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La Audiencia Nacional condena a más de 13 años de prisión al 'Madoff español' por estafar a 180.000 personas

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La Audiencia Nacional ha condenado este viernes a 13 años y tres meses de prisión a Germán Cardona Soler, conocido como el Madoff español y antiguo responsable de Finanzas Forex, por los delitos de estafa, falsedad agravada en concurso ideal con delito continuado en falsedad en documento mercantil, blanqueo de capitales y asociación ilícita por una trama defraudatoria de más de 350 millones de euros a 180.000 personas en 110 países entre 2007 y 2010, según ha informado Europa Press.

La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional también ha condenado a la pareja sentimental de Cardona, Lina María Mantilla, a tres años de prisión por blanqueo y asociación ilícita. No obstante, los otros dos acusados, Santiago Fuentes y María Marta Vallejo –la anterior pareja del Madoff español– han sido absueltos.

La Audiencia Nacional celebra este viernes la vistilla en la que estudiará si impone medidas cautelares para el principal condenado, regulado por el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), según han informado fuentes jurídicas.

Cardona también ha sido obligado a pagar una multa de 300 millones de euros por el delito de blanqueo, al igual que su pareja afrontará el pago de 900.000 euros. Además, el tribunal ha ordenado el decomiso de los bienes incautados y la disolución de la mercantil Evolution Market Group (EMG) con la que se desarrolló toda el operativo de estafa piramidal.

La Fiscalía solicitó 21 años de prisión para Cardona, ocho para Fuentes y siete para Mantilla por "crear una estructura de carácter permanente con la que enriquecerse ilícitamente y ocultar las ilícitas ganancias obtenidas mediante la puesta en funcionamiento de un sistema defraudatorio capaz de afectar a un elevadísimo número de víctimas".

Cardona afirmó que era una víctima

En la sentencia, de 177 páginas, apunta que en marzo de 2007, Cardona, que se dedicaba por entonces a la venta de telefonía móvil, decidió crear la empresa Finanzas Forex –marca comercial de EMG–, con domicilio en Panamá, para operar en el mercado de divisas. La primera inversión a través de un broker en Estados Unidos la realizó desde una cuenta de una pequeña sucursal bancaria de Zaragoza.

Cardona afirmó en el juicio –que comenzó el pasado 19 de diciembre en la sede de este órgano judicial en San Fernando de Henares (Madrid)– que era una mera víctima de un agente financiero, Daniel Rojo, con el que su compañía EMG trabajó en Estados Unidos. Sin embargo, el tribunal considera que los hechos juzgados encajan en el delito de estafa agravada debido a "la falta de sentido económico del negocio, porque producía mayormente pérdidas, ya que las cantidades realmente obtenidas no eran destinadas a la finalidad acordada contractualmente, sino a diversos negocios de carácter privado, con la única finalidad de enriquecerse con el dinero ajeno".

Los magistrados Nicolás Poveda, Ramón Sáez Valcárcel y Fermín Javier Echarri concluyen que Cardona y Mantilla cometieron un delito de asociación ilícita porque junto con otras personas que no han sido juzgadas constituyeron una "estructura material permanente para llevar a cabo una serie de actividades ilícitas, a través de un complejo entramado de personas jurídicas erradicadas muchas de ellas en paraísos fiscales".

Es más, apostillan que el número de personas que forman el entramado "no es óbice" para condenar por asociación ilícita, ya que al margen de los dos acusados, han participado numerosas personas físicas y jurídicas creadas "con la única finalidad de facilitar y ocultar las conductas delictivas previamente desplegadas por aquellos, para lograr así su permanencia en el tiempo".

Colaboración de vicepresidentes "ficticios"

La sentencia relata cómo en cuestión de meses, los condenados con ayuda de un informático que operaba desde Argentina y tres vicepresidentes "ficticios" para aparentar "solidez al grupo" ingresaron dinero de pequeños inversores a los que prometieron obtener "altísimos" réditos en el mercado de divisas.

Destaca que Cardona no invirtió el dinero de los inversores en el mercado Forex, sino que se destinó a engrosar el patrimonio inmobiliario de los acusados, al mercado de oro y los commodities. Para ello, crearon una "agresiva y engañosa publicidad", dice la sentencia, a través de Internet y organizando convenciones en hoteles –cuyo encargado era Fuentes– para ampliar constantemente la base de los nuevos clientes, lo que califican de estafa piramidal.

Es más, los inversores podían comprobar en una página web los movimientos ficticios que la organización realizaba para hacerles creer que obtenían ganancias. "Nunca se distribuyó de manera efectiva el beneficio obtenido por aquellos o se hizo en cantidades ridículas", aseguran los magistrados, que señalan que realmente sólo se transfirió al mercado de valores un 5%.

Estafa piramidal en siete niveles

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La resolución –de la que ha sido ponente el magistrado Fermín Echarri– explica que se ofrecían al público rendimientos del 20%, según el plan más conservador, y de hasta el 40% en el llamado plan variable. También ofrecían el Plan de Carrera, dirigido a que los clientes captaran a su vez a nuevos inversores en su propio "círculo familiar o social", ofreciendo un 0,50% de comisión en las cantidades conseguidas.

Así se estableció una estafa piramidal dividida en siete niveles, en el que se ofreció a los inversores la posibilidad de convertirse en "promotores" y prometía a los que alcanzaban los niveles más altos el beneficio de conseguir premios como viajes, cruceros, coches de lujo o bonos para la adquisición de viviendas.

Cardona comenzó con María Marta Vallejo, en 2007, sus primeras inversiones inmobiliarias en Cuarte de Huerva (Zaragoza). La sentencia recalca que en menos de dos años, y ya con Mantilla, el "desplazamiento patrimonial" se trasladó a América, donde adquirió, más de 30 inmuebles en Colombia, Panamá, EE.UU. y distintas localidades de España, a través de un complejo entramado societario, por el valor de 81 millones de dólares.

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