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En mayor o menor medida todos hemos oído hablar de las criptomonedas y también nos hemos enterado ya de cientos de casos (se dispararon con el fenómeno covid-19) de estafas relacionadas con ellas. No siendo un numerus clausus, con las criptomonedas podemos identificar hasta 4 tipos de estafas habituales:
Eso sin olvidar otras tramas más complejas como la estafa triangular mediante la compraventa de Bitcoins (aunque eso sea tema para otra columna).
Dicho esto, las acciones mencionadas anteriormente pueden llegar a tener relevancia penal y ajustarse a las consideraciones establecidas en el Código Penal (en adelante CP) que tipifica el delito de estafa informática. Dicho delito está recogido en el artículo 248.2 del CP e impone una pena de prisión de entre seis meses a tres años (art. 249 CP), a los que con ánimo de lucro y valiéndose de alguna manipulación informática o artificio semejante consigan la transferencia no consentida de cualquier activo patrimonial en perjuicio del tercero.
Además de lo anterior, en las estafas informáticas suelen concurrir los siguientes elementos diferenciadores:
Por lo tanto, si tuviésemos que establecer un esquema básico de cualquier estafa online a través de criptomonedas sería el siguiente: "cualquier mecanismo, medio o artificio que incidiendo en un negocio provoca una disposición de dinero que no se hubiera producido si todas las partes o elementos que intervienen en el negocio, sean humanos, mecánicos o digitales, tuvieran información real y cierta".
Asimismo, es importante resaltar que cuando concurran cualquiera de las circunstancias tipificadas en el artículo 250 del CP se considerará que nos encontramos ante un delito de estafa agravada, que lleva aparejada una pena de prisión de 1 a 6 años y multa de 6 a 12 meses. Siendo algo muy común en el entorno de las criptomonedas situaciones donde la cantidad estafada sea superior a 50.000 euros o la misma afecte a un número elevado de personas.
Llegados a este punto, es esencial que podamos dar a los lectores una serie de recomendaciones para poder protegerse de las estafas online a través de criptomonedas:
Respecto a esto último, si crees que te están estafando, sin lugar a dudas, denuncia, aunque no te olvides de que la denuncia es una mera declaración de la existencia de unos hechos presuntamente delictivos que puedes presentar ante la policía y sin abogado, pero no tiene más formalidades, no lleva aparejadas obligaciones y te desliga del procedimiento.
Ver másLa Policía Nacional alerta de una nueva modalidad de estafa a través de Bizum
Por esa razón, si lo que quieres es formar parte del proceso y poder indicar al juez cuáles son las diligencias que debería solicitar y/o practicar para la correcta averiguación de los culpables, te recomendamos que interpongas una querella. Ahora bien, la misma debe presentarse ante el Juzgado de Instrucción competente y se requiere Abogado y Procurador para ello.
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* Felipe Herrera Herrera es abogado especializado en derecho tecnológico en Términos y Condiciones.Felipe Herrera HerreraTérminos y Condiciones
En mayor o menor medida todos hemos oído hablar de las criptomonedas y también nos hemos enterado ya de cientos de casos (se dispararon con el fenómeno covid-19) de estafas relacionadas con ellas. No siendo un numerus clausus, con las criptomonedas podemos identificar hasta 4 tipos de estafas habituales:
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