Justicia
Los Premios Género y Justicia evidencian que la igualdad sigue ausente en las sentencias españolas
Un total de 35 sentencias de todo el mundo han sido incluidas en los Premios Género y Justicia, organizados por la organización Women’s Link Worldwide con el fin de visibilizar cómo la justicia "puede hacer avanzar o retroceder la igualdad de género". La clasificación deja a España a las puertas del aprobado. Se trata del país que cuenta con una mayor cantidad de decisiones judiciales nominadas, de las cuales cuatro se encuentran en la categoría garrote por ser "discriminatorias y sexistas", mientras que otras tres se sitúan en el lado positivo de la balanza, en la categoría mallete, por "hacer avanzar la igualdad de género".
"España no discrimina más que otros países, pero sí que este año ha acumulado más sentencias nominadas, cuatro por la peor decisión judicial", recalca Elena Laporta, portavoz y abogada en la plataforma. A su juicio, la posición que ocupa España evidencia "la persistencia de estereotipos" en el seno de la justicia, algo "grave porque dificulta el acceso de las mujeres a la justicia en condiciones de igualdad".
Las sentencias negativas, continúa Laporta, lejos de ser excepciones constituyen el reflejo "de muchas otras que no se llegan a conocer". La abogada pone como ejemplo la violencia sexual, que tradicionalmente ha acarreado "un problema por la falta de denuncia, precisamente a causa de los obstáculos que éstas generan". Una vez denunciadas, las agresiones son juzgadas en base a estereotipos contra las mujeres, tal y como demuestran parte de las sentencias analizadas. Laporta considera que los hechos relatados tampoco son sistemáticos, pero representan un escenario que "se produce en España y en todas partes del mundo", lo que urge a "estar atentos y ejercer control social para tratar de visibilizar esas decisiones y tratar de revertir la situación".
Una de las herramientas para caminar hacia un cambio real, añade Laporta, consiste en trabajar sobre la formación de los jueces y juezas. "Es necesaria una formación para conocer la normativa a nivel regional, nacional e internacional sobre la perspectiva de género, que los magistrados conozcan las normas y puedan aplicarlas", subraya la abogada, quien además insiste en una formación "continuada y actualizada".
Golpe a la igualdad
El número de sentencias dictadas por juzgados españoles que han atentado contra la igualdad de género asciende a cuatro. En junio del pasado año, la Audiencia Provincial de Murcia absolvía por abuso y acoso sexual al encargado de departamento de uno de los centros de El Corte Inglés que se refería a sus subordinadas como "chochitos". El superior dejaba notas de contenido sexual a las dependientas, en las que escribía mensajes tales como "este año si es posible estás más guapa y mucho más buena".
Según la sentencia [consultar en este enlace], los hechos se produjeron en reiteradas ocasiones desde el año 2002 y el 2005. Frente a esta situación, dos víctimas decidieron en octubre del 2006 interponer una queja ante la gerencia del centro comercial por recibir "hostigamiento, tocamientos y expresiones de contenido sexual", y presentaron la querella en los juzgados en noviembre del 2006. El primer fallo, que fue dictado en el año 2015, absolvió al acusado. Tras esta decisión, las mujeres presentaron un recurso de apelación que finalmente fue rechazado por considerar la Audiencia Provincial de Murcia que, "en aplicación de la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, no era posible revocar una sentencia absolutoria si la misma no es ilógica, absurda o arbitraria". En su decisión, la Audiencia insiste en que únicamente existió una "falta de consideración y desatención" por parte del jefe de departamento.
A finales del pasado año, una mujer nigeriana víctima de trata en España fue detenida e internada en un Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE), donde solicitó asilo por su condición vulnerable. Su petición, no obstante, fue denegada, de modo que las abogadas de Women's Link Worldwide se ofrecieron como apoyo legal. Sin embargo, según la propia organización, "la mujer fue repentinamente deportada a Nigeria pocos días después". Las abogadas "no fueron informadas por las autoridades hasta después de la deportación, cuando ya era imposible que la mujer firmara el poder notarial que necesitaban para poder continuar representando legalmente su caso", denuncia la plataforma, cuyos miembros llevaron el caso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que finalmente inadmitió la petición por carecer del poder notarial necesario. Las abogadas critican que, tras su deportación, la víctima de trata ha sido imposible de localizar.
