Libertad de expresión
Pocas condenas pero mucho ruido: Lalachus se convierte en el nuevo objetivo ultra gracias a un delito obsoleto
Los delitos de expresión se han convertido en los últimos años en la principal arma de los colectivos ultras para ganar visibilidad a costa de querellas con escaso recorrido judicial pero que sirven para tratar de censurar todo aquello que les incomoda. Es la estrategia de Hazte Oír y Abogados Cristianos, que han anunciado acciones judiciales contra la cómica Laura Yustres, Lalachus, y el presidente de RTVE, José Pablo López, por mostrar durante la retransmisión de las campanadas una estampa del Sagrado Corazón de Jesús con la cabeza de la vaquilla de Grand Prix. "Hemos crecido viendo el Grand Prix, lo importante que es la televisión, y la pública en este caso más que ninguna, que ha hecho que las familias se reúnan y gocen juntos", fue la reflexión de la cómica detrás de la cual sendas organizaciones ven un "posible delito de odio y contra los sentimientos religiosos".
Un montaje que se ha utilizado con deportistas, cantantes, actores e incluso con políticos de manera recurrente y que, hasta la fecha, no había generado ninguna denuncia ni tampoco críticas por parte de las organizaciones ultras. A las anunciadas querellas por parte de Hazte Oír y Abogados Cristianos se les han sumado las críticas del presidente de la la Conferencia Episcopal, Luis Argüello, que ha calificado como "burla" el gesto de Lalachus "con la coartada de la libertad de expresión y los excesos de las fiestas", al igual que los arzobispos de Sevilla y de Valladolid que se han quejado a través de X.
En este caso ha influido que haya sido la colaboradora del programa La Revuelta de TVE —envuelto en la polémica ya desde antes de que comenzara su emisión el pasado mes de septiembre por su coste y tachado por la derecha como un arma de propaganda del Gobierno de Pedro Sánchez— la que exhibiera la imagen durante la emisión de las campanadas, que han devuelto al ente público el liderazgo de las audiencias frente a Atresmedia. Una polémica que ha escalado al primer nivel político: mientras el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, lo calificaba como el "primer intento de los ultras de amedrentar" y aludía a la reforma pendiente para reformar el delito de ofensas religiosas, Vox mostraba su "asco y vergüenza" por las palabras del ministro y registraba un escrito en el Congreso pidiendo la comparecencia del presidente de RTVE.
Un arma penal en manos ultras que rara vez provoca condenas
Lo cierto es que la ofensa contra los sentimientos religiosos es un tipo penal que no ha generado prácticamente condena alguna pero que sirve como arma intimidatoria para este tipo de colectivos. El Código Penal castiga con pena de multa de ocho a doce meses a quienes "para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa" hagan "públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento" escarnio de "sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias" o "vejen" a quienes "los profesan o practican". Sin embargo, tres décadas después de la redacción del artículo 525 apenas constan sentencias firmes por ofensa contra los sentimientos religiosos.
Algunos juristas especializados en la materia solo les consta una de hace un lustro a raíz de una denuncia de la Cofradía de la Amargura, y por conformidad del acusado, quien había subido a Instagram el fotomontaje de un cristo con su cara y tuvo que pagar 480 euros de multa. Hay, además, otra condena en primera y segunda instancia que se encuentra en estos momentos recurrida ante el Constitucional por participar durante el 8-M en una performance en la que se llevó en procesión la imagen de una vagina de plástico ataviada como si fuese la virgen– la de la procesión del chumino rebelde– cuyo caso es muy similar a la del del "coño insumiso", que se saldó con una absolución.
