La Justicia europea reconoce la inmunidad de Junqueras y emplaza al TS a pedir el suplicatorio a Estrasburgo

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El Tribunal de la Unión Europea desautorizó este jueves la decisión de la justicia española de impedir al líder de Esquerra, Oriol Junqueras, adquirir la condición de eurodiputado que logró en las elecciones del 26 de mayo gracias al voto de los electores españoles.

La sentencia sostiene que “goza de inmunidad una persona que ha sido oficialmente proclamada electa cuando se encontraba en situación de prisión provisional pero que no ha sido autorizada a cumplir ciertos requisitos”, como fue el caso de Junqueras, a quien el Supremo impidió salir de prisión para recoger en el Congreso su acta de eurodiputado. El reconocimiento de esta inmunidad debería haber implicado “el levantamiento de la medida de prisión provisional”.  Si el Supremo estimase que debía mantenerse la prisión provisional debería solicitar al Parlamento Europeo que suspendiese dicha inmunidad.

 El TJUE establece que “goza de inmunidad una persona que ha sido oficialmente proclamada electa al Parlamento Europeo cuando se encontraba en situación de prisión provisional en un proceso penal por delitos graves, pero que no ha sido autorizada a cumplir ciertos requisitos previstos por el Derecho interno tras la proclamación ni a desplazarse al Parlamento Europeo para participar en su primera sesión”.

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Esta inmunidad “implica el levantamiento de la medida de prisión provisional impuesta, al objeto de permitir al interesado desplazarse al Parlamento Europeo y cumplir allí las formalidades requeridas”, acuerda el tribunal. Si el Supremo “estima, no obstante, que debe mantenerse la medida de prisión provisional tras la adquisición por el interesado de la condición de miembro del Parlamento Europeo, ha de solicitar a la mayor brevedad al Parlamento Europeo que suspenda dicha inmunidad”.

El Gobierno cree que el fallo no afectará a la acción de la Justicia española contra el expresident Carles Puigdemont y los demás dirigentes políticos que huyeron al extranjero. El Supremo tendrá que pedir un suplicatorio al Parlamento Europeo y de ese modo podría seguir siendo juzgado en España. Pero en la práctica despeja el camino al líder de Junts per Catalunya para convertirse en eurodiputado y gozar de todos sus derechos, entre ellos la inmunidad, que implica derecho de libre desplazamiento por todo el territorio de la Unión Europea, incluida España. El fallo responde a las cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal Supremo a petición de los abogados de Junqueras, que pidieron esta consulta en un recurso de súplica contra la decisión del alto tribunal de no darle permiso para ir a acatar la Constitución ante la Junta Electoral Central y así acceder a la condición plena de eurodiputado.

La sentencia dictada por la Gran Sala del Tribunal, compuesta por quince jueces, entre ellos la española Rosario Silva de Lapuerta, ha sido leída por el presidente de la corte europea, el belga Koen Lenaerts.

El Tribunal de la Unión Europea desautorizó este jueves la decisión de la justicia española de impedir al líder de Esquerra, Oriol Junqueras, adquirir la condición de eurodiputado que logró en las elecciones del 26 de mayo gracias al voto de los electores españoles.

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