Una sentencia obliga a Bankia a devolver la casa a una familia desahuciada

El Juzgado Mercantil número 3 de Barcelona ha declarado nulo un procedimiento de desahucio efectuado por Bankia al considerar que se realizó al amparo de cláusulas abusivas y procedimientos judiciales ilegales. La sentencia, del 5 de mayo de 2014 –conocida este lunes–, obliga a la entidad bancaria a devolver la vivienda a la familia siguiendo la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en el caso Aziz.

El juez considera “abusivos” la cláusula de vencimiento anticipado y los excesivos intereses de demora. Mediante esa cláusula de vencimiento anticipado, el prestamista puede dar por vencido la totalidad del préstamo antes del plazo establecido si el deudor incumple su obligación de pago del capital o de los intereses. Según informa El País, el juez es José María Fernández Seijo, el mismo que presentó al TJUE el caso de Mohamed Aziz, un vecino de Martorell (Barcelona) que había sido expulsado de su casa.

Esta sentencia anula el Fallo del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Gavà que ejecutó el desahucio en 2011, fundamentándose en el cumplimiento de las cláusulas que debieron considerarse nulas, según la PAH. Fernández Seijo considera que dicho juzgado no pudo valorar esas cláusulas por las deficiencias en esta materia del sistema español.

La decisión del magistrado obliga a Bankia a devolver la vivienda a sus propietarios y reponer todo el procedimiento al momento anterior a la demanda, por no haber respetado el derecho de defensa que la anterior legislación estatal pasaba por alto.

La PAH recuerda en un comunicado que, en marzo de 2013, el TJUE declaró ilegal el procedimiento de ejecución hipotecaria español (que se venía aplicando desde hacía veinte años), por no respetar los derechos de los consumidores y por vulnerar una directiva comunitaria del año 1993 sobre protección de los derechos de los consumidores.

"Absoluto fracaso" de la ley del PP

La PAH ha aprovechado la noticia para recordar que la Ley 1/2013 que promulgó el Partido Popular ha resultado ser “un absoluto fracaso” al incumplir las obligaciones internacionales en materia de Derechos Humanos, que prohíben los desalojos forzosos. Además, no protege a los ciudadanos desahuciados bajo la anterior legislación.

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“Desde la promulgación de la directiva europea del año 1993 sobre protección a consumidores”, apunta el comunicado de la plataforma, los sucesivos gobiernos “han legislado más en defensa de los intereses de las entidades financieras que en cumplimiento de su deber de protección a los ciudadanos”.

La vigente ley no ha ayudado a reducir los desahucios. Los últimos datos del Consejo General del Poder Judicial muestran que en los primeros meses de 2014 las cifras han aumentado en un 14%. Concretamente, 24.665 ejecuciones hipotecarias se iniciaron entre enero y marzo de este año, y un total de 18.492 desahucios fueron ejecutados. Según este recuento, Cataluña ocupa el primer lugar en número de desahucios, seguida de Andalucía y la Comunidad Valenciana.

La PAH ha anunciado también que en las próximas semanas promoverán varias iniciativas para extender los efectos de esta sentencia al resto de desahucios ejecutados bajo las mismas cláusulas.

El Juzgado Mercantil número 3 de Barcelona ha declarado nulo un procedimiento de desahucio efectuado por Bankia al considerar que se realizó al amparo de cláusulas abusivas y procedimientos judiciales ilegales. La sentencia, del 5 de mayo de 2014 –conocida este lunes–, obliga a la entidad bancaria a devolver la vivienda a la familia siguiendo la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en el caso Aziz.

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