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Las decisiones del nuevo CGPJ muestran que el empate pactado entre PP y PSOE favorece a la derecha

Privatización de la sanidad

El TSJ de Madrid desestima la recusación contra el juez de la privatización sanitaria

Manifestación en favor de la sanidad pública

La Sala Especial de Recusaciones del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado la recusación solicitada por los socialistas madrileños contra el juez Gerardo Martínez Tristán, presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal madrileño y recién nombrado vocal del Consejo General del Poder Judicial Gerardo Martínez Tristán, al no apreciar sospechas de parcialidad en el recusado por su supuesta vinculación con el PP. Por escrito, la Fiscalía ya se opuso a apartar al magistrado al estimar que no concurrían los requisitos para ese extremo.

Se trata del magistrado, casado con la actual titular de Fomento de Castilla-La Mancha y hasta 2009 alto cargo en Madrid, que tomó una polémica decisión para desatascar el proceso de privatización de la sanidad: que todos los recursos sobre la materia pasen a manos del pleno de la Sala, presidido por él mismo, con independencia del trámite procesal en que se encuentren.

Esta decisión hizo que el PSM se planteara su recusación. En su escrito, los socialistas consideraban que esta relación de parentesco, y el hecho de que entrara a fomar parte del CGPJ promovido por el PP, rompe la apariencia de imparcialidad, "desvirtúa la presunción de neutralidad" y le inhabilita para el caso. 

Ahora, los magistrados concluyen en su resolución que las alegaciones formuladas por el PSM no les "parecen bastante para destruir la presunción de inocencia que asiste al recusado en su condición de magistrado", con independencia de que "en el ejercicio de su función jurisdiccional pueda tener formada ya una convicción personal sobre la cuestión litigiosa". Y concluyen que la recusación debe ser desestimada, dado que se trata de "un recelo sustentado en presunciones y cábalas". A su juicio, ello "no es conducente para fundar la recusación".

En cuanto a la argumentación jurídica, destacan que "no se cumplen ninguno de los requisitos para sospechar de la parcialidad del recusado", dado que las premisas sobre las que se sostienen los indicios pivotan sobre hechos de los que "no se deduce que el recusado tenga algún interés directo o indirecto".

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Auto sobre la recusación de Martínez Tristán [PDF]

Agregan que el hecho de que esté casado con una consejera del PP de Castilla-La Mancha no convierte al recusado, "ya directamente, en persona interesada en la resolución del procedimiento" y amplían que la apariencia de imparcialidad sólo "podría verse comprometida por actos propios realizados por el magistrado y no por una mera relación de matrimonio con una persona que no es parte". 

Asimismo, indican que el hecho de que haya designado como vocal del CGPJ "no implica que esa elección vaya a suponer que su 'ánimo se incline' y que vulnere, sólo por ello, todos los deberes que por su condición de magistrado ha asumido desde que ingresó en la carrera judicial".

El dictamen ha contado con un voto particular del presidente de la Sala de lo Social, Juan Miguel Torres, quien se muestra disconforme con el fallo. El magistrado sostiene que existen "indicios serios y fundados objetivamente de la existencia de un interés indirecto del magistrado en la forma de enfrentarse a los numerosos litigios sobre la cuestión".

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