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La Audiencia Nacional desestima la petición de Cultura de intervenir la SGAE por "procedimiento inadecuado"

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La Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha desestimado la petición del Ministerio de Cultura para realizar una intervención temporal cautelar de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE). Así, el auto, al que ha tenido acceso la agencia Europa Press, considera que no tiene competencia para atender a la petición del Gobierno, y sugiere que este recurra a un tribunal ordinario. La sala concluye que no cabe sino denegar, "al resultar inadecuado el procedimiento", la autorización de remoción de los órganos de representación de la SGAE y su intervención temporal interesada por el Abogado del Estado. 

La Audiencia Nacional señala que no ha lugar "a conceder en este trámite la autorización de remoción de los órganos de representación y la intervención temporal de la SGAE solicitada por el Abogado del Estado". La presidenta de la SGAE, Pilar Jurado, ha expresado su satisfacción por la resolución de la Audiencia Nacional, que llega cuatro meses después de la petición de intervención del Ministerio, a la vez que ha reiterado su "compromiso con la legalidad vigente, la modernización de la sociedad y la defensa de los derechos de autor de los 127.000 creadores y editores que forman parte de la SGAE", según un comunicado de la entidad.

El Ministerio ha señalado en un comunicado que, en el Auto de la Sala, "esta no se considera competente para dirimir sobre esta materia y no entra a evaluar la cuestión de fondo sobre la pertinencia o no de la intervención". "Los problemas que tenía la SGAE sin solventar los sigue teniendo", ha dicho el ministro de Cultura y Deporte, José Guirao en una atención a medios en Lisboa. "El Auto rechaza autorizar la intervención del Ministerio por una cuestión formal, no de fondo", ha insistido Guirao. A finales del pasado mayo, la Confederación Internacional de Autores decidió expulsar durante un año a la SGAE por el "trato discriminatorio de titulares de derechos" y "la aplicación de procedimientos de reparto de manera no equitativa"

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El Ministerio de Cultura y Deporte envió el pasado mes de febrero a la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, a través de la Abogacía General del Estado, la petición de autorización para intervenir de forma temporal —por un plazo inicial de seis meses— la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), entre la que incluía el nombramiento de un gestor interino para la entidad. La SGAE señala que la petición se realizó en el marco de un procedimiento judicial en curso, en el que la entidad de gestión había a su vez presentado un recurso contencioso-administrativo contra un apercibimiento del propio Ministerio. "Es evidente entonces que la remoción de órganos de representación y la intervención temporal de la entidad gestora son en todo caso, y por expresa previsión legal, actos posteriores al apercibimiento", señala el auto de la Sala que se declara no competente para resolver sobre la intervención solicitada.

"La vía que se nos presenta es acudir a otra vía judicial o retirar la autorización como entidad de gestión a la SGAE. Es algo que nunca hemos querido hacer", ha señalado el Ministro, "y hemos optado por una vía moderada que pasara primero por los requerimientos y, cuando la SGAE no ha respondido adecuadamente a los mismos, hemos acudido a la vía judicial". En su comunicado, el Ministerio de Cultura ha insistido en que "la SGAE es una entidad privada" y en que este departamento "desearía que se dieran las circunstancias para no necesitar acudir a otras instancias judiciales para solicitar que se autorice la intervención de ésta".

 

La Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha desestimado la petición del Ministerio de Cultura para realizar una intervención temporal cautelar de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE). Así, el auto, al que ha tenido acceso la agencia Europa Press, considera que no tiene competencia para atender a la petición del Gobierno, y sugiere que este recurra a un tribunal ordinario. La sala concluye que no cabe sino denegar, "al resultar inadecuado el procedimiento", la autorización de remoción de los órganos de representación de la SGAE y su intervención temporal interesada por el Abogado del Estado. 

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