Musa del movimiento neonazi español, recién expulsada de Alemania por su intento de entrar en el país pertrechada de una bandera con la esvástica y un ejemplar del libro de Adolf Hitler, Mein Kampf (Mi lucha), Isabel Medina Peralta ha gozado en España de mucha mejor suerte. Y se la debe a dos órganos judiciales que en 2021 la eximieron en primera y segunda instancia del delito de incitación al odio por haber lanzado una soflama antisemita y de exaltación de la División Azul, el contingente militar franquista que participó en la II Guerra Mundial empotrado en el Ejército nazi.
La resolución que definitivamente salvó a Medina de seguir camino del banquillo fue dictada por la Audiencia de Madrid el 27 de julio de 2021. En uno de los párrafos del auto, al que ha accedido infoLibre, el tribunal llegó a afirmar lo siguiente sobre un conflicto bélico ya para siempre asociado al Holocausto: “Como en todo, comportamientos excelsos y miserables hubo en los dos bandos”. O sea, que según la Sección 17 del tribunal madrileño también hubo “comportamientos excelsos” en el bando nazi. El texto judicial no precisa cuáles.
El judío es “el culpable”. Esas habían sido las palabras de Isabel Medina el 12 de febrero durante un discurso ante sus seguidores. “El enemigo que siempre va a ser el mismo”, añadió también antes de introducir una morcilla: que el comunismo era “una invención judía” de la que la División Azul quiso “librar al mundo”.
"La inmigración va a suplantar nuestra raza"
Hoy, Medina Peralta vuelve a estar imputada. En el origen se sitúa otro discurso feroz, este contra los inmigrantes magrebíes y musulmanes en general. El escenario, una concentración ante la Embajada de Marruecos celebrada el 18 de mayo de 2021, es decir, tres meses después de su ataque antisemita. “No vamos a dejar que nos invadan. ¡Muerte al invasor!”, dijo literalmente. Pero hubo más: “Si nosotros no los frenamos esto será inminente porque la inmigración en Europa va a suplantar nuestra raza (…) y nosotros somos los únicos que vamos a luchar por ello…”. Así se lee en la denuncia de la Fiscalía, la segunda contra quien se ha convertido en líder del grupo neonazi Bastión Frontal. Aquella concentración se saldó con cinco detenidos.
Fuentes del ministerio público confirman que Medina Peralta, que no ha cumplido aún 20 años, sigue pendiente de declarar ante el juzgado de instrucción 17 de Madrid. En la primera causa, la de los judíos, ni siquiera llegó a comparecer ante la magistrada que había recibido la denuncia de Fiscalía. La conocida jueza de instrucción Carmen Rodríguez-Medel, que había alcanzado notoriedad con el caso del máster de Cristina Cifuentes, dio carpetazo a la denuncia el mismo día en que la recibió.
La jueza cerró la instrucción "sin haber practicado diligencia de investigación alguna". El entrecomillado pertenece al recurso que de inmediato presentó la Fiscalía ante la Audiencia Provincial de Madrid. Un mes antes de sobreseer las diligencias contra Medina Peralta, Rodríguez-Medel se había negado a ordenar la retirada de los carteles de Vox contra los menores inmigrantes.
El recurso de la Fiscalía contra el cerrojazo a las diligencias en torno a la neonazi de Bastión Frontal no sirvió de nada. El 27 de julio, un tribunal encabezado por José Luis Sánchez Trujillano como ponente resolvió que la libertad de expresión amparaba a Medina Peralta. Lo que dijo en el cementerio de La Almudena, donde vestida con camisa azul de Falange y el brazo alzado, definió al judío como "el culpable", nada de eso habría de llevar consigo "el incitar, estimular, avivar o azuzar la enemistad o, incluso, la contienda con el grupo étnico al que se refiere". Así lo sostiene el auto.
La Audiencia añadió otro argumento: dado que Medina señaló a los judíos como culpables al atribuirles el nacimiento del comunismo, sus palabras tampoco habrían de "generar el resultado de lesionar la dignidad de las personas a las que van dirigidas". El tribunal no consideró "de recibo" la referencia de la Fiscalía "al bando vencido". Es decir, a los nazis. Y "han pasado "75 años desde el final de la Segunda Guerra Mundial". A renglón seguido, la sorpresa contenida en el auto: que "como en todo, comportamientos excelsos y miserables hubo en los dos bandos, como sucede en cualquier acto que supone, por sí mismo, la negación de la razón, como ocurre con la guerra".
Este auto, el que salvó judicialmente a Medina Peralta, obtuvo el respaldo de los otros dos magistrados que habían estudiado el recurso de la Fiscalía: Manuel Regalado Valdés e Ignacio Ubaldo González Vega. Este periódico intentó este viernes contactar con González Vega, exportavoz de la asociación progresista Juezas y Jueces para la Democracia. El intento fue fallido. Fuentes jurídicas consultadas aseguran que, en ocasiones, los miembros del tribunal ni siquiera se leen el texto final confeccionado por el magistrado ponente. infoLibre ignora si es eso lo que aquí ocurrió.
Un océano de contradicciones
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Entre las decisiones judiciales referidas en los párrafos anteriores y lo sucedido ahora en Alemania se abre un océano de contradicciones. Mientras que el Código Penal alemán prohíbe de forma taxativa en su artículo 86 hacer propaganda de cualquier símbolo nazi –la esvástica y el Mi lucha son iconos hitlerianos–, la jurisprudencia española ha invocado casi por sistema la libertad de expresión para tumbar los ataques a miembros de comunidades minoritarias como judíos o, sobre todo, inmigrantes de la extensa área de países musulmanes.
Un ejemplo: al líder de Vox, Santiago Abascal, le salió gratis también en 2021 tomar el caso de la manada como un hilo del que tirar para difundir públicamente esto: "Ha habido más de 100 manadas en España y el 70% de quienes están imputados son extranjeros". Aunque distintos medios desmontaron con datos esa frase, el portavoz de Vox, Iván Espinosa de los Monteros, le secundó: "Un extranjero es tres veces más propenso a violar que un español", declaró. La denuncia que una asociación de inmigrantes con sede en Reus presentó contra Vox –una más de una serie fracasada– cayó en saco roto.
La primacía de la libertad de expresión como razón jurídica para eximir a la extrema derecha del delito de incitación al odio se ha convertido en objeto de debate periódico por la comparación con otro delito: el de ofensa a los sentimientos religiosos. En este caso, sentimientos católicos. Tras múltiples absoluciones precedidas de instrucciones con fuerte incidencia en la opinión pública, hay una condena firme en espera de que el Tribunal Constitucional se pronuncie. Se trata de la dictada en Málaga contra una feminista en el conocido como el caso del chumino rebelde. Su delito, una manifestación del 8M en Málaga que de forma irónica imitaba una procesión de Semana Santa para criticar la posición de la Iglesia contra el aborto. Los denunciantes, la Asociación de Abogados Cristianos, vinculada a la extrema derecha.
Musa del movimiento neonazi español, recién expulsada de Alemania por su intento de entrar en el país pertrechada de una bandera con la esvástica y un ejemplar del libro de Adolf Hitler, Mein Kampf (Mi lucha), Isabel Medina Peralta ha gozado en España de mucha mejor suerte. Y se la debe a dos órganos judiciales que en 2021 la eximieron en primera y segunda instancia del delito de incitación al odio por haber lanzado una soflama antisemita y de exaltación de la División Azul, el contingente militar franquista que participó en la II Guerra Mundial empotrado en el Ejército nazi.