La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha "respaldado" la sentencia de primera instancia que, en febrero, consideró no ajustada a derecho la repatriación exprés a Marruecos desde Ceuta de 55 menores migrantes solos que habían accedido a la ciudad durante la crisis fronteriza de mayo, según informa Europa Press.
La Sala ha rechazado los recursos interpuestos por la Delegación del Gobierno y el Ejecutivo de la Ciudad contra el veredicto del Juzgado número 1 de Ceuta y ha ratificado su "fondo", esto es, que la actuación material de la administración, "exenta de las mínimas garantías procedimentales exigibles, conjuró una situación objetiva de riesgo relevante para la integridad física o moral de los menores afectados por las medidas de devolución que no desvirtúan los apelantes", remarca.
"Los actos propios de la Administración demandada (la Delegación del Gobierno) hicieron imposible el seguimiento de trazabilidad de las medidas de retorno que aplicó", concluye el TSJA, que entiende el carácter "súbito y masivo e ilegal" de la avalancha migratoria "en absoluto autorizaba al Reino de España excusar su sometimiento al imperio de la Ley".
La Delegación y la Ciudad fundamentaron sus recursos en la existencia de una situación "de emergencia humanitaria" en la ciudad autónoma causada por la entrada irregular de unas 12.000 personas en 72 horas en territorio español y en la existencia de un Acuerdo bilateral entre Madrid y Rabat de 2007 para el "retorno asistido" de menores solos.
Para el TSJA, sin embargo, "la Delegación del Gobierno en Ceuta además de no individualizar los expedientes de retorno por cada menor afectado omitió todos los trámites esenciales y cautelas procedimentales de obligado cumplimiento para la repatriación".
La sentencia recurrida sin éxito imponía a la Administración General del Estado la obligación de "adoptar las medidas necesarias" para conseguir "el retorno de los (8) menores de edad que fueron efectivamente repatriados" y en cuyo nombre formularon la primera demanda de protección de derechos fundamentales la Fundación Raíces y Coordinadora de Barrios. La Delegación advirtió que no acataría el veredicto hasta que fuese firme.
Más recursos pendientes
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Raíces ha explicado en un comunicado que "aún se encuentra pendiente de resolución el recurso de apelación interpuesto por las dos mismas administraciones frente a otra sentencia sobre otros 12 niños en similares circunstancias". Sin resolución por parte del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Ceuta está todavía también otro recurso en representación de 7 menores más.
"Resulta frustrante comprobar que las administraciones públicas siguen vulnerando los derechos fundamentales de las personas migrantes y en especial de los niños y niñas que llegan solos a España y nos llena de impotencia que esto siga ocurriendo a pesar de los múltiples pronunciamientos judiciales que, sobre este asunto, obtuvimos hace más de 12 años y cuyo contenido se niegan a asumir nuestros distintos Gobiernos", ha señalado la presidenta de la Fundación Raíces, Lourdes Reyzábal.
La Fiscalía también ha denunciado por la vía penal por un presunto delito continuado de prevaricación a la delegada del Gobierno en Ceuta, Salvadora Mateos, y a la vicepresidenta Primera del Ejecutivo local, Mabel Deu (PP), competente en materia de menores, por saltarse "a sabiendas" el procedimiento establecido en la Ley de Extranjería para la repatriación de niños migrantes no acompañados.
La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha "respaldado" la sentencia de primera instancia que, en febrero, consideró no ajustada a derecho la repatriación exprés a Marruecos desde Ceuta de 55 menores migrantes solos que habían accedido a la ciudad durante la crisis fronteriza de mayo, según informa Europa Press.