En enero de 2017 un nuevo episodio de violencia machista se saldó con la vida de una mujer tras ser apuñalada 30 veces por su expareja. El caso llegó a la Audiencia Provincial de Málaga, que concluyó en que el asesinato guardaba la intención de causar a la víctima el mayor dolor y sufrimiento posible, condenando al hombre a una pena de 25 años de prisión. Sin embargo, y tras la presentación de un recurso, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía rebajó la pena a 17 años. El tribunal consideró como atenuante la confesión del asesino, y argumentó que las 30 puñaladas únicamente evidenciaban un "enojo ciego" por parte del individuo, pero no necesariamente ensañamiento.
La cuarta y última sentencia constituye un claro reflejo de los estereotipos predominantes a la hora de juzgar agresiones sexuales. En marzo del presente año la Audiencia Provincial de Cantabria condenó por abuso sexual a un hombre que agredió sexualmente a una niña desde que ésta tenía cinco años. La condena, sin embargo, apuntaba a un abuso sexual, pero no a una agresión, por considerar la imposibilidad de probar que la niña "opusiera resistencia física o protestara, llorara o gritara" para impedir los abusos sexuales. La pena final, en lugar de los diez años de cárcel que solicitaba la acusación, fue de tres años y nueve meses de prisión para el agresor.
Avance y reconocimiento
Frente a las sentencias perjudiciales para la igualdad, Laporta destaca lo "fundamental de premiar las decisiones que suponen un avance en el respeto, la protección y la garantía de los derechos de las mujeres", con el fin de que "puedan servir de ejemplo" para demostrar que "se puede juzgar de otra manera incluyendo la perspectiva de género".
La presencia de mujeres en informativos y debates televisados es estereotipada y un 30% inferior a la de los hombres
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En esta categoría España cuenta con tres dictámenes favorables. En septiembre del pasado año el Juzgado de Instrucción número ocho de las Palmas de Gran Canaria reconocía como discriminatorio que las mujeres internas en el CIE de Barranco Seco recibieran menor cantidad de productos básicos de aseo y ropa interior que sus compañeros hombres. La sentencia fue dictada tras una visita de inspección que constató la disparidad entre los productos de aseo que recibían los hombres y mujeres del centro. El juzgado resolvió [consultar sentencia aquí] que tal actuación por parte del CIE constituía "una forma de discriminación directa contra las mujeres y atentaba contra la dignidad humana y los derechos fundamentales de las internas".
El pasado mes de marzo el autobús tránsfobo de Hazte Oír saltó a primera línea mediática. La organización ultracatólica puso en marcha un vehículo en el que podía leerse: "Los niños tienen pene. Las niñas tienen vulva. Que no te engañen. Si naces hombre, eres hombre. Si eres mujer, seguirás siéndolo". El autobús circuló en un primer momento por la ciudad de Madrid, hasta que la Fiscalía Provincial de la capital solicitó su inmovilización por presuntos delitos de odio y alteración de la paz pública. El Juzgado de Instrucción número 42 de Madrid ordenó su paralización hasta que la plataforma retirase los mensajes tránsfobos. Women's Link Worldwide considera que "si bien la decisión del juzgado confunde la identidad de género con la orientación sexual, tanto la solicitud de la Fiscalía como la orden del juez sientan un precedente muy importante para la igualdad de género y el respeto de los derechos de todas las personas".
La organización que convoca los premios sitúa en el mismo mes de marzo la tercera y última sentencia española que celebrar. El Tribunal de Justicia de Canarias admitió entonces un recurso presentado por una mujer divorciada víctima de violencia machista que había solicitado pensión de viudedad tras el fallecimiento de su expareja, y que le fue en un primer momento denegada. En su decisión, el Tribunal de Justicia canario describe "por primera vez en España la técnica de juzgar con perspectiva de género". El dictamen [consultar en este enlace] "define las características de género y afirma que la violencia machista no es un problema que afecta al ámbito privado, y que la perspectiva de género se debe aplicar en todas las normas y debe ser tomada en cuenta por todos los poderes del Estado", siendo de esta forma la primera vez que queda determinada jurídicamente la técnica de juzgar con perspectiva de género.