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Derecho de autodeterminación: ni derecho fundamental ni derecho moral

José Manuel Rodríguez Uribes

La Constitución de 1978 no reconoce el derecho de autodeterminación de los pueblos o territorios de España, tampoco de Cataluña. Esto lo saben los secesionistas catalanes y por eso se han inventado a marchas forzadas, contraviniendo de la forma más grosera la legalidad constitucional y estatutaria, una suerte de soberanía de origen que nunca han tenido.

Lo recuerdo porque aunque la historia no legitima nada (no existe la historia constituyente como nos recordaba Tomás y Valiente), los nacionalistas suelen apelar a ella. Pues la historia nos dice que Cataluña nunca fue soberana y que sólo desde 1978 (con la excepción de 1931 a 1936; después vino la tragedia) ha alcanzado un nivel de autogobierno equivalente al de muchos Estados democráticos del mundo. Es verdad que últimamente utilizan un argumento distinto, el del voluntarismo más burdo, un “porque yo lo quiero”, “porque lo queremos nosotros”, que es casi infantil.

La soberanía existe y vale “porque se ejerce” (o “cuando se ejerce”) me decía el otro día un jurista independentista (más independentista que jurista) aunque no exista norma alguna que la habilite (sic). Esto de normas y poderes, poderes y normas, no vale según ellos para este acto “originario” del pueblo catalán. Recuerdan, en el mejor de los casos, a la concepción de la soberanía del siglo XVII, con Hobbes y su Leviatán. El problema es que no estamos en el siglo XVII (ni siquiera en el XIX), ni en el estado de naturaleza, ni Cataluña y su autogobierno han caído del cielo, sino que es la Constitución de 1978 la que ha dotado de legalidad y legitimidad a sus instituciones, entre ellas a la Generalitat y al Parlament. En esto, y por esto, hay también no poco de deslealtad, de “juego sucio” en el sentido rawlsiano: no es éticamente aceptable traicionar un sistema que ha creado las condiciones para que llegues a cotas de autogobierno que nunca tuviste, desconocidas hasta la fecha.

Hay también mucho desconocimiento, en algunos casos consciente, acerca de lo es (debe ser) hoy una democracia. Ésta es impensable sin respeto a las normas, a las reglas del juego, a las competencias de cada uno, a la filosofía de los límites al poder, a los pesos y contrapesos... Desde 1945 no hay democracia sin Estado de Derecho y no hace falta que recuerde por qué.

Podríamos pensar entonces que quizá lo que han hecho los secesionistas es ascender por la pirámide que dibujó Kelsen (saltándose, eso sí, el escalón de la constitución y de su estatuto) hasta el vértice del Derecho Internacional, pero este recurso tampoco vale porque es falaz. Y lo es porque, primero, lo que encuentran allí es menos de lo que ya tienen (autogobierno, instituciones propias y autonomía en un país de la UE -qué ironía-), y segundo porque el derecho de autodeterminación de los pueblos que recoge la Resolución 2625 de la Asamblea General de las Naciones Unidas no está pensado para territorios de Estados de la UE, de democracias constitucionales, espacios que, aún con la crisis y la enorme corrupción, se sitúan entre los más prósperos y abiertos del mundo. Recordemos íntegro el texto de la Resolución por si alguien duda de lo que digo:

Cataluña, ni es una colonia ni es un territorio no autónomo, ni los catalanes tienen un estatus inferior al resto de españoles por motivo de raza, credo o color, u otra condición personal, social o cultural, y España sí es un estado soberano, con unas instituciones en las que llevan participando las fuerzas políticas catalanas y los ciudadanos de Cataluña desde 1977...

