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Decisión crucial del TJUE

La política española, en vilo ante el fallo

Oriol Junqueras y Carles Puigdemont, en el Parlament, en una fotografía de archivo.

Una bomba de relojería, con un impresionante potencial explosivo en la política española, hace tictac en el corazón de Europa. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), con sede en Luxemburgo, debe tomar una decisión este jueves, 19 de diciembre, sobre el estatus político de Oriol Junqueras, elegido eurodiputado en las elecciones del 26 de mayo pero que no ha tomado posesión de su acta por encontrarse preso y no haber tenido permiso para salir a recogerla. Entre los interrogantes que tienen ante sí los magistrados, está no sólo si Junqueras es eurodiputado, sino si ya lo era –y por lo tanto gozaba de una inmunidad parlamentaria– cuando el Tribunal Supremo lo condenó el pasado 14 de octubre a 13 años de prisión por sedición y malversación.

La decisión, aunque formalmente se ciñe a una pregunta sobre Junqueras, puede proyectarse sobre la situación del expresident Carles Puigdemont y el exconseller Toni Comín, que también fueron elegidos eurodiputados pero tampoco tienen acta, en este caso porque si entran en España a recogerla pueden ser detenidos. Entre las hipótesis jurídicas, no puede descartarse que Puigdemont se beneficie de la sentencia sobre Junqueras, logre un reconocimiento como eurodiputado, la euroorden contra él decaiga automáticamente y goce de libertad de desplazamiento y actividad política. Tampoco es descartable que la decisión suponga un tirón de orejas para el Tribunal Supremo, en caso de que se considere que retuvo y enjuició a un eurodiputado legítimo sin haber pedido permiso, como correspondería, al Parlamento europeo. Del mismo modo, el TJUE puede establecer que Junqueras no es eurodiputado porque no ha recogido el acta y reconocerle al Supremo la autoridad para impedirle recogerla. El inicio de la respuesta, el jueves.

El pasado 14 de junio, el Boletín Oficial del Estado publicó el acuerdo de la Junta Electoral central con los nombres de los 54 eurodiputados elegidos en España. Destacaban tres nombres: Carles Puigdemont Casamajó (Lliures per Europa), Oriol Junqueras i Vies (Ahora Repúblicas) y Antoni Comín Oliveres (Lliures per Europa). Junqueras solicitó al Supremo, que lo estaba juzgando por el procés, salir a recoger el acta –como había hecho para recoger su acta de diputado en el Congreso tras las generales del 28-A–, pero los magistrados denegaron su petición. El Supremo entendía que la adquisición de la condición de eurodiputado, que era el fin perseguido por Junqueras, implicaba no sólo la acreditación ante la Junta Electoral Central (JEC), sino también la asistencia a la sesión constitutiva del Parlamento europeo, en Bruselas. Ello suponía un "irreversible peligro" para el juicio, según el Supremo. Tras esta respuesta, la defensa de Junqueras, ejercida por Andreu Van den Eynde, insistió mediante un recurso en el derecho del exvicepresident a acudir al Congreso para prometer el cargo ante la JEC. "La inmunidad parlamentaria europea opera ya respecto al señor Junqueras desde el momento de su proclamación. [...] ¿Qué sentido tendría la participación de mi mandante en las elecciones y el voto ciudadano si no puede ni tan siquiera atender al primer trámite establecido en su condición de parlamentario electo?", planteaba. En ese recurso, Van den Eynde pedía al Supremo que, si tenía dudas, plantease al TJUE una cuestión prejudicial. Es decir, que le pidiese a la justicia europea que se pronunciase sobre la cuestión.

Ese es el balón que Junqueras le dejó botando al magistrado Manuel Marchena, presidente de la sala penal que juzgaba el procés. Marchena podía despejar o rematar. La Fiscalía y la Abogacía del Estado se oponían al remate y rechazaban la necesidad de plantear una cuestión prejudicial, al circunscribir el conflicto al marco del derecho nacional. Pero Marchena, sensible a las demandas de pulcritud a lo largo del procedimiento para evitar reproches en el ámbito europeo, decidió rematar. El balón viaja ahora por el aire.

  La cuestión prejudicial

La cuestión prejudicial, única vez en que el Supremo se ha dirigido al TJUE en este caso, fue presentada el 1 de julio. El escrito, de 36 páginas, planteaba en realidad tres cuestiones al Tribunal de Luxemburgo. Aunque se refieren a la concesión del permiso a Junqueras para salir de la cárcel a completar las formalidades para la adquisición de la condición de eurodiputado, las preguntas despliegan implicaciones que van mucho más allá.

