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Multa a la hija del general Yagüe por ocultar quién está detrás de la fundación de su padre

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El Juzgado de lo Penal número de Soria ha condenado a la hija del general Yagüe, María Eugenia Yagüe, a la pena se seis meses de multa con una cuota diaria de cinco euros por un delito de desobediencia a la Autoridad Judicial previsto y penado en el art. 556.1 del Código Penal. Informa Europa Press.

El motivo de la condena obedece a que la acusada se negó a entregar los datos requeridos sobre los patronos de la Fundación que lleva su nombre. La sentencia recoge que, en caso de impago, supondría un día de privación de libertad por cada dos cuotas no abonadas, según informan fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

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Los antecedentes se remontan a septiembre del año 2017, cuando María Eugenia Yagüe no entregó la información sobre las cuentas bancarias de los 20 patronos o socios de la entidad, contrariamente a lo requerido por el Juzgado de Instrucción de El Burgo Osma, a raíz de la denuncia interpuesta por el administrador de la comunidad donde su Fundación tiene la sede. La hija del general franquista señaló que la muestra de esta información vulneraba el derecho a su intimidad. Asimismo, la acusada reconoce que ha sido requerida personalmente por el Juzgado de Primera Instancia del Burgo de Osma para aportar la documentación requerida.

Yagüe manifiesta incluso que se ha entrevistado con la juez titular para exponerle su caso, pero que sus razones no han sido atendidas. La sentencia recoge que la acusada "se ha negado reiteradamente a cumplir el mandato judicial, intentando imponer su interpretación de la ley, frente a lo acordado en el juicio". El fallo no es firme, por lo que las partes pueden recurrir ante la Audiencia Provincial de Soria en el plazo de diez días, a contar desde su notificación.

 

El Juzgado de lo Penal número de Soria ha condenado a la hija del general Yagüe, María Eugenia Yagüe, a la pena se seis meses de multa con una cuota diaria de cinco euros por un delito de desobediencia a la Autoridad Judicial previsto y penado en el art. 556.1 del Código Penal. Informa Europa Press.

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