De despenalizar piquetes a castigar el acoso antiaborto: Sánchez, récord en reformas del Código Penal
Nunca antes se había abierto tantas veces el Código Penal en tan poco espacio de tiempo. En sólo cinco años, los diferentes gobiernos liderados por Pedro Sánchez han introducido cambios en la norma hasta en 19 ocasiones. Estas cifras lo convierten en el presidente con más reformas penales a sus espaldas. Muy por delante de sus dos antecesores, Mariano Rajoy y José Luis Rodríguez Zapatero. El conservador, durante su mandato, abrió el Código Penal cuatro veces, si bien es cierto que una de ellas fue para hacer de una tacada más de dos centenares y medio de modificaciones en el articulado. El socialista, por su parte, ocho. Mucho más prolíficas fueron, en este sentido, las dos legislaturas de José María Aznar: 14 reformas en los ocho años que estuvo al frente del Ejecutivo.
Las modificaciones penales han marcado, por tanto, buena parte de la era Sánchez. Y han ocupado un importante espacio dentro de la batalla política. Sobre todo en los últimos meses, a raíz de los cambios introducidos en la malversación y los delitos contra la libertad sexual. En el primer caso, que conllevó la incorporación de tipos atenuados para determinadas conductas malversadoras, por considerarse una reforma hecha a medida de los líderes del procés, si bien de momento ninguno de los cambios ha beneficiado a estos dirigentes independentistas. En el segundo, por haber provocado centenares de rebajas de penas a agresores sexuales, unos efectos indeseados que han llevado a la parte socialista del Gobierno a retocar de nuevo todos esos artículos del Código Penal.
Pero más allá de estas dos cuestiones que han marcado buena parte del debate penal, lo cierto es que las reformas realizadas han traído consigo algunos avances importantes. Durante estos cinco años, por ejemplo, se ha incorporado al catálogo de delitos el acoso antiaborto, castigando con hasta un año de cárcel a aquellos que acosen con "actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos" a una mujer para obstaculizar que interrumpa su embarazo o a los profesionales sanitarios o directivos de los centros habilitados para practicar abortos. Y se ha eliminado toda posibilidad de esterilización forzosa o no consentida, previa autorización judicial, de personas con discapacidad que estén incapacitados judicialmente.
El Gobierno ha despenalizado, además, los piquetes informativos en las huelgas a través de la derogación del artículo 315.3, el que castigaba con hasta tres años de cárcel a quienes "actuando en grupo o individualmente" coaccionasen "a otras personas a iniciar o continuar una huelga". Y lo mismo ha hecho con la eutanasia. Las diferentes reformas, además, también han eliminado el precepto del Código Penal que castigaba con multa o hasta un año de prisión "la distribución o difusión pública, a través de cualquier medio, de mensajes o consignas que inciten a la comisión" de determinados delitos de alteración del orden público, algo que podía suponer un problema para la libertad de opinión o expresión.
A lo largo de esta legislatura, también se han introducido cambios en lo relativo a los delitos de odio. En concreto, se reformó el artículo 510 del Código Penal para poder perseguir también el fomento, promoción o incitación al odio, hostilidad, discriminación o violencia por motivos "antigitanos" –hasta ese momento sólo se incluían "racistas" y "antisemitas"– o por razones de "aporofobia", es decir, rechazo a las personas en situación de pobreza. O se han endurecido las penas en el delito de trata de seres humanos cuando la víctima sea una persona cuya situación de vulnerabilidad haya sido originada o agravada por el desplazamiento derivado de conflicto armado o catástrofe natural.
Rajoy y Aznar: de la prisión permanente a la persecución del referéndum
Muchas menos veces se abrió el Código Penal con Mariano Rajoy al frente del Gobierno. Pero cuando se hizo, fue por todo lo grande. Un buen ejemplo de ello es la gran reforma de 2015. En aquella ocasión, el Ejecutivo conservador, con el rechazo en bloque de toda la oposición, introdujo de una tacada más de dos centenares y medio de cambios en el articulado. Entre ellos, la prisión permanente revisable, una especie de cadena perpetua sujeta a revisiones que finalmente fue avalada por el Constitucional. Tras su implantación, el PSOE prometió derogarla. Una promesa que incluyó en sus programas electorales para los comicios de 2015 y 2016. Ocho años después, no se ha tocado.
Más allá de la prisión permanente revisable, aquella reforma penal trajo consigo algunos otros cambios de calado. Así, se elevó la edad de consentimiento sexual hasta los 16 años o se empezó a perseguir la coacción para contraer matrimonio. Y también se introdujo en el catálogo de delitos el de financiación ilegal de partidos políticos. Una novedad que llegó en un momento muy concreto, con casos de corrupción saliendo a la luz día sí y día también. De hecho, durante toda esa primera legislatura de Rajoy también se impulsaron modificaciones del Código Penal para que partidos políticos o sindicatos pudieran ser perseguidos como personas jurídicas o para introducir un tipo agravado de fraude fiscal.
La gran reforma de la era Rajoy también endureció el castigo alrededor del enaltecimiento del terrorismo, uno de los llamados delitos de expresión con el que han sido perseguidos judicialmente desde raperos hasta usuarios de redes sociales. Hasta ese momento, las conductas que conllevaban "justificación pública" de los delitos terroristas o la "realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas o de sus familiares" se castigaban con un máximo de dos años de cárcel. El Gobierno de Rajoy lo elevó hasta tres. Durante esta legislatura, la parte morada del Ejecutivo, Unidas Podemos, ha intentado derogar este y otros de los llamados delitos de expresión vía proposición de Ley. Sin embargo, la iniciativa lleva atascada en el Congreso casi dos años.
El enaltecimiento del terrorismo fue una de las creaciones penales durante la etapa de José María Aznar en La Moncloa. Este tipo fue introducido en la reforma del Código Penal que aquel Gobierno del PP llevó a cabo en diciembre del 2000. No fue, sin embargo, la única que se hizo a lo largo de aquella legislatura, la segunda del dirigente conservador. En esos cuatro años, se endureció el límite máximo de cumplimiento de penas, elevándolo de los treinta a los cuarenta años. Y también se impulsó una reforma para castigar con cárcel a la autoridad que, careciendo de competencias para ello, convocara procesos electorales o consultas populares por vía del referéndum.
Zapatero: violencia machista y aborto
La introducción de este delito puso fin a los ocho años de reformas penales de José María Aznar, en los que también se eliminó el arresto de fin de semana, se despenalizó la insumisión, se retocaron los delitos contra la libertad sexual o se modificó el articulado para castigar con hasta tres años de prisión la "violencia psíquica" en el ámbito de la pareja. Una violencia machista que marcó el inicio de las reformas de Zapatero. La primera vez que el socialista abrió el Código Penal fue, por ejemplo, para fijar una pena de cárcel de hasta cinco años para aquellos casos en los que una víctima de lesiones "fuere o hubiere sido esposa, o mujer" del autor.
A esta primera reforma siguieron otras siete más a lo largo de las dos legislaturas que estuvo al frente del Gobierno. En ellas, se despenalizó la convocatoria de referéndums, se reforzaron algunas penas en materia de explosivos, se introdujo un nuevo artículo en el Código Penal para perseguir el dopaje en el deporte, se endurecieron los castigos por conducción temeraria, se introdujo la imprescriptibilidad de los delitos de terrorismo o, al calor de la Ley del Aborto, se eliminó la pena de prisión de hasta un año que entonces existía para la mujer que "produjere su aborto o consintiere que otra persona se lo cause" fuera de los casos permitidos por ley, dejando como único castigo una multa.