¿Sobre qué le pedía el Supremo al TJUE que se pronunciase concretamente? En primer lugar, sobre cómo interpretar el protocolo de la UE sobre privilegios que establece que la inmunidad de los eurodiputados rige "mientras el Parlamento europeo está en periodo de sesiones". La duda que subyace es si un eurodiputado lo es, y por lo tanto goza de inmunidad, desde su elección, o por el contrario sólo desde que recoge el acta y cumple todos los trámites. Hay que aclarar que la inmunidad no sería total. Como ocurre con los aforados en España, lo que implica es que el órgano judicial que quiera proceder contra el europarlamentario con inmunidad tendría que pedir permiso –el conocido como "suplicatorio"– al Europarlamento. La segunda cuestión, formulada de modo indirecto, venía a implicar lo siguiente: si la inmunidad empieza al ser elegido el parlamentario, ¿cómo debía interpretarlo el Supremo a la hora de tomar una decisión? La tercera pregunta era directa: si Junqueras era parlamentario desde su elección, si se optaba por una "interpretación extensiva" de la expresión "periodo de sesiones", ¿debía salir Junqueras de prisión "en términos absolutos, de modo casi automático, para permitir el cumplimiento de las formalidades y desplazamientos al Parlamento europeo", o debía atenderse al "interés de la justicia y del debido proceso"?

Había una cuestión que no estaba planteada en el escrito firmado como ponente por Manuel Marchena, pero que sobrevuela desde entonces todo el conflicto. ¿Qué pasa si la respuesta a esta cuestión es favorable a Junqueras y llega después de que sea condenado? Junqueras pidió en septiembre al Supremo paralizar la sentencia del Supremo hasta que el Tribunal de Luxemburgo se pronunciase, pero su petición fue denegada. Y, el 14 de octubre, llegó el fallo. El Supremo dirigió ese mismo día al TJUE un oficio, con la sentencia adjunta, diciéndole que la cuestión prejudicial mantenía su vigencia e interés. En paralelo, también el 14 de octubre, el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena, con la sentencia del procés en la mano, reactivaba la euroorden contra Puigdemont.

  El abogado general

A priori, el Supremo tenía una carta a su favor. En abril, antes incluso de las elecciones europeos, los letrados de los servicios jurídicos del Parlamento europeo –a petición de su nuevo presidente, Antonio Tajani, que veía venir el problema desde lejos– habían elaborado un informe que condicionaba la inmunidad de Puigdemont a que recogiese el acta en Madrid y dejaba en manos del Estado español dar o no permiso para hacerlo. Pero un funcionario europeo llamado Maciej Szpuznar, polaco nacido en 1971, de larga trayectoria jurídica, veía las cosas de manera algo diferente.

El terremoto se producía el 12 de noviembre. Szpuznar, abogado general de la UE, una figura parecida a la del fiscal, presentó al TJUE sus conclusiones, en las que se sumaba en buena medida a las tesis de la defensa de Junqueras. Szpuznar, cuyas indicaciones no tienen por qué ser seguidas en la sentencia aunque suponen una pista a tener en cuenta, considera que el exvicepresident se convirtió en eurodiputado con inmunidad cuando fue elegido en las urnas y que su condición "no puede estar supeditada al ulterior cumplimiento de formalidad alguna". Y añade: "Las autoridades del Estado miembro en el que el miembro del Parlamento ha resultado electo están obligadas a abstenerse de adoptar cualquier medida que pueda obstaculizar los trámites del miembro del Parlamento necesarios para asumir efectivamente sus funciones y a suspender las medidas que ya estén en curso".

Ahora bien, el abogado general se mostraba cauto sobre las implicaciones directas de la eventual consideración de eurodiputado de Junqueras. No está claro que afectara sobre su situación. Hablando en plata, ni mucho menos, ni aunque el TJUE siguiera la tesis del abogado general, Junqueras tendría fácil salir de la cárcel. "Dado que la elegibilidad para el mandato de diputado al Parlamento, como elemento de la normativa electoral, depende del derecho nacional, la privación de la misma también afecta a la elegibilidad al Parlamento". Es decir, Szpuznar abre la puerta a una consideración de Junqueras como parlamentario que habría perdido efecto por quedar establecida después de una sentencia condenatoria inhabilitante. Un planteamiento con un tinte salomónico, que en el fondo da la razón a Junqueras, pero en la forma permite dejar las cosas como están.

