Especular en tiempos de pandemia

14

Especulador, según el diccionario de María Moliner, es una persona que comercia abusivamente aprovechando circunstancias desfavorables para obtener provechos y ventajas que no serían posibles en condiciones de normalidad. La pandemia ha sido una emergencia de tal intensidad que justificó la adopción de medidas excepcionales por parte de los organismos públicos que tuvieron la responsabilidad de poner todos los medios a su alcance para contener y paliar sus dramáticas consecuencias. No solo provocó la necesidad de la declaración del Estado de alarma, sino que hizo necesaria la alteración de las normas que regulan los contratos que se celebren con las administraciones públicas, estrictamente controlados por diversas Directivas de la Unión Europea que han pasado a formar parte de la legislación española.

La emergencia justificó la necesidad de acudir a medidas urgentes y extraordinarias en el ámbito de la contratación pública para responder al impacto de la crisis ocasionada por el covid-19. El Real decreto ley 8/2020 de 17 de marzo dejó abierta la posibilidad de que las Comunidades autónomas y entidades locales pudieran adoptar decisiones diferentes aprovechando que se habían sustraído a cualquier control los contratos de servicios o suministros sanitarios, farmacéuticos o de otra índole, cuyo objeto estuviese vinculado con la crisis sanitaria provocada por el covid-19. La Comunidad de Madrid y también su Ayuntamiento, aprovechando la indeterminación de las competencias, iniciaron una desleal confrontación con el Gobierno central con el único objetivo de obtener réditos políticos y desgastar al Gobierno sin pararse en valorar la repercusión que podrían tener en la población unas políticas en las que solo importaba la foto con las remesas de material para hacer frente a una dramática situación en la que la unidad y la solidaridad eran un factor esencial e irrenunciable. Se detectaron fallos e incongruencias constitucionales en el Real Decreto que se corrigieron rápidamente con otro Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para la contratación pública.

La inmensa mayoría de los ciudadanos, especialmente los sanitarios y trabajadores de los servicios esenciales, tuvieron un comportamiento ejemplar y estoy seguro de que la mayor parte de los que contrataron con el Ayuntamiento de Madrid o cualquier otra Administración pública actuaron movidos por el afán de ayudar a paliar la gravísima situación a la que había que hacer frente, aparcando cualquier intención de lucro desmedido. Posteriormente las compras de material sanitario se centralizaron en la Unión Europea, razón por la que interviene la Fiscalía europea en el caso del hermano de la presidenta de la Comunidad de Madrid.

Sospechosamente o quizá no tanto, el contrato escandaloso que afecta al Ayuntamiento de Madrid, en el que intervienen Luceño y Medina, se firma el 25 de marzo, es decir seis días antes de que entre en vigor la modificación del sistema de contratación pública. Dejando a un lado las suspicacias, lo cierto es que el contrato contiene una serie de cláusulas y condiciones que rompen con todas las reglas que rigen las relaciones contractuales, tanto públicas como privadas. Me imagino que el Ayuntamiento de Madrid, como administración pública, no desconoce el mandato constitucional que le impone actuar con objetividad, en defensa de los intereses generales y de acuerdo con los principios de eficacia y sometimiento pleno a la ley y al derecho. Por su lado, a los desenfadados intermediarios, sin necesidad de tener conocimientos jurídicos, les bastaba una mínima conciencia ética, para ser conscientes de que los pactos y condiciones de un contrato no pueden ser contrarios a las leyes, a la moral, al orden público o a las buenas costumbres. En el mundo de las relaciones jurídicas rige el principio de la buena fe y de la transparencia que exige a toda persona que quiere contratar un comportamiento claro y leal con la otra parte. En este caso, la exigencia era todavía más intensa, en cuanto que se estaba comerciando con un material no solamente de primera necesidad sino también vital, por lo que cualquier intención especulativa merecía el más absoluto rechazo.

El contrato por el que el Ayuntamiento de Madrid paga 11 millones de euros por un millón de mascarillas, dos millones y medio de pares de guantes y 250.000 test de la covid-19 alcanzaba unos precios exorbitantes. Luceño y Medina ocultaron a las personas encargadas de la contratación por parte de la corporación municipal que tan anómalos precios se debían a las comisiones, superiores al 50%, que habían concertado con el suministrador. Si este dato hubiese sido conocido, el contrato, con toda seguridad, no se hubiera llevado a efecto.   

