El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado este jueves que la exclusión de las empleadas del hogar de las prestaciones por desempleo que recoge la normativa española es contraria al derecho de la Unión y ha considerado que, dado que estos profesionales son "casi exclusivamente" mujeres, esta norma constituye una discriminación indirecta por razón de sexo, informa Europa Press.
"Esta exclusión entraña una mayor desprotección social de los empleados del hogar, que se traduce en una situación de desamparo social", ha concluido el Tribunal de Justicia europeo en su sentencia, en línea con las conclusiones del Abogado General del Tribunal de Justicia de la UE del pasado septiembre.
El su dictamen, el Tribunal europeo ha tenido en consideración que en España el 95% de los empleados del hogar son mujeres, por lo que ha apuntado que esta normativa nacional perjudica especialmente a las mujeres y entraña "una discriminación indirecta por razón de sexo contraria a la directiva". Así considera que la ley española coloca a las mujeres en desventaja con respecto a personas de otros sexos.
El asunto fue elevado al tribunal de Luxemburgo por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Vigo, que pide al TUE que interprete la directiva sobre igualdad en materia de seguridad social para determinar si existe una discriminación indirecta por razón de sexo.
El TUE ha concluido que todos los trabajadores por cuenta ajena inscritos en el Régimen General de la Seguridad Social tienen derecho a las prestaciones por desempleo, incluidos los empleados del hogar.
Respecto a las alegaciones del Gobierno español y de la Tesorería General de la Seguridad Social sobre que esta exclusión busca mantener las tasas de empleo y luchar contra el trabajo ilegal y el fraude contra la Seguridad Social, la Justicia europea ha estimado que la normativa española no es "adecuada" para alcanzar esos objetivos ya que opina "no parece aplicarse de manera coherente".
Además, el Tribunal de Justicia ha puesto de relieve la falta de motivos que justifiquen la exclusión de los trabajadores del hogar de la prestación por desempleo respecto a otros colectivos de trabajadores que también desarrollan su relación laboral a domicilio y para particulares y que, además, presentan características similares respecto a tasas de paro, remuneración o cualificación. Razones por las que ha estimado que estos colectivos presentan riesgos similares.
El Ministerio de Trabajo estudia el fallo publicado por el TUE
El Ministerio de Trabajo y Economía Social está analizando el fallo publicado este jueves por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) en el que ve ilegal que las empleadas de hogar no tengan derecho a cobrar el desempleo.
Según han informado a Europa Press en fuentes del Departamento de Yolanda Díaz, la sentencia del TUE "refuerza y permitirá acelerar la línea en la que ya está trabajando desde el principio" el Ministerio.
Desde Trabajo defienden que cambiar la situación laboral actual de las empleadas de hogar "sin demora" es una de sus prioridades porque siempre la han visto "difícilmente compatible" con el ordenamiento jurídico europeo o el ordenamiento constitucional interno.
De hecho, el Ministerio ya incluyó en el Plan Anual Normativo la reforma del Texto refundido de la Ley General de La Seguridad Social en materia de desempleo para incorporar la prestación por desempleo para este colectivo.
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Durante la pandemia, Trabajo puso en marcha por primera vez un subsidio que daba cobertura por desempleo para las empleadas de hogar. Según fuentes del Ministerio, pese a las dificultades para materializarse por las particularidades de afiliación especial y de cotización de este colectivo, fue "muy positivo y efectivo".
Trabajo también ha llevado a cabo dos campañas específicas sobre las empleadas de hogar, que permitió, en la primera de ellas, que más de 32.000 empleadas de hogar vieran mejoradas sus condiciones salariales y laborales.
En paralelo, el Gobierno está tramitando la ratificación del Convenio 189 de la OIT sobre trabajadores domésticos. En cuanto el Ministerio de Asuntos Exteriores reciba el informe preceptivo del Consejo de Estado, se llevará al Consejo de Ministros para poder enviarlo a las Cortes. Trabajo ya ha realizado todos los trámites que le corresponden para su ratificación.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado este jueves que la exclusión de las empleadas del hogar de las prestaciones por desempleo que recoge la normativa española es contraria al derecho de la Unión y ha considerado que, dado que estos profesionales son "casi exclusivamente" mujeres, esta norma constituye una discriminación indirecta por razón de sexo, informa Europa Press.