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El rey emérito, "muy satisfecho" con el fallo sobre la demanda de Corinna: "Se ha hecho justicia"

El rey Juan Carlos a su salida en coche hacia el aeropuerto de Vigo

El rey emérito, Juan Carlos I, se ha mostrado "muy satisfecho" tras enterarse este viernes de que el Tribunal Superior de Inglaterra y Gales ha concluido que no puede ser juzgado en Reino Unido por la demanda por presunto acoso que presentó la que fuera su amiga íntima Corinna Larsen para reclamarle 126 millones de libras (unos 146 millones de euros) por daños y perjuicios. "Se ha hecho Justicia", ha dicho.

En un comunicado, recogido por Europa Press, el monarca ha celebrado que los tribunales ingleses hayan "rechazado total y concluyentemente la demanda interpuesta" en su contra, "concluyendo que la demanda no tiene perspectivas reales de éxito y, por lo tanto, no puede ni procederá a juicio".

Juan Carlos I ha hecho hincapié en que la juez Rowena Collins Rice calificó la reclamación de Larsen de "especulativa" y "extraña" en su sentencia, señalando que la demandante no había aportado pruebas suficientes para respaldar sus alegaciones, a pesar de haber iniciado el procedimiento judicial inglés contra Su Majestad casi hace tres años.

"Su majestad siempre ha considerado que la reclamación presentada por la demandante carece de sustancia o mérito. Su enfático rechazo de todas las acusaciones de acoso presentadas por el demandante también fue señalado por el Tribunal de Apelación en su sentencia de diciembre de 2022, y los tribunales ingleses ahora han desestimado y desestimado el reclamo en su totalidad", ha apuntado.

En la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, la juez ha explicado que —aún en el caso de que se hubiese considerado competente para juzgar el asunto— "habría rechazado la solicitud" de Larsen porque su demanda "no cumplía las normas judiciales aplicables a la redacción de una demanda por acoso".

Según ha precisado la juez en 92 folios, en la demanda de Corinna Larsen "no se sugiere que ninguna evidencia pueda conectar" los eventos de acoso que denuncia "directamente" con Juan Carlos I. "Los autores directos no están identificados ni (son) identificables", ha añadido.

La juez ha concluido que la lógica defendida por Larsen corre el peligro de ser un "falso silogismo". "Son actos de un enemigo, el demandado es su enemigo, por lo tanto son sus actos", ha señalado, al tiempo que ha recordado que la empresaria en sí misma cuenta con un "perfil público propio" en el que "participa activamente" y en el que está conectada con "poderosos, ricos, competitivos y de alto perfil".

Bajo ese mismo análisis, ha descartado el argumento de que el rey emérito fuese el responsable de las filtraciones que dieron lugar a publicaciones en medios de comunicación sobre Larsen. "Ella no da ninguna indicación de cómo podría demostrar alguna conexión con el acusado", ha apuntado.

No ve acreditado el acoso en Inglaterra

Corinna Larsen relató en su demanda que Juan Carlos I la habría acosado después de que ella pusiera fin a la relación que habían mantenido. Primero para procurar que retomaran dicha relación y después a modo de venganza para perjudicarla en sus negocios, de acuerdo con Larsen.

La empresaria reclamó al rey emérito una indemnización por los costes de su tratamiento médico de salud mental, por la "instalación de medidas de seguridad personal y servicios diarios de protección" y por la contratación a "ex diplomáticos y ex funcionarios del Gobierno" para que interviniesen con el fin de "poner fin al acoso" que dice haber recibido.

La juez, sin embargo, ha considerado que Larsen "no ha logrado convertir su historia narrativa en una reclamo de acoso". A su juicio, la examiga íntima de Juan Carlos I "no identifica ni alega ninguna experiencia específica de acoso" en Inglaterra, sino una serie de acciones que habrían tenido lugar "dondequiera que estuviera en ese momento, que a veces era en Inglaterra".

"Si no se puede decir que esa experiencia haya sido sostenida en un solo país -por ejemplo, porque un demandante está domiciliado, habitualmente residente o físicamente presente en ese país en todo momento- ¿sobre qué base pueden los tribunales ingleses asumir jurisdicción sobre un tribunal unitario en el presente caso multinacional?", ha subrayado la juez.

Larsen, "decepcionada" con el fallo

En un comunicado difundido este mismo viernes tras darse a conocer la resolución del tribunal, Larsen se ha mostrado "profundamente decepcionada por el resultado". "Es desalentador ver que las víctimas de acoso a menudo luchan por encontrar justicia en nuestro sistema jurídico", ha señalado.

