Sergio Ramírez Luis García Montero
Endurecer el Código Penal para luchar contra la impunidad de los violadores
Ocurrió de nuevo: el pasado mes de julio se volvía a poner de relieve la desconexión entre el sistema judicial español y su sociedad cuando la Audiencia Provincial de Málaga y la Fiscalía de Andalucía suspendieron la condena de dos años de prisión a dos policías locales de 40 y 41 años que, de uniforme y valiéndose de su posición de poder, violaron a una joven de 18 años en Estepona. El controvertido acuerdo, que numerosos expertos han descrito como “ingeniería jurídica”, reescribía lo sucedido sustituyendo la agresión sexual (castigada con penas de prisión de seis a doce años si hay acceso carnal, como fue el caso) por el abuso sexual (penado con cuatro a diez años). Por ello, considerando atenuantes el pago de la responsabilidad civil (que pagaron los padres de los acusados, no ellos) e ignorando evidentes agravantes como son el abuso de superioridad y la intimidación, redujeron a dos años la pena, que después se suspendió con la condición de realizar “un curso de educación sexual”. Tal como sucedió con la primera sentencia de La Manada emitida por la Audiencia Provincial de Navarra (que sería corregida por el Tribunal Supremo), esta impunidad fue recibida con ira por la mayoría social de nuestro país. Más si cabe, puesto que en este caso no existe posibilidad de recurso a causa de la negligencia de la Fiscalía andaluza al aceptar el acuerdo.
Este tipo de violaciones “espectaculares” son raras, puesto que sabemos que el 80% de las violaciones se producen entre conocidos. Además, como señala la macroencuesta del Ministerio de Igualdad, solo un 8% de las mujeres que sufren violencia sexual lo denuncian, en gran medida por falta de confianza en el sistema judicial. Por tanto, ¿cómo podemos pedirle a nadie que confíe en la justicia, cuando hasta en los casos más evidentes como este —en el que media intimidación, abuso de autoridad y chantaje, y donde hay numerosos testigos— le da la espalda a la víctima? Y, más importante, ¿cómo podemos obligar al sistema judicial a no dejar ninguna violación impune? Pese a que la “ley del solo sí es sí” avanza en la dirección adecuada, hemos de poner el acento en dos direcciones: proteger a la víctima y endurecer nuestro Código Penal.
En primer lugar, con la entrada en vigor de esta ley se implementa un proceso de atención médica, psicológica y jurídica a la víctima. No obstante, el caso de los policías municipales de Estepona ejemplifica cómo muchas víctimas, frente a la revictimización ante el juez —especialmente en un juicio mediático— prefieren un acuerdo entre las partes o incluso no denunciar. Por lo tanto, el primer paso para luchar contra la impunidad ha de ser una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que permita que el testimonio de la víctima durante la instrucción del caso se convierta de forma imperativa en prueba preconstituida, de modo que no tengan que volver a declarar en el juicio oral, como ha señalado la fiscal de sala delegada de Violencia sobre la Mujer, Teresa Peramato.
Es hora de romper con el tabú. Es hora de ser más protectores con quienes lo necesitan y más duros con sus agresores
Es la segunda dirección la que quizá resulte más polémica, particularmente entre aquellos que nos consideramos de izquierdas: el endurecimiento de la ley. En primer lugar, por una cuestión de justicia: si queremos garantizar que ningún violador escape de la justicia, debemos endurecer las penas de prisión para evitar que suceda lo mismo que con los policías de Estepona. En este sentido es importante señalar que si bien eliminar la distinción entre el abuso sexual y la agresión sexual con la entrada en vigor de la “ley del solo sí es sí” es un acierto para evitar lo que sucedió con La Manada o en Estepona, paradójicamente ahora cabe el riesgo de que haya agresiones que se penen con menos años de prisión, puesto que los dos antiguos tipos compartirán una sola horquilla de años. Por lo tanto, lo natural es converger con los países de nuestro entorno y endurecer las penas para evitarlo. Por ejemplo, en Francia las penas de prisión son de 15 años y en Reino Unido de cuatro a 19. Además, en países como Francia estas penas de prisión van acompañadas con cifras fijas de responsabilidad civil que rondan los 100.000 euros, algo que también sería deseable introducir. En segundo lugar, por una cuestión de disuasión: una vasta literatura académica señala que existe una relación proporcional entre la duración de las penas de prisión y la reincidencia. Por lo tanto, es hora de romper con el tabú de ser más duros con este tipo de criminales.
Es comprensible que esta propuesta pueda ser recibida con reservas por algunos, alegando que tenemos que centrar el debate en la educación y la rehabilitación. En relación con la educación, esta ocupa sin lugar a dudas un rol esencial en instruir a los más jóvenes en el consentimiento; sin embargo, no podemos ser inocentes y pensar que quienes violan lo hacen sin saber lo que hacen. En muchas ocasiones, es precisamente la transgresión de la norma lo que les impulsa a cometer el delito. En cuanto a la rehabilitación, pese a que sea un principio constitucional, es probable que se quede en eso: la mayor parte de la literatura científica señala que los programas de rehabilitación en prisiones tienen poco o ningún efecto sobre las tasas de reincidencia de los violadores.
Es hora de ser más protectores con quienes lo necesitan y más duros con sus agresores.
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