IGUALDAD
Por qué el libro donde José Bretón confiesa su crimen machista revictimiza a Ruth Ortiz

Luisgé Martín reconoce que cuando inició el proyecto de escribir un libro sobre José Bretón, tomó la decisión de hablar únicamente con el autor del crimen y con nadie más. Confiesa que su objetivo no era otro que comprender la mente del asesino, por lo que incluir otro punto de vista, especialmente el de Ruth Ortiz, podría haber supuesto una distracción. Así lo admite el propio autor de El Odio (Anagrama, 2025) en el libro, cuya publicación ha sido paralizada temporalmente pero al que ha podido acceder infoLibre.
El escritor viene a afirmar que no contactó con la víctima del hombre condenado por asesinar a sus dos hijos hace ahora catorce años. Ni antes, ni durante, ni después de escribir los detalles del crimen, basados en cartas, llamadas y una entrevista personal con el agresor. Así lo ha confirmado también la propia Ruth Ortiz, quien esta semana ha hecho pública su férrea oposición a que la voz de su maltratador quede recogida en el libro que pretendía ver la luz el próximo 26 de marzo.
El propio contenido del libro, el sentir expresado por la víctima y los argumentos a los que se aferra la editorial, dejan tras de sí un debate con múltiples aristas. Por un lado, existe una cuestión jurídica central, un conflicto de derechos y libertades que deberá dirimir la justicia. Por otro lado, la deuda histórica con las víctimas de violencia de género pasa necesariamente por escucharlas, atender sus demandas y reparar su dolor.
"Somos plenamente conscientes de la monstruosidad de los crímenes cometidos por José Bretón y comprendemos la sensibilidad que puede suscitar la exploración de la condición del asesino que aborda el escritor", ha señalado este viernes la editorial a través de un comunicado. Sin embargo, añaden, "la literatura puede y debe abordar estos temas sin dejar de lado la complejidad que representan".
Pero Ruth Ortiz, la principal afectada por los hechos, difiere. "No podemos de ninguna manera ni forma dar voz a los asesinos para que puedan faltar al honor, a la intimidad y a la imagen de las víctimas, ni para que puedan revictimizarlas", señaló esta semana a través de una misiva remitida a los medios.
La voz de las víctimas
Para Victoria Rosell, jueza y exdelegada del Gobierno contra la Violencia de Género, el debate que ha emergido en los últimos días es en realidad tramposo. Para empezar, porque deriva de un hecho determinante: que el autor decidió no contactar con la víctima. "Habría sido posible hablar con ella, darle agencia. Pero no lo hizo y ahora ella pide la retirada del libro, así que el debate se construye a partir de ahí", expone en conversación con este diario.
Rosell es partidaria de no perder de vista que la víctima "ha sufrido un daño adicional al horror" que ya pesaba sobre sus espaldas. Es lo que la propia Ruth Ortiz, pero también todos los manuales y organismos internacionales, han dado en llamar revictimización, una forma de violencia que recae sobre las víctimas en distintos tramos del proceso de denuncia, pero incluso también años después de que la justicia les haya dado la razón.
"Tuvimos que pelear que no se llamaran sucesos; explicar que la violencia contra las mujeres es estructural; que nombrar la violencia vicaria; explicar el consentimiento. Y ahora tenemos que pelear el derecho de las víctimas de violencia machista a no ser revictimizadas", expresó este viernes en redes sociales la directora del Instituto de las Mujeres, Cristina Hernández.
En el mismo punto se detiene Rosell. Pone un ejemplo: el documental sobre Rocío Carrasco, televisado hace casi cuatro años, evidenció que la forma de ejercer violencia contras las mujeres es diversa, compleja y a veces sutil. "Con ese documental aprendimos que una forma de violencia pueden ser las exclusivas publicadas en las revistas del corazón", expone la exdelegada, quien pone de relieve que la publicación de un libro cuyo protagonista es un agresor condenado puede suponer también una nueva forma de violencia para su víctima, obligada a revivir los hechos y a enfrentarse a un debate público en torno a ellos.
