El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) dio la razón a la Universidad Complutense de Madrid (UCM) y ratificó la decisión de su rector el 6 de febrero de 2015 en la que denegó al cofundador de Podemos y profesor de ese centro, Juan Carlos Monedero, su solicitud de compatibilidad para la realización de actividades de consultoría política y economía, producción audiovisual y realización de proyectos vinculados a las ciencias sociales.
Así lo acordó la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM en una sentencia a la que tuvo acceso Europa Press, y que revoca, "por ser contraria a derecho", la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 15 de Madrid, que declaró nula la decisión del rector. Contra la sentencia cabe interporner recurso de casación.
En la misma línea, la Sección Sexta desestima el recurso contencioso-administrativo que interpuso Juan Carlos Monedero contra la resolución del rector, que puso inicio al procedimiento.
Monedero solicitó dicha compatibilidad en diciembre de 2014 tras hacerse público que en 2010 había realizado varios trabajos de asesoría para los Gobiernos de Bolivia, Venezuela, Ecuador y Nicaragua, por los que cobró 425.000 euros en 2013. Además de denegarle la compatibilidad en febrero de 2015, la Universidad le abrió un expediente disciplinario que resolvió en julio de 2016, determinando que había cometido una falta muy grave y sancionándole con una suspensión de empleo y sueldo de seis meses; sanción que Monedero también recurrió.
"Decisión discriminatoria"
El juez del Juzgado Contencioso-Administrativo número 15, el 13 de enero de 2017, estimó en parte el recurso de Monedero contra la decisión de la UCM, al entender que la norma en la que se basó la Universidad para tomar esa decisión es "discriminatoria" con el profesor.
Según el magistrado, por el hecho de ser profesor "a tiempo completo", la Complutense aplicó a Monedero el mismo régimen de incompatibilidades que se aplica a quienes ocupan órganos unipersonales de gobierno y representación de la Universidad, y a quienes tienen asignado un complemento específico superior al 30% de su retribución básica.
Esta sentencia fue recurrida por la UCM, y ahora el TSJM decidió revocar la anterior, por lo que se mantiene la resolución que en su momento el rector fijó, y en la que denegaba la solicitud de compatibilidad de Monedero.
"Nada más lejos de la realidad los profesores titulares de la Complutense realizan otra actividad a tiempo completo. Lo cierto es que en el proceso se ha acreditado que se ha concedido compatibilidad pero con régimen de dedicación a tiempo parcial, nunca a tiempo completo como solicita el apelante", recoge la nueva sentencia.
Sin embargo, los magistrados reconocen que el régimen de incompatibilidades contemplado en derecho "data de hace más de treinta años" y "adolece posiblemente de una cierta incongruencia". "Es más, puede que resulte ser, a día de hoy, algo, por no decir muy, anacrónico, lo que hace conveniente una revisión a fondo del mismo", señalan, a lo que responden, no obstante, que esta opinión "ciertamente subjetiva, no responde más que a un deseo, pero no a una conclusión".
Monedero recurrirá al Supremo
Por su parte, Monedero va a presentar ante el Tribunal Supremo un recurso de casación contra la decisión del TSJM,según explicaron a Europa Press el exdirigente del partido morado y su abogada. En el recurso, el profesor de Ciencias Políticas solicitará al Supremo que eleve una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que se pronuncie sobre la norma que regula el régimen de incompatibilidades que se le está aplicando después de que el TSJM calificara la normativa de "anacrónica".
En concreto, solicitarán que pregunte si el citado régimen vulnera el principio de igualdad y no discriminación del profesorado de universidad respecto del resto de los funcionarios. "Hace tiempo que en España no nos queda mucho más que confiar en los jueces, así que en este caso seguiré todo el periplo judicial. Confiando en que, como ha ocurrido en el 100% de los casos, terminará dándome la razón", señaló asimismo Monedero en un comunicado que publicó en su canal de Telegram.
En esta línea, la abogada del exdirigente morado explica, en conversación con Europa Press, que no es justo que a los profesores universitarios no se les aplique la misma normativa en lo que a las incompatibilidades se refiere que al resto de funcionarios, cuando sí se ven afectados por otras medidas, como la reducción de las pagas extras.
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En concreto, la letrada se refiere al hecho de que el resto de funcionarios puedan renunciar a parte de su complemento salarial para poder realizar otras actividades, y mantener al mismo tiempo su jornada completa, y los profesores sólo puedan reducirse la jornada para poder compatibilizar la enseñanza con otras labores.
En cualquier caso, el propio Monedero explica que la decisión de TSJM no le afecta actualmente, ya que las actividades que realiza fuera de la Complutense, como la presentación de un programa de televisión en el diario Público, no conllevan un contrato laboral.
"Mi única relación laboral es con la complutense por lo que la sentencia no me afecta. Pero esto no es un asunto personal. Voy a recurrir al Supremo porque la ley, como reconoce el juez, se ha quedado vieja".
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) dio la razón a la Universidad Complutense de Madrid (UCM) y ratificó la decisión de su rector el 6 de febrero de 2015 en la que denegó al cofundador de Podemos y profesor de ese centro, Juan Carlos Monedero, su solicitud de compatibilidad para la realización de actividades de consultoría política y economía, producción audiovisual y realización de proyectos vinculados a las ciencias sociales.