El Consejo de Estado avisa al Gobierno de que la futura ley reguladora del ejercicio del alto cargo en la Administración General del Estado suaviza las incompatibilidades profesionales para los exdirigentes en los dos años posteriores a su cese al permitirles más actividades que la vigente ley de Zapatero.
Así se refleja en el informe, recogido por Europa Press, que el organismo consultivo ha redactado ante la Ley reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado que el Ejecutivo aprobó el pasado 21 de febrero y que ha sido remitida al Congreso para su tramitación parlamentaria.
En dicho informe, el Consejo de Estado señala que la nueva ley no permite prestar servicios en entidades privadas que hayan resultado "afectadas por decisiones" en las que han participado ese ex alto cargo, mientras que en la normativa de 2006 la limitación se extendía a empresas o sociedades privadas "relacionadas directamente con las competencias" del puesto ejercido, hubiera o no tomado decisiones al respecto. "Se aprecia cierta reducción del ámbito objetivo de aplicación", denuncia.
Además, critica la incompatibilidad entre la percepción de pensiones indemnizatorias o prestaciones compensatorias y el desempeño de cualquier actividad pública o privada retribuida aunque se renuncie a ese salario: desconoce la razón que justifica prohibir el desempeño de una actividad pública o privada cuando se renuncia a la correspondiente retribución y duda del efecto que esta previsión puede traer consigo a quienes sean funcionarios públicos.
Y los funcionarios ¿Qué?
"De lo expuesto parece deducirse que la opción por la pensión o la prestación compensatoria, les conduciría a la situación de excedencia por interés particular con los efectos estatutarios correspondientes (no devengo de antigüedad, extinción de la reserva de la plaza inherente a la de servicios especiales...), lo cual puede entenderse que constituye una penalización de justificación no evidente", alega.
Entre otras cuestiones, el Consejo de Estado también echa en falta las "reglas" a las que deberá someterse la Oficina de Conflictos de Intereses. Esta entidad custodia las declaraciones de los altos cargos a la hora de abrir un procedimiento sancionador.
Por último, aconseja al Gobierno eliminar tres artículos referidos a los recursos humanos, económicos y materiales de los que dispondrán los altos cargos porque "carecen de entidad" para ser objeto de un texto legal y porque muchos de los aspectos regulados están incluidos en otras normas de rango menor actualmente vigentes. Tampoco ve apropiado obligar a los altos cargos a someterse a cursos de formación en materia de conflictos de intereses.
¿Por qué a las empresas sí a las fundaciones no?
El Consejo de Estado también se pronuncia sobre el proyecto de ley, aprobado por el Consejo de Ministros el viernes de la semana pasada, sobre la Ley Orgánica de control de la actividad económico-financiera de los Partidos Políticos.
Sobre esta iniciativa, la institución considera "llamativo" que el Gobierno haya decidido prohibir las donaciones de empresas a los partidos y, en cambio, se permitan a las fundaciones que dependen de esas formaciones políticas, por lo que aconseja controlar esos fondos.
Aunque su valoración general de la reforma es positiva, el Consejo de Estado empieza por cuestionar el "alcance limitado" del proyecto, ya que a su juicio "las medidas introducidas, lejos de comportar una verdadera reforma que innove de manera sustancial el régimen de control de los partidos en materia de financiación, se limitan a modificar algunos aspectos concretos de su actividad económico-financiera, manteniendo en líneas generales la regulación vigente".
También lamenta que, tratándose de normas sobre los partidos políticos, no haya habido un diálogo previo con la oposición, máxime cuando hace un año se aprobó en el Congreso la resolución que instaba a preparar estas reformas: "Habría sido deseable la realización, durante la tramitación del anteproyecto, de actuaciones orientadas a favorecer la participación de los partidos, en cuanto a sujetos afectados por la regulación afectada", apunta.
Más control
En su opinión, es necesario establecer mecanismos de control que impidan que se pueda quebrar la finalidad perseguida por el proyecto: "Debería incluir alguna medida concreta orientada a garantizar el debido control del uso de los fondos aportados por personas jurídicas a dichas fundaciones y entidades".
Lo que señala el proyecto definitivo del Gobierno es que la persona jurídica deberá aportar el acuerdo por el que se dona dinero a una fundación, pero sólo se precisará formalizar la donación en documento público a partir de 120.000 euros. Es más, se excluyen de la prohibición las entregas monetarias o patrimoniales para un proyecto concreto.
Precisamente el Congreso aprobó este jueves, en el marco del Debate sobre el estado de la Nación, una resolución pactada entre el PP y CiU, en la que se insta al Gobierno a buscar y promover el diálogo "con los grupos parlamentarios durante la tramitación de estos dos proyectos de ley sobre los que ha informado el Consejo de Estado.
Promover el diálogo con los grupos
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Sin embargo, el PP rechazó sendas propuestas presentadas por Izquierda Plural y UPyD relacionadas con la regeneración democráticas. En concreto, la coalición de izquierdas pedía un régimen de incompatibilidades de cargos y excargos públicos, la dedicación exclusiva de los cargos públicos y una limitación de las remuneraciones.
De su lado, los líderes del PP también se opusieron a los planteamientos de la formación magenta, que pedía regular las recomendaciones del Consejo de Europa sobre los conflictos de interés de los parlamentarios y cargos de designación política, el régimen de incompatibilidades y las declaraciones de bienes e intereses, así como adoptar las medidas necesarias para combatir el "pernicioso" fenómeno de la puerta giratoria, con el que se denomina al acceso de ex cargos públicos a la empresa privada.
UPyD también solicitaba el establecimiento de otro delito específico para perseguir la financiación ilegal de los partidos políticos y sancionar penalmente la "omisión o falsedad deliberada" por parte de los partidos tanto de sus estados contables como de su patrimonio social.
El Consejo de Estado avisa al Gobierno de que la futura ley reguladora del ejercicio del alto cargo en la Administración General del Estado suaviza las incompatibilidades profesionales para los exdirigentes en los dos años posteriores a su cese al permitirles más actividades que la vigente ley de Zapatero.