Eso sí, provocando la paradoja de generar un escenario en el que Puigdemont, al no estar preso, podría verse más beneficiado a la postre que el propio Junqueras.

  La euroorden

Las vicisitudes legales de Puigdemont y Comín han ido discurriendo por un carril paralelo al de Junqueras. En breve ambos carriles se cruzarán. Este lunes se celebra la vista ante la justicia belga sobre la posible detención y entrega de Puigdemont y Comín. El jueves, la sentencia del TJUE sobre Junqueras. ¿Tienen relación ambos acontecimientos? Inevitablemente. A raíz de la reactivación de la euroorden por parte de Llarena (14 de octubre, a la vez que la sentencia), se puso en marcha la maquinaria belga. Primero la fiscalía congeló la tramitación hasta recibir una traducción. En noviembre, el juez aceptó dar más tiempo a Puigdemont y Comín, cuyas euroórdenes unificó en una sola causa, para preparar su defensa. La vista quedó fijada para este lunes, 16 de diciembre.

¿Con qué idea acuden Puigdemont y Comín a la vista? Gonzalo Boye, abogado de ambos, explica a infoLibre que planteará la conveniencia de esperar al pronunciamiento del TJUE sobre Junqueras, aunque expresa dudas sobre el alcance que el mismo pueda tener sobre sus clientes. Como "alternativa", señala Boye, se propondrá la presentación de una cuestión prejudicial ante el TJUE, similar a la presentada por el Supremo, pero sobre Puigdemont y Comín. Ahora bien, el expresident y su exconseller tienen un as en la manga. Ambos presentaron ante el TJUE, el 28 de junio, tres días antes de la cuestión prejudicial del Supremo, sus propias demandas. Tienen presentada una cada uno, aunque ambas se refieren a los dos casos, explica Boye. El abogado cree que el TJUE está esperando a que haya una sentencia sobre el caso de Junqueras para pronunciarse sobre Puigdemont y Comín, lo cual sería lógico.

  La sentencia y sus posibles consecuencias

Tras la vista sobre Puigdemont y Comín del lunes, vendrá la sentencia sobre Junqueras del jueves. Lo que establecerán los magistrados es una incógnita. Hay, a priori, tres grandes hipótesis:

1) Que establezca que Junqueras no es eurodiputado, lo cual sería malo para Junqueras y malo para Puigdemont y Comín.

2) Que establezca que Junqueras es eurodiputado pero fue condenado antes de resolverse la cuestión, con lo que la cuestión habría perdido sentido, lo cual sería malo para Junqueras, que ganaría moralmente pero no vería alterada su situación, pero bueno para Puigdemont y Comín.

3) Que establezca que Junqueras era eurodiputado de pleno derecho desde su elección o desde la publicación de su nombre en el BOE, con lo cual fue primero retenido y luego condenado cuando ya gozaba de inmunidad, lo cual sería bueno para Junqueras, que gozaría de munición para intentar anular su condena, así como para Puigdemont y Comín.

En este último caso, el catedrático de Derecho Constitucional Javier Pérez Royo considera incluso que podría entenderse que la condena a Junqueras es "nula de pleno derecho" y, con ella, todo el juicio al procés. "Si se establece que Junqueras ya tenía inmunidad como eurodiputado cuando se dictó la sentencia, pues el Supremo tendría que haber detenido el juicio, solicitado autorización al Parlamento europeo para actuar contra él y esperado a la respuesta para dictar sentencia", señala Pérez Royo. A su juicio, si hay un reconocimiento de la condición de europarlamentario de Junqueras –y, por extensión, de Puigdemont y Comín–, el Supremo quedaría deslegitimado para solicitar ahora el suplicatorio, ya que habría vulnerado los derechos de todos ellos: el de Junqueras, con la prisión, el de Puigdemont y Comín, con la euroorden. "Podría ser el fin de la persecución penal del procés. Ese es el problema que ha generado el Supremo al enviar la cuestión y no esperar al resultado para la sentencia", señala Pérez Royo.

