen razones fundadas para entender que no debió ser antes de 2017. Y llega a esta conclusión pese a que la asesora de Iglesias no aporta este dato en ninguno de sus escritos ni comparecencias ante el juzgado.
De este modo tan contundente el juez da respuesta al recurso presentado por Iglesias, en el que éste discrepaba de las conclusiones alcanzadas por el juez al entender que las pesquisas no habían permitido aclarar durante cuanto tiempo el líder de Podemos retuvo en su poder la tarjeta SD del móvil que sustrajeron a su asesora antes de devolvérselo.
A todo ello se suma la circunstancia de que Bousselham volvió a cambiar su versión ante el juez y ahora asegura, en un escrito remitido a finales del pasado mes de mayo al Juzgado, que Iglesias le entregó la tarjeta de su teléfono móvil, que había sido robado casi un año antes, en buen estado y pudo acceder al contenido de la misma.
La versión que dio en su declaración ante el juez el pasado 18 de mayo señalaba justamente lo contrario, lo que ha llevado al magistrado a requerir sendos informes tanto a la Policía Científica como a Asuntos Internos del cuerpo para aclarar todo lo sucedido en este asunto.
Pantallazos de Dina
En la tarjeta del móvil de Bousselham se incluían imágenes de capturas de intervenciones del líder de Podemos en grupos de mensajería. En su auto, García Castellón dice que se desconoce el motivo por el que Bousselham hizo estas fotografías, pero resulta acreditado que cuando Iglesias accedió al contenido de la tarjeta, el 20 de enero, pudo ver que estas imágenes estaban allí como él mismo reconoció, admitiendo que examinó el dispositivo en un ordenador de la sede del grupo editorial de Asensio.
Además, el juez explica que la propia Dina declaró en sede judicial que Pablo Iglesias sabía lo que había dentro de la tarjeta porque él mismo se lo dijo.
"Es probable –concluye el juez– que este último apunte pueda ser la clave para entender no solo porque Pablo Iglesias Turrión no devolvió la tarjeta a la señora Bousselham, sino lo más relevante; el estado en que se la devolvió".
El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha rechazado el recurso de reforma presentado por el líder de Podemos Pablo Iglesias contra la decisión del magistrado de retirarle la condición de perjudicado en la denominada pieza Dina del caso Tándem, en la que se investiga el robo del teléfono móvil de su exasesora Dina Bousselham.