Pero además, la jueza se pregunta si la cultura puede permitirse abordar de forma no especializada un problema estructural de la dimensión de la violencia de género. "¿Se puede llamar cultura a no saber nada de la violencia de género? ¿Nada sobre su daño social, sobre lo que implica la revictimización?", plantea. Este razonamiento encaja con la idea expuesta por la directora del Instituto de las Mujeres: la noción de que la violencia de género no puede tratarse como un simple suceso, un precepto incluido en diversas guías específicas sobre el tratamiento de la violencia contra las mujeres.
Algunos ejemplos: una guía del Consejo Audiovisual de Andalucía reseña que la violencia machista "no debe infravalorar informativamente ni tratarse como un hecho aislado o un suceso"; otra guía diseñada por Revista Volcánicas y Fundación PLAN Internacional subraya que "la violencia de género no es un suceso, sino un problema social" y una última herramienta elaborada en 2017 por la Junta de Castilla y León indica que estamos ante un "hecho que excede el ámbito privado, ya que se trata de una vulneración de los derechos humanos y un atentado contra la libertad y la dignidad de las personas".
Este hecho hace necesario un tratamiento no sólo cuidadoso, sino especializado de la violencia, porque "cada vez que se le da voz a un agresor sin incluir más voces en el relato, le estamos diciendo a las víctimas a quién apoya la sociedad", opina la exdelegada, "el daño social es también esto".
El debate jurídico
Pero si algo ha copado el debate, ese algo está inserto en el plano jurídico. La Fiscalía de Menores solicitó el jueves la suspensión temporal de la publicación, con el objetivo de analizar si existe una posible vulneración del derecho al honor de los menores, blindado por el artículo 18.1 de la Constitución y en la Ley de Protección a la Infancia, en cuyo precepto 3.n se insta a "proteger la imagen del menor desde su nacimiento hasta después de su fallecimiento".
"Hay un conflicto de derechos que no es nuevo", introduce el magistrado Joaquim Bosch, en este caso confluyendo además determinadas singularidades como "la brutalidad del caso y el impacto que esto genera tanto en la madre como en el conjunto de la sociedad".
La línea jurisprudencial, asiente el jurista, dicta que prevalecen una serie de derechos fundamentales, como lo son la "libertad de expresión, de información y la creación literaria", debido a su importancia en una "sociedad democrática y plural", pero siempre y cuando lo que se describa "sea veraz y trate cuestiones de interés general sobre personalidades de relevancia pública".
El asunto cambia cuando se trata de difundir "cuestiones privadas que afectan al honor o al derecho a la intimidad". Para el juez, mientras el libro reproduzca "elementos contenidos en los hechos probados de la sentencia, deben prevalecer" los derechos invocados por la editorial, pero no si existe una "invasión de la intimidad sin ningún tipo de interés general", como puede ser el "morbo por conocer detalles de casos polémicos".
Joaquín Urías, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Sevilla, desliza que la clave tiene que ver con una evaluación del daño que puede causar el libro y se inclina por fijar la vista en la intimidad –no tanto en el honor– como un bien reconocido en la Constitución. "Puede vulnerar la intimidad familiar de la vida de la madre con los niños, también la intimidad de la propia madre, si cuenta detalles privados", estima.
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Por otro lado, el docente cree erróneo invocar la creación artística, porque a su juicio no se trata de una ficción, sino de "un libro documental" para el que encajaría más, en todo caso, el derecho a la información. En ese sentido, recuerda que el Tribunal Constitucional establece que si "una información vulnera la intimidad, no se puede publicar". Y eso incluye detalles sobre "la vida privada de alguien, su vida sexual, sus enfermedades o su salario", dibuja como ejemplos.
El libro ofrece pormenores sobre la relación de la víctima con su familia, expone cuándo sucedió el último encuentro sexual entre la expareja o el sueldo que cobraba la madre de los niños en el momento de la separación, siempre en boca del agresor. Detalles que, enfatiza el constitucionalista, "no se pueden revelar sin permiso de la protagonista".
María Naredo, abogada especializada en violencia de género, recuerda que además de los derechos mencionados, rige el derecho a la reparación de las víctimas. La conocida como ley del sólo sí es sí introdujo este parámetro a través de una reforma de la Ley contra la violencia de género, cuyo articulado establece que las víctimas tienen derecho a una reparación simbólica para su completa recuperación, así como la garantía de no repetición, lo que a juicio de la letrada incluye también "la memoria de las víctimas de graves violaciones de derechos humanos".