El Supremo revisará en un pleno excepcional la decisión sobre quién pagará los impuestos de las hipotecas

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Veinticuatro horas ha durado la alegría para los consumidores. El Tribunal Supremo ha anunciado este viernes que estudiará de nuevo a quién corresponde afrontar los pagos del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD) en las escrituras ante notario de los préstamos con garantía hipotecaria. Sólo un día después de que el Alto Tribunal dictaminase que debían ser los bancos los que se hicieran cargo de dicho tributo –que es competencia de las comunidades autónomas–, el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Luis María Díez-Picazo, ha optado por dejar en suspenso la nueva jurisprudencia marcada por sus propios magistrados, que suponía un completo viraje respecto a decisiones anteriores, y ha decidido avocar al Pleno de la Sala a que estudie recursos con un objeto similar para determinar si “debe ser o no confirmado” el giro jurisprudencial conocido ayer. Un movimiento que, según las fuentes jurídicas consultadas por infoLibre, “no es nada habitual” y que ha indignado a las asociaciones de consumidores.

El anuncio del Supremo vuelve a dar aire al sector bancario español, que llevaba veinticuatro horas conteniendo la respiración ante el posible impacto que podría tener sobre sus cuentas el último fallo del Alto Tribunal. El pasado jueves, la Sala de lo Contencioso-Administrativo dictaminó, en contra de la jurisprudencia del Supremo, que son los bancos, y no los clientes, los que deben abonar a las haciendas autonómicas este tributo. “Aun reconociendo la solidez de buena parte de los argumentos en los que descansa la jurisprudencia actual, debemos corregirla porque entendemos que el obligado al pago del tributo en estos casos es el acreedor hipotecario, sujeto en cuyo interés se documenta en instrumento público el préstamo que ha concedido y la hipoteca que se ha constituido en garantía de su devolución”, señaló la sentencia, que resolvía un recurso de casación de la Empresa Municipal de la Vivienda de Rivas Vaciamadrid contra un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Abundando en este argumento, la resolución judicial, que salió adelante con cinco votos a favor y uno en contra, señalaba que la Ley del Impuesto Sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados afirma “expresamente” que la parte obligada a abonar el tributo será “aquel a cuyo favor se realice el acto”, condición que “sin duda ostenta el acreedor hipotecario”. "Desde esta perspectiva, no nos cabe la menor duda de que el beneficiario del documento (escritura notarial hipotecaria) que nos ocupa no es otro que el acreedor hipotecario, pues él (y solo él) está legitimado para ejercitar las acciones (privilegiadas) que el ordenamiento ofrece a los titulares de los derechos inscritos", reza la sentencia, que añade que solo a él le interesa la inscripción de la hipoteca (el elemento que determina el pago del impuesto), pues esta carece de eficacia alguna sin la incorporación del título al Registro de la Propiedad”, aseveró el Alto Tribunal.

“No es muy habitual”

El fallo fue muy celebrado por las asociaciones de consumidores de banca porque abría la puerta a que todas aquellas personas que habían pagado indebidamente el gravamen pudieran recuperar el dinero. Sin embargo, las reclamaciones van a tener que esperar después de que este viernes el presidente de lo Contencioso-Administrativo del Supremo haya decidido mantener en stand by el viraje jurídico. A través de un comunicado, Díez-Picazo ha acordado “con carácter urgente” que el Pleno de la sala, compuesto por 31 magistrados, estudie otros recursos de casación pendientes “con un objeto similar” a fin de decidir si el “giro radical” jurisprudencial dictaminado el jueves, “habida cuenta de su enorme repercusión económica y social”, debe ser o no confirmado. Fuentes jurídicas consultadas por este diario señalan que se trata de un movimiento inusual. “No es muy habitual que después de dictar una sentencia se reúna el pleno para decidir sobre la misma jurisprudencia”, señalan.

Carlos Carnero, el abogado que ha representado a la EMVS de Rivas Vaciamadrid en el proceso, cree que la decisión tomada por Díez-Picazo es fruto de la “alarma social que se ha generado”. “Como este tema ha causado tanto revuelo, y como hay muchos más recursos pendientes, el presidente ha decidido que sea la Sala en pleno la que dictamine sobre los próximos recursos, porque la jurisprudencia se hace cuando hay dos sentencias en la misma línea. Ahora mismo, sólo hay una doctrina anterior y una sentencia contradictoria”, explica Carnero en conversación telefónica con infoLibre. No obstante, apunta el letrado, si el Pleno de lo Contencioso-Administrativo decide tumbar el giro dado en la sentencia de este jueves “tendrán que argumentarlo muy bien”. “La Sección Segunda, que es la que dictó el fallo, la componen magistrados que son expertos en impuestos, mientras que el Pleno lo componen expertos de otras muchas materias. Por tanto, se tendrá que dirimir mucho”, sentencia.

Lo que dejan claro las fuentes jurídicas pulsadas por este diario es que el Pleno de lo Contencioso-Administrativo lo que no va a poder hacer es “revisar la suspensión” dictaminada en la sentencia del jueves del artículo 68.2 del reglamento de aplicación del Impuesto Sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, que sostenía que el pago del tributo recae sobre el hipotecado y no sobre el banco. Con los recursos que serán analizados, el Pleno deberá decantarse entre tres posibles opciones: mantener el cambio de criterio y que paguen las entidades; volver al punto de partida y que sean los que soliciten la hipoteca los que tengan que hacer frente al gravamen; o establecer que los bancos se tienen que hacer cargo del impuesto pero sólo a partir de esta sentencia. 