Consumado el fraude, los comisionistas, haciendo gala de su ínfima condición humana, sostuvieron altaneramente que estaban haciendo lo justo y que cualquier reproche no les afectaba dado su peculiar concepto de la decencia

La ocultación de esta maquinación insidiosa constituye, por sí sola, un engaño suficiente como para inducir a error al que concierta el contrato de compra. En principio, sin la cooperación necesaria de Luceño y Medina, la estafa no hubiera sido posible.  Además, concurrió un fraude en la calidad del material sanitario que había sido contratado. En el caso de los guantes parece que se solucionó con la devolución de cuatro millones de dólares. Para redondear la estafa era necesario cometer falsedades documentales que también están siendo investigadas.

Consumado el fraude, los comisionistas, haciendo gala de su ínfima condición humana, sostuvieron altaneramente que estaban haciendo lo justo y que cualquier reproche no les afectaba dado su peculiar concepto de la decencia. Lo más sorprendente es que el señor alcalde, sin enterarse de la desorbitada cantidad que había pagado el Ayuntamiento, incluso agradeció la donación de unas mascarillas, menos mal que no llegó a otorgar la medalla que pedía Luceño. Despejadas las incógnitas penales, parece un supuesto claro de responsabilidad política que, en cualquier sociedad democrática, obligaría a una dimisión inmediata. Queda por dilucidar si, conociendo la estafa, omitió la obligación de promover la persecución del delito.

Para que no falte de nada en el escenario de este Patio de Monipodio, el reparto del botín, unos seis millones de euros, se ha realizado con arreglo a las más tradicionales normas de los capitanes piratas. Cinco millones para “el empresario” Luceño y uno para el que solo puso su apellido. El grumete nunca protestó ni reclamó por tan abusivo reparto. Rompiendo los usos y costumbres de la piratería, en lugar de guardar la rapiña en un cofre, la invirtieron en bienes de “primera necesidad” (estancias de lujo, relojes y coches de alta gama, compra de un yate y fondos de inversión). Si se considera que existe un blanqueo de capitales, la medida adecuada respecto de estos bienes sería el decomiso.   

A la vista de los hechos que estamos conociendo habría que añadir un delito de alzamiento de bienes. Si estos personajes salen indemnes, sin duda se resentiría la moral colectiva y la credibilidad de las instituciones encargadas de velar por el cumplimiento de las normas del Estado de derecho. Se trata de delitos gravísimos como la estafa de bienes de primera necesidad y en este caso vitales y la utilización de paraísos fiscales y transferencias bancarias para evitar su responsabilidad civil. Me parece que habría que adoptar medidas para evitar un posible riesgo de fuga. 

La participación en los hechos de una persona que pertenece a los círculos nobiliarios da pie para una última reflexión. En principio nada tengo que objetar a la potestad que corresponde al Rey para conceder honores y distinciones, personales e intransferibles, siempre que estén basados en méritos cívicos, profesionales, culturales o de naturaleza análoga. La existencia y permanencia de una Diputación de la nobleza de España debe moverse en un ámbito estrictamente privado y regirse por sus estatutos, sin que el Ministerio de Justicia tenga nada que decir sobre los orígenes de la nobleza y su transmisión por vía espermatozoica. El pasado 23 de marzo, la Decana de la Asamblea de la Diputación Permanente y Consejo de la grandeza de España y títulos del Reino se dirigió a sus congéneres exhortándoles a desarrollar una labor de defensa efectiva de nuestros intereses y posición. También les recordó la necesidad de ejemplaridad de sus actos.  Podía haber añadido algún reproche, rechazo o condena a Luis Medina,  perteneciente a una familia que ostenta la condición de Grandeza de España, aunque al parecer sus preferencias se decantan por Gibraltar.

___________________

José Antonio Martín Pallín, Comisionado español de la Comisión Internacional de Juristas (Ginebra). Abogado de Lifeabogados. Ha sido Fiscal y Magistrado del Tribunal Supremo.

Especulador, según el diccionario de María Moliner, es una persona que comercia abusivamente aprovechando circunstancias desfavorables para obtener provechos y ventajas que no serían posibles en condiciones de normalidad. La pandemia ha sido una emergencia de tal intensidad que justificó la adopción de medidas excepcionales por parte de los organismos públicos que tuvieron la responsabilidad de poner todos los medios a su alcance para contener y paliar sus dramáticas consecuencias. No solo provocó la necesidad de la declaración del Estado de alarma, sino que hizo necesaria la alteración de las normas que regulan los contratos que se celebren con las administraciones públicas, estrictamente controlados por diversas Directivas de la Unión Europea que han pasado a formar parte de la legislación española.

Más sobre este tema
>