Pese al escaso éxito judicial, los colectivos ultracatólicos –con Abogados Cristianos al frente– siguen recurriendo una y otra vez a este delito. Lo utilizaron contra humoristas de TV3 por una parodia de la Virgen del Rocío, contra la política Rita Maestre, contra el actor Willy Toledo, contra el cómico Leo Bassi, contra el cantautor Javier Krahe, contra el artista Abel Azcona y, recientemente, contra el humorista Héctor de Miguel. Un objetivo recurrente de sus demandas también ha sido la Revista Mongolia, que el pasado año tuvo que recurrir a una campaña de micromecenazgo para hacer frente a tres querellas judiciales y también los cómicos José Miguel Monzón, popularmente conocido como El Gran Wyoming, y Dani Mateo por un comentario sobre la cruz del Valle de los Caídos realizado en un sketch de El Intermedio Aunque al final todo quede en nada, el riesgo de tener que sentarse ante un juez y el coste económico de un proceso penal están siempre presentes. Y eso opera como un incentivo a la autocensura.
La Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) obliga a realizar antes de admitir a trámite una querella una vista previa sobre el posible carácter delictivo de la conducta. Y, además, se debe estudiar si los hechos, tal y como ha señalado el Tribunal Constitucional, pueden estar amparados por la libertad de expresión. Sin embargo, con carácter general los juzgados evitan ese juicio previo y tienden a admitir a trámite estas denuncias de manera automática.
Un compromiso del Gobierno desde hace tres años exigido, además, por organismos internacionales
A pesar de ser un compromiso adquirido en 2021 por el Ejecutivo de Pedro Sánchez, lo cierto es que ninguna de las múltiples enmiendas al Código Penal que ha impulsado desde entonces ha metido mano a las ofensas contra los sentimientos religiosos, al igual que tampoco lo ha hecho con las injurias a la Corona o el enaltecimiento del terrorismo. La legislatura pasada terminó sin que se llegase a concretar ninguna reforma porque, según resaltaban desde el Ejecutivo, no tenían "consensos" para logarlo pese a contar, teóricamente, con el apoyo generalizado de los socios parlamentarios.
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La reforma de los delitos de expresión forman parte del plan de regeneración aprobado el pasado mes de septiembre en Consejo de Ministros. "Entre otros casos, cuando se refiera a las instituciones del Estado, se trate de delitos contra los sentimientos religiosos o de escarnio público u otros supuestos, con el fin de darles una redacción homologable a nuestro entorno y de atender a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos", señala el plan de regeneración. Se da por descontada, por tanto, una revisión de las ofensas religiosas, pero más dudas sobre el resto.
Desde que arrancó la actual legislatura, el socio minoritario del Gobierno, Sumar, ha apremiado al PSOE a reformar estos tipos penales. "Modificar los delitos de libertad de expresión no puede depender de que afecte a una persona conocida. Ya está tardando el PSOE", señaló este jueves el portavoz de Interior y Justicia de Sumar, Enrique Santiago, que recordó que esta fue la primera proposición de ley que registraron como grupo en septiembre de 2023. Los de Yolanda Díaz proponían derogar cinco delitos del Código Penal además del de los sentimientos religiosos: el de injurias a la Corona –artículos 490.3 y 491–, injurias al Gobierno y sus instituciones –artículo 504– ultrajes a España –artículo 543– y enaltecimiento del terrorismo –artículo 578–. Una norma que se encuentra congelada en el trámite de enmiendas de la Cámara Baja pese el PSOE votó a favor, al igual que Junts, ERC, EH Bildu, PNV, Podemos y el BNG, por lo que en principio el Gobierno tiene los apoyos para que salga adelante.
En los últimos años algunos organismos han exigido a nuestro país cambios legislativos por lo que respecta a los delitos de expresión. Lo hizo el Consejo de Derechos Humanos de la ONU en el informe de su último examen periódico universal. Y también el Consejo de Europa en el documento elaborado tras la última visita a España de su comisaria de Derechos Humanos. En él, criticaba el uso del Código Penal para amedrentar a artistas. Y hacía un llamamiento a las autoridades para que impulsasen una modificación "integral" del mismo que reforzase "las salvaguardas existentes en torno al derecho a la libertad de expresión y el derecho de reunión pacífica". En concreto, se ponía el foco sobre el enaltecimiento del terrorismo –que ha quedado fuera del plan de regeneración–, las injurias a la Corona y también las ofensas contra los sentimientos religiosos.