La empresaria ha insistido en que la "intimidación y el acoso" que dice haber sufrido hacia ella y sus hijos "continúan" y tienen como "objetivo" destruirle "por completo". "Juan Carlos ha desplegado todo su arsenal para desgastarme y el alcance de su poder es inmenso. Estoy considerando todas las opciones disponibles", ha apuntado.

El fallo se ha dado a conocer este viernes después de que el pasado julio el tribunal escuchara las alegaciones de la defensa de Juan Carlos I, a cargo del bufete británico Velitor Law.

La defensa de Juan Carlos I

El equipo jurídico del rey emérito solicitó entonces que se desestimara la demanda de Larsen al considerar que los tribunales de Reino Unido no eran los competentes para conocer de esta demanda. La defensa se basó en el artículo 4 de la regulación de la UE sobre jurisdicción, el cual establece que las personas domiciliadas en un Estado miembro, independientemente de su nacionalidad, deben ser demandadas ante los tribunales de ese país.

Los abogados expusieron en su escrito, al que tuvo acceso Europa Press, que dicha regulación comunitaria operaba en este caso concreto porque se inició antes de que acabara el periodo de transición para el Brexit, fijado hasta el 31 de diciembre de 2020.

Así, insistieron en que los tribunales españoles eran los competentes para ocuparse de la demanda de Larsen. A ello, añadieron que "la cuestión clave" era si, en relación con los supuestos actos de acoso, Reino Unido era el lugar donde se produjo el presunto 'evento dañino' o el 'daño directo', algo que, según apuntaron, los abogados de Larsen no habían demostrado.

Otro de los argumentos esgrimidos por la defensa fue "la evidente falta de credibilidad de la demandante". A este respecto, pusieron de relieve que Larsen había solicitado permiso para hacer una nueva modificación a su demanda original. "Como sus predecesoras, es incoherente, internamente contradictoria y manifiestamente mala en términos legales", apuntó la defensa del rey emérito.

En este punto, negó la existencia de "una pauta de conducta" de acoso atribuible al antiguo monarca, reprochando a Larsen que se limitase a relatar "varios incidentes" que, a juicio de la defensa, "son altamente diferentes en cuanto a su naturaleza, tienen lugar de forma esporádica a lo largo de varios años y fueron llevados a cabo por distintas personas (no siempre el demandando) contra diversos objetivos (no siempre la demandada).

Además, subrayó que las afirmaciones de Larsen —que Juan Carlos I "niega enfáticamente"— no solo son "falsas" sino también "inconsistentes con las declaraciones públicas hechas por ella" antes de que iniciara el litigio.

De hecho, recordó que, tras la abdicación de Juan Carlos I, el 14 de junio de 2014, Larsen "emitió un comunicado de afecto" donde le describe como "un hombre de una profunda humanidad y valentía, un leal y siempre atento amigo", además de un "gigante de la Historia".

Por otro lado, la defensa mostró su malestar por el hecho de que "las acusaciones implican un presunto abuso de poder inconsistente con el importante papel del demandado en la Transición de España hacia una exitosa democracia parlamentaria, y con su largo periodo de servicio como soberano".

La inmunidad de Juan Carlos

Las fuentes consultadas por Europa Press señalaron que el objetivo aquella vista de cuatro días era abordar las cuestiones preliminares que quedaron pendientes hasta que se resolviera el alcance de la inmunidad del antiguo monarca.

Fue el pasado 6 de diciembre cuando el Tribunal de Apelaciones de Inglaterra y Gales estableció que Juan Carlos goza de inmunidad respecto a las actuaciones previas a su abdicación como rey de España, en 2014.

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Esta decisión judicial implica que la demanda de Larsen, que sitúa el marco temporal del presunto acoso entre 2012 y 2020, solo podría seguir su curso ante los tribunales británicos por lo ocurrido a partir de 2014.

La empresaria relató en su demanda que Juan Carlos I la habría acosado después de que ella pusiera fin a la relación que habían mantenido. Primero para procurar que la retomaran y después a modo de venganza para perjudicarla en sus negocios, de acuerdo con Larsen.

Reclamó al rey emérito una indemnización por los costes de su tratamiento médico de salud mental, por la "instalación de medidas de seguridad personal y servicios diarios de protección" y por la contratación a "ex diplomáticos y ex funcionarios del Gobierno" para que interviniesen con el fin de "poner fin al acoso" que dice haber recibido.

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