La información se impone a la intimidación. La Audiencia Provincial de Madrid ha dado carpetazo a la denuncia interpuesta contra infoLibre por el presidente de Murcia, Fernando López Miras, y el ahora diputado del PP Teodoro García Egea (entonces, secretario general) a raíz de la exclusiva publicada sobre la mediación del primero en la operación quirúrgica de un familiar del segundo. Ambos dirigentes ponían sobre la mesa un delito de revelación de secretos, que puede conllevar hasta cinco años de prisión. Tanto la autora de la información, Alicia Gutiérrez, como el director del periódico, Daniel Basteiro, tuvieron que declarar como investigados, la primera a título particular y el segundo en representación de la empresa. Sin embargo, la Justicia concluye que no hay caso. Los magistrados de la Audiencia Provincial consideran, en un auto contra el que no cabe recurso, que prevalece el derecho a la información. Primero, por ser "personas relevantes". Y segundo, porque la noticia, contrastada, tiene "interés general".
En la exclusiva llevada ante los tribunales se reproducían dos imágenes del teléfono móvil de López Miras captadas durante el Pleno de la Asamblea de Murcia del 14 de abril de 2021. En ellas, se podía ver al presidente regional hacer gestiones por whatsapp con el secretario general de Salud, Andrés Torrente, y transmitir datos sobre la operación de un o una paciente al número dos del PP a nivel nacional. Ese o esa paciente era familiar del propio García Egea. El entonces número dos del PP nacional exclamaba un agradecido "cojonudo" al recibir la información de carácter privado y personal que al resto de los ciudadanos les es facilitada no por el presidente regional sino por sus centros de salud u hospitalarios de referencia. Es ese "secreto" el que motivó la acción judicial tajante y en cuestión de horas por parte de los conservadores.
López Miras mantuvo al menos otra conversación sobre el caso: con el secretario general de Salud de la Región de Murcia. "Asegúrate de que lo citan, por favor", se podía leer con claridad en un mensaje que el presidente regional escribe para este alto cargo, entre cuyas responsabilidades no está dar citas a pacientes.
La información incluía muchos detalles contrastados. Que la operación se llevó a cabo en la fecha que López Miras comunicó a García Egea o que el o la paciente fue atendido en un hospital distinto al que le correspondía por domicilio. Aquella no fue la única exclusiva sobre el caso. A lo largo de aquel mes, infoLibre también desveló que al familiar del entonces secretario general del PP se le intervino en el mayor hospital de Murcia antes que a otros pacientes con la misma patología e idéntica prioridad quirúrgica o que fue atendido por el cardiólogo apenas pocas horas después de que García Egea le comunicara al presidente murciano que, antes de pasar por quirófano, debía acudir a cardiología.
Segundo mazazo en dos meses para el PP
Hace solo un par de meses, el titular del Juzgado de Instrucción número 18 de Madrid decretó el sobreseimiento provisional del caso y el archivo de las actuaciones. Los dos políticos conservadores recurrieron la decisión, alargando un asunto que ha enredado durante más de un año a este periódico en los tribunales. Consideraban que era prematura al no haberse tenido en cuenta que, más allá de las cámaras del circuito cerrado de la Asamblea de Murcia, había otros fotógrafos habilitados para cubrir aquel Pleno. Y argumentaban que el caso denