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El Supremo mantiene la orden de detención contra Puigdemont tras la publicación de la amnistía

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El Tribunal Supremo (TS) ha acordado mantener la orden nacional de detención que pesa sobre el expresidente catalán Carles Puigdemont después de que este mismo martes se haya publicado la ley de amnistía en el Boletín Oficial del Estado (BOE), según ha recogido Europa Press. Además, ha dictado una batería de providencias, recogidas por Europa Press, en las que da traslado a la Fiscalía y a las defensas para que se pronuncien acerca de la revisión de casos del procés por la ley de amnistía que afectan al expresident pero también a Toni Comín, Lluis Puig y Marta Rovira.

Cabe recordar que en el Supremo constan dos procedimientos penales relativos al proceso independentista catalán. En primer lugar, la causa especial 20907/2017, conocida como la causa del procés, incluye a Puigdemont y a los exconsejeros catalanes que fueron procesados en rebeldía; y al exvicepresidente del Govern Oriol Junqueras y al resto de líderes independentistas que fueron condenados en 2019. Esta causa abarca delitos de desobediencia y malversación.

En segundo lugar, figura el procedimiento penal abierto el pasado febrero por presunto terrorismo contra el propio Puigdemont y el diputado electo de ERC en el Parlament, Ruben Wagensberg, en el marco de los disturbios atribuidos a la plataforma independentista Tsunami Democràtic. Con respecto a este procedimiento, el tribunal de la Sala de lo Penal que juzgó la causa del procés y la magistrada Susana Polo, como instructora del caso Tsunami Democratic, han dictado otras dos providencias en las que dan traslado también a la Fiscalía y demás partes personadas para que presenten alegaciones a la aplicación de la amnistía en sus asuntos respectivos.

Dentro de esta causa, el juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha pedido a la Fiscalía y a las partes personadas en la causa en la que investiga a la plataforma independentista que informen en un plazo máximo de 10 días sobre la posibilidad de aplicar la amnistía. En un auto, recogido por Europa Press, el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 señala que "de conformidad con lo dispuesto en el art 9.1. de la ley, la amnistía de actos tipificados como delitos será aplicada por los órganos judiciales determinados en el artículo 11 de esta ley, de oficio o a instancia de parte o del ministerio fiscal y, en todo caso, previa audiencia del ministerio fiscal y de las partes".

Esa es la razón por la que el instructor acuerda dar traslado al Ministerio Fiscal y demás partes personadas para que, en el término máximo de diez días, informen sobre la aplicabilidad o inaplicabilidad de la norma, conforme a los artículos 1 y 2 de la citada ley.

Cabe destacar que en esta causa García Castellón investiga el supuesto papel de la plataforma independentista en los disturbios que se produjeron tras la sentencia del Tribunal Supremo que condenaba a los líderes del procés separatista catalán en octubre de 2019. Se encuentran investigados la secretaria general de ERC, Marta Rovira; el jefe de gabinete del expresidente catalán Carles Puigdemont, Josep Lluís Alay; la dirigente de ERC Marta Molina; el empresario Oriol Soler; el exsecretario de organización de ERC Xavier Vendrell; el periodista Jesús Rodríguez Sellés; el empresario Josep Campmajó; el considerado tesorero de Tsunami Jaume Cabani; el dirigente de Òmnium Cultural Oleguer Serra y el banquero Nicola Flavio Guilio.

Los intereses financieros de la UE

Además, el juez Llarena también ha trasladado a los fiscales de la causa si la malversación que se le atribuye a Puigdemont afecta a los intereses financieros de la Unión Europea (UE) y, por ende, quedaría excluida de la amnistía. El juez da también cinco días a la Fiscalía, a Vox -que ejerce la acusación popular- y a las defensas para que informen sobre si ven pertinente aplicar o no la amnistía a los hechos que se le atribuyen a los encausados. Además, pide que se pronuncien también sobre la pertinencia de mantener o modificar las medidas cautelares acordadas contra los cuatro líderes independentistas.

Por último, el magistrado solicita a las partes que informen sobre si el delito de malversación puede considerarse "excluido" del ámbito de aplicación de la ley por la especifica previsión del legislador recogida en su artículo 2.e, que fija que los actos tipificados como delitos que afectaran a los intereses financieros de la Unión Europea quedan fuera de la amnistía.

La posición de la Fiscalía

Fuentes fiscales precisan que el Ministerio Público se limitará a responder a lo que le pregunten los tribunales y no hará un informe general sobre la ley de amnistía. Las mismas fuentes señalan que los fiscales del procés -Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal, Fidel Cadena y Jaime Moreno- tendrán que informar a la teniente fiscal del Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, y al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, antes de contestar a los magistrados de la Sala de lo Penal del TS.

El criterio de los cuatro fiscales, sin embargo, trascendió el pasado 30 de mayo, tras la reunión que mantuvieron con el jefe del Ministerio Público. Según fuentes conocedoras del encuentro, al término entregaron un documento en el que avisaban de que no están a favor de aplicar la amnistía a Carles Puigdemont en el delito de malversación.

En el texto, los firmantes defendían que el expresidente sí tuvo ánimo de lucro y que afectó a los intereses financieros de la UE. No obstante, los fiscales aseguraron que sí sería posible aplicar la amnistía a los delitos de desobediencia y de desórdenes públicos que se circunscriben al procés.

Según las fuentes consultadas, en caso de discrepancia entre los cuatro fiscales y García Ortiz, éstos podrían invocar el artículo 27 del Estatuto Orgánico y elevar el asunto a la Junta de Fiscales. El fiscal general, sin embargo, tiene el poder de hacer valer su criterio tras escuchar al cónclave, tal y como fija el Estatuto.

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Por su parte, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha pedido que se posicionen a las acusaciones y las defensas de las causas que pueden revisarse por la amnistía, como la condena al expresidente del Govern Artur Mas por el 9N, la condena por desobediencia al expresidente Quim Torra y la causa pendiente de juicio a la consellera de Cultura en funciones, Natàlia Garriga; el exsecretario de Vicepresidencia de la Generalitat Josep Maria Jové, y al exsecretario de Hacienda y presidente del Puerto de Barcelona, Lluís Salvadó.

El TSJC ha informado este martes que también lo ha pedido a los implicados en la causa que afecta al exdelegado del Govern en Lleida, Bernat Solé, que fue inhabilitado un año por desobediencia en el 1-O, y el exconcejal de Lleida Pau Juvillà, que fue inhabilitado seis meses por desobediencia al no retirar lazos amarillas y una bandera estelada de la ventana del despacho de su grupo municipal en el Ayuntamiento.

En la causa por el 9N, además de Mas fueron condenadas la exvicepresidenta del Govern Joana Ortega y la exconsellera Irene Rigau, y como en el resto de casos el tribunal da 10 días a las partes de la causa para que presenten sus alegaciones sobre una posible revisión de la causa por la ley de amnistía publicada este mismo martes

El Tribunal Supremo (TS) ha acordado mantener la orden nacional de detención que pesa sobre el expresidente catalán Carles Puigdemont después de que este mismo martes se haya publicado la ley de amnistía en el Boletín Oficial del Estado (BOE), según ha recogido Europa Press. Además, ha dictado una batería de providencias, recogidas por Europa Press, en las que da traslado a la Fiscalía y a las defensas para que se pronuncien acerca de la revisión de casos del procés por la ley de amnistía que afectan al expresident pero también a Toni Comín, Lluis Puig y Marta Rovira.

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