EMPRESAS
Banco Santander negociará con los sindicatos el uso del correo electrónico tras archivar el expediente contra la CGT
El Banco Santander ha archivado el expediente disciplinario por falta muy grave que abrió al secretario general de la sección sindical de CGT, Juan José Paredes, por enviar correos electrónicos a “miles de empleados” de la entidad financiera “contraviniendo su normativa interna”. Además, la dirección del banco ha anunciado la apertura de negociaciones con los sindicatos para concretar las normas de utilización del correo electrónico en el envío de mensajes a la plantilla. La circular que regula el uso del email data de 2002email . Y desde 2008, según reconoce la propia entidad, no se ha vuelto a debatir sobre el asunto.
El banco ha cerrado el expediente, que podía implicar desde una suspensión de empleo y sueldo hasta el despido, pese a que señala a Paredes como la persona “directamente responsable de los hechos” y tras haber “constatado la realidad” de éstos. Pero la dirección ha optado por archivar el procedimiento sin consecuencias “en la confianza de que tales hechos no se volverán a repetir” en tanto no se alcance un acuerdo con los sindicatos sobre el uso del correo electrónico para el envío de mensajes colectivos.
CGT se defiende asegurando que los correos no los envía desde servidores propiedad del banco, sino desde otros “externos, de garantía y protocolos de seguridad confiables”. Dice que utiliza sus propias herramientas y aplicaciones, no las del banco. Por su parte, UGT se queja de que el banco lee los correos y, si detecta determinadas palabras clave, sus propias siglas, por ejemplo, los bloquea. Por eso, sus delegados tienen que convertir los documentos en Word o PDF a formato JPEG –transformándolos, por tanto, en imágenes que no se pueden leer– para eludir los controles informáticos de la entidad. También emplean cuentas de correo privadas u ordenadores particulares para garantizar la recepción de sus emails. Aunque la triquiñuela no les sirve durante mucho tiempo: en cuando la nueva cuenta es detectada, el sistema la bloquea y deben cambiarla.El Tribunal Constitucional y el convenio
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El convenio colectivo de banca dispone que las entidades deben facilitar en la intranet “un sitio particular” a los sindicatos para difundir sus informaciones. También deben proporcionarles una “cuenta específica de correo corporativo”. Las condiciones de los envíos, establece el convenio, tendrán que fijarse mediante un acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores. Sin embargo, Santander y los delegados sindicales han sido incapaces de alcanzar un pacto al respecto. Ninguno de los sindicatos a los que infoLibre preguntó se mostró satisfecho con las restricciones que la entidad les impone para mandar correos a la plantilla.
De hecho, no es la primera vez que el banco presidido por Ana Patricia Botín expedienta a un delegado sindical por mandar correos a la plantilla. Ocurrió en 2007 y el expedientado, tres veces, fue un representante de UGT.
En España no hay ninguna norma legal que regule el empleo del correo electrónico por los delegados sindicales dentro de las empresas. Pero el Tribunal Constitucional (TC) sentó doctrina en 2005. Así, considera las comunicaciones sindicales a la plantilla parte del derecho fundamental a la libertad sindical. Por lo que el empresario “no puede negarse a poner a su disposición ni puede unilateralmente privar a los sindicatos” del empleo del correo electrónico. Pero, al mismo tiempo, establece unas condiciones para los envíos de emails: no podrán perturbar la actividad normal de la empresa ni perjudicar “el uso específico empresarial preordenado” para el correo ni ocasionar “gravámenes adicionales para el empleador, significativamente la asunción de mayores costes”.