Podríamos pensar por tanto que en realidad los secesionistas no nos hablan de un derecho legal a la autodeterminación de Cataluña que en efecto no tienen, sino de un derecho moral, de un derecho a la autodeterminación que deben tener a partir de esa soberanía de facto que proclaman ejerciéndola. Pero permítanme que les diga que no, que tampoco, ni siquiera tienen ese derecho moral aunque tengan la libertad para expresarlo. Cuando pensamos en un derecho moral estamos pensando en una pretensión justificada ética o políticamente que el Derecho todavía no ha reconocido. Piensen por ejemplo en el sufragio universal mientras las mujeres o los pobres estaban excluidos, o en la libertad de prensa o de pensamiento durante la dictadura franquista. Eran derechos morales que terminaron siendo derechos fundamentales, derechos constitucionales, derechos humanos fundamentales.

Sin embargo, el derecho de autodeterminación de Cataluña en el siglo XXI no puede compararse a estos casos. Sus defensores no se parecen, aunque les gustaría, ni a las sufragistas del XIX ni a Martin Luther King ni a Nelson Mandela.

El derecho de autodeterminación de Cataluña no es un derecho moral ni lo puede ser porque carece de justificación ética. No sólo porque es poco ético que un territorio próspero se quiera desentender del conjunto (en buena medida menos próspero), sino porque para que tuviera justificación debería cumplir al menos dos requisitos racionales que no cumple:

  1. Que la pretensión fuera susceptible de generalización (si es bueno para ti, debe serlo para mí) algo que ningún Estado democrático del mundo puede aceptar sin poner en cuestión su propia existencia. Con ese reconocimiento, que racionalmente habría que generalizar por razones básicas de igualdad, se abriría una “caja de Pandora” autodestructiva incompatible con la idea de España y de la Unión Europea.
  2. Que ampliara el espacio de libertades sin causar un menoscabo a terceros, que uniera y que no separara, que favoreciera la convivencia, la complejidad y la cohesión y no el enfrentamiento y la simplificación. No hemos llegado todavía al 1 de octubre y es evidente que hay cada vez más crispación, más división, menos afectos… La pretensión de la secesión, incluso la del referéndum de autodeterminación, no expande la libertad, no abre nuevos espacios que multipliquen las posibilidades identitarias y culturales, sino que construye muros, marca fronteras, aumentando la incomunicación, obligando a elegir a quien no quiere elegir, entre otras cosas porque eligiendo se empequeñece, se reduce.

Por tanto, a mi juicio, la autodeterminación de Cataluña no es posible, de ninguna manera entendida en esos términos soberanistas originarios, unilaterales y excluyentes. No cabe ni en la normativa vigente (interna, europea o universal) ni constituye una pretensión moral justificada, legítima, una suerte de derecho moral con posibilidades de convertirse en una realidad política y jurídica que amplíe los espacios de libertad asegurando al tiempo la imprescindible solidaridad interterritorial y la convivencia. Va justo en la dirección contraria. Por cierto, como iría también cualquier tentación (re)centralizadora, uniformadora, aplastadora de la diversidad.

Sólo tenemos, por tanto, un camino y cuanto antes lo veamos mejor, un gran camino, una ancha avenida: la del mutuo y leal reconocimiento, la de la unión federal y orgullosa de nuestra diversidad, la del acuerdo y las mayorías, la de la “España nación de naciones”, con esta hermosa expresión o con otra.

Ojalá en pocas semanas podamos ponernos manos a la obra y encontremos más pronto que tarde una fórmula que nos asegure vivir en paz y en libertad al menos otros cuarenta años! Depende de todos que sigamos conviviendo aumentando los afectos, los lazos cooperativos y solidarios y el mutuo respeto. No es tarea menor.

Fotos: 1 y 2. Fernando Flores. 3. Catherine Salsbury.

José Manuel Rodríguez Uribes

La Constitución de 1978 no reconoce el derecho de autodeterminación de los pueblos o territorios de España, tampoco de Cataluña. Esto lo saben los secesionistas catalanes y por eso se han inventado a marchas forzadas, contraviniendo de la forma más grosera la legalidad constitucional y estatutaria, una suerte de soberanía de origen que nunca han tenido.

Publicado el
11 de septiembre de 2017 - 10:39 h
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