TRIBUNALES

Un juzgado condena a la ultra Cristina Seguí por "comentarios vejatorios" contra Ábalos

La escritora ultra Cristina Seguí, en una imagen de archivo.

“Es difícil estar más podrido que el barrilete @abalosmeco [José Luis Ábalos]. El producto mediocre y moralmente tarado resultado de 40 y pico años lamiendo nalgas en el aparato de partido, sindicatos y entidades separatistas en Valencia. Un engendro”. Las palabras son de la agitadora ultra Cristina Seguí y fueron publicadas en su cuenta de Twitter en el año 2020. Es solo una parte de los mensajes por los que la también cofundadora de Vox en València ha sido condenada. Un juzgado de Madrid determina que deberá indemnizar al exministro José Luis Ábalos con 6.000 euros por insultarle en la red social.

“A finales de los años 90, y hasta la llegada de Sánchez, @abalosmeco era una mascota de partido de la que todos se reían” o “Se podría decir que lo más limpio que @abalosmeco hizo en su vida fue el petting barajeño con la chimpancé número 2 de @NicolásMaduro”, son algunos de los tuits que cita el Juzgado de Primera Instancia número 46 de Madrid en su sentencia condenatoria.

“Poco más puede decirse de la calificación que del demandante hace la Sra. Seguí calificándole de 'vago grotesco' o 'engendro'”, razonan los jueces, quienes consideran que “no existe duda de que la finalidad última no es otra que recurrir nuevamente al insulto”. Las expresiones de contenido “íntimo y sexual”, además, han sido “las que más han afectado a su honor al ser vertidas en un medio de acceso público y extraerse de su lectura un ánimo claramente difamatorio y vejatorio, ocasionándole problemas familiares, repercutiendo en su vida cotidiana y relaciones sociales”.

Los magistrados consideran que los mensajes jaleados por la ultra no pueden en ningún caso estar amparados bajo el paraguas de la libertad de expresión: la Constitución, razonan, “no reconoce en modo alguno un pretendido derecho al insulto”. Así, entienden que la protección constitucional deja fuera las “expresiones absolutamente vejatorias”, aquellas que sean “ofensivas u oprobiosas y resulten impertinentes para expresar las opiniones o informaciones de que se trate”.

El juzgado entiende que Seguí “se excede en el derecho a la libertad de expresión al no limitarse a una formación de la opinión pública con asuntos de interés general”, sino que vulnera el derecho al honor del exministro con “expresiones y comentarios vejatorios e insultantes”. La escritora, habitual de los medios de comunicación de la ultraderecha, deberá asumir una indemnización de seis mil euros por “los daños morales causados”. Además, Seguí deberá difundir en redes sociales “la presente sentencia, una vez adquiera firmeza” en un plazo de cinco días. Los tuits objeto del procedimiento judicial tendrán que ser eliminados de la red social, si bien la ultra ya ha señalado su intención de recurrir al fallo. A finales de noviembre, la Fiscalía Provincial de València también la denunció, esta vez por difundir un vídeo de niñas víctimas de una presunta violación.

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