"Escándalo" que "huele muy mal"

La decisión del presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo ha caído como un jarro de agua fría sobre los consumidores. La Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae) ha calificado de “fiasco incomprensible” los “cambios de criterio” del Alto Tribunal, al que han acusado de abandonar “la protección de los consumidores, dictada tan claramente ya por las directivas europeas”. “Han visto que esto afecta a millones de personas y han dicho: ‘Vamos a parar esto porque se nos puede echar encima”, señalan fuentes de Adicae, que explican que mantendrán las protestas convocadas para este sábado con el objetivo de “presionar”. “La banca lleva muchos años amedrentando y chantajeando a la sociedad civil, al Gobierno y a la justicia”, ha aseverado en rueda de prensa Manuel Pardos, presidente de Adicae, que ha pedido a la banca abandonar “toda esa inercia conservadora del siglo XIX”.

También se ha mostrado crítica con la decisión del Tribunal Supremo la organización de consumidores Facua, que a través de un comunicado ha señalado que no entienden “que apenas un día después se vuelva a plantear una cuestión que previamente había resuelto con una sentencia firme”. “Esto es un escándalo y huele muy mal”, ha aseverado el portavoz de la asociación, Rubén Sánchez. Una postura crítica a la que también se han adherido algunos dirigentes políticos. “Es indignante leer que un magistrado apela a la ‘repercusión económica y social’ cuando los afectados son los bancos. Cuando los afectados eran gente desahuciada no veíamos estas cosas. Poderoso caballero. Alucinante”, ha aseverado el líder de Podemos, Pablo Iglesias, a través de su cuenta de Twitter. “Ha bastado que la banca proteste 24 horas contra esta sentencia para que el Tribunal Supremo, servilmente, adopte esta cuestionable decisión”, han apuntado desde Izquierda Unida.

A pesar del último giro del Supremo, el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) sigue animando a los consumidores a reclamar la devolución de lo que pagaron por el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. En este sentido, todos aquellos ciudadanos que formalizaran el préstamo en los últimos cuatro años –es decir, en los ejercicios que todavía no han prescrito fiscalmente– podrán pedir que se les devuelva el dinero, más intereses de demora, a las haciendas autonómicas, que luego enviarán requerimientos de pago a los bancos. En el caso de que hayan pasado más de cuatro años, desde el sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha) explican que los consumidores podrán emprender acciones legales alegando que ha existido por parte de las entidades un enriquecimiento ilícito. En total, según los datos manejados por Adicae, tendrían derecho a reclamar la devolución del importe alrededor de ocho millones de personas.

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Situación de "incertidumbre"

El movimiento del Tribunal Supremo ha supuesto un balón de oxígeno para el sector bancario, que ha conseguido frenar la sangría en Bolsa. Este viernes, después de la jornada negra del jueves en la que los bancos del Ibex se dejaron más de 5.500 millones de euros de capitalización, las entidades financieras han vuelto a subir ligeramente, aunque no han logrado recuperar ni 350 millones. Si el Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo decidiese finalmente mantener el criterio marcado en la sentencia de la Sección Segunda, el impacto económico para el sector sería importante. La agencia de calificación crediticia Moody’s, por ejemplo, calculó el pasado mes de marzo que el coste para el sector podría ser superior a los 4.000 millones, mientras que la casa de análisis Kepler Cheuvreux lo ha llegado a situar en 6.000 millones. Para JP Morgan, la decisión hace peligrar el 7% de los beneficios de los bancos españoles en 2020.

Las fuentes del sector bancario y las jurídicas consultadas no entienden cómo se ha dejado que la situación llegara a este punto. Todas coinciden en señalar que, teniendo en cuenta que era una cuestión de especial relevancia, el recurso resuelto el pasado jueves debería haberse llevado desde el primer momento ante el Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo. Ahora, se ha creado una situación de “incertidumbre” tanto para los consumidores como para las entidades financieras. De hecho, algunos bancos han decidido bloquear de sus portales web las secciones de hipoteca hasta tener más datos para no ofrecer publicidad engañosa a los clientes. Fuentes del sector consultadas por este diario defienden que no afrontarán ningún pago hasta que la sentencia no salga en el BOE. Algunas entidades han decidido mantener que el pago lo hagan los clientes pero incluyendo una cláusula en el contrato en la que se comprometen a "reclamar ante Hacienda" el dinero abonado por los hipotecados si se decide finalmente mantener el criterio dictaminado el pasado jueves por el Supremo.

Veinticuatro horas ha durado la alegría para los consumidores. El Tribunal Supremo ha anunciado este viernes que estudiará de nuevo a quién corresponde afrontar los pagos del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD) en las escrituras ante notario de los préstamos con garantía hipotecaria. Sólo un día después de que el Alto Tribunal dictaminase que debían ser los bancos los que se hicieran cargo de dicho tributo –que es competencia de las comunidades autónomas–, el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Luis María Díez-Picazo, ha optado por dejar en suspenso la nueva jurisprudencia marcada por sus propios magistrados, que suponía un completo viraje respecto a decisiones anteriores, y ha decidido avocar al Pleno de la Sala a que estudie recursos con un objeto similar para determinar si “debe ser o no confirmado” el giro jurisprudencial conocido ayer. Un movimiento que, según las fuentes jurídicas consultadas por infoLibre, “no es nada habitual” y que ha indignado a las asociaciones de consumidores.

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