El profesor de Derecho Constitucional Joaquín Urías prevé unas consecuencias mucho menos impactantes de la sentencia. "El abogado general no lo tiene claro. Es tajante hasta que hay que hablar de los efectos", señala Urías. A su juicio, lo obvio es que si hay un reconocimiento de la condición de eurodiputado de Junqueras aun sin haber recogido su acta, Puigdemont y Comín, con esa sentencia, podrían acudir al Parlamento europeo a solicitar su credencial. ¿Se la darían? Urías tiene dudas. El Parlamento europeo y la Comisión Europea, durante la vista del caso celebrada el 14 de octubre –sí, también el 14 de octubre–, se situaron claramente contra Junqueras, negando su inmunidad. El profesor también señala que, si la sentencia deja margen interpretativo, el Supremo podría denegarle la salida de prisión a Junqueras incluso aunque se reconociera su condición de eurodiputado. "Podría decir: 'Hay una sentencia firme, ante la que no cabe recurso, y no consideramos la sentencia [del TJUE] un hecho nuevo'. Y punto".

Es difícil encontrar argumentos jurídicos en contra de la anulación de la euroorden en caso de que Puigdemont y Comín –por extensión de la sentencia sobre Junqueras o como resultado de un pronunciamiento sobre sus propias demandas– sean considerados eurodiputados. Ni están condenados, ni presos, ni detenidos. Coinciden aquí Pérez Royo y Urías. Pesa sobre ellos una orden de detención y entrega que, en el caso de los eurodiputados, no puede dictarse sin que el Parlamento europeo lo autorice. El abogado Boye no contempla otro escenario que la anulación de la euroorden, en caso de reconocimiento de la condición de europarlamentario. "Sería archivada. Habiendo inmunidad, no puede seguir", afirma. Sobre el suplicatorio, dice: "Un suplicatorio en el Parlamento europeo sería una especie de juicio al juicio. ¿Eso es lo que quiere Marchena?".

  La disyuntiva de fondo

El catedrático de Derecho Constitucional Luis López Guerra sitúa el posible pronunciamiento del TJUE, sea cual sea, en un contexto muy determinado: el de la construcción europea. "El Derecho europeo está en una fase todavía inicial. Sobre muchos asuntos, no hay precedentes. Mientras los letrados del Parlamento europeo se han pronunciado de una forma, el abogado general lo ha hecho de la contraria. Se adoptará una decisión creativa, sin precedentes", señala López Guerra. Y añade una reflexión de fondo: "El TJUE es un tribunal que está ahí para defender la Unión Europea. No es un tribunal de derechos humanos. Partiendo de esa base, tiene que ver qué línea sigue, que servirá de precedente para el futuro. Hay dos opciones: una opción es poner el acento en la defensa de la estabilidad de la UE frente al independentismo, considerando que un fallo a favor de Junqueras puede agudizar el problema. La otra es el fortalecimiento de las instituciones europeas. Es decir, no dejar que la elección de un parlamentario europeo quede en manos de decisiones de otros. Estas son las dos grandes opciones". Es conveniente reseñar que el Parlamento europeo se ha inclinado por que no haya reconocimiento como eurodiputado sin recoger el acta.

López Guerra, exvicepresidente del Tribunal Constitucional, expresidente de sección del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, subraya que una sentencia "siempre tiene consecuencias jurídicas", por lo que marca distancia con los que creen que el fallo del TJUE pueda quedar en una reflexión abstracta sin aplicación. Si se considera que Junqueras tenía "inviolabilidad" como europarlamentario, podría haber "vicios" en el procedimiento seguido contra él, afirma el jurista.

¿Consecuencias directas en la situación de los protagonistas? Con respecto a Junqueras, a López Guerra le parecen incalculables sin ver la sentencia. Más "claro" le parece que, si se establece que Puigdemont y Comín son eurodiputados con inmunidad, "no pueden ser arrestados, ni procesados, ni juzgados sin permiso previo del Parlamento europeo". Es decir, podrían, llegado el caso, pasear tranquilamente por España. Es imposible calcular el impacto político de algo así. O de otros escenarios, que incluyen candidaturas electorales.

En una entrevista en La Razón, Junqueras afirma que él mismo sería el candidato de ERC a la Generalitat "si el tribunal europeo dice el próximo día 19 que hay inmunidad". "Entiendo que no hay inhabilitación posible, aunque el día 19 no se decidirá todo porque hay varias vías judiciales abiertas. El tribunal sólo responde a una pregunta del Supremo. Si ERC no cambia de opinión y no hay inhabilitación, Oriol Junqueras será el candidato", afirma, hablando de sí mismo en tercera persona.

Junqueras, en manos del Supremo; Puigdemont, de la Eurocámara

– Eso abriría las puertas a Carles Puigdemont –le dice el periodista.

– Yo respondo por mí –contesta Junqueras.

Pero lo cierto es que, esta semana, sus destinos se encuentran. Y la política española, en busca de un difícil acuerdo de gobierno, aguarda una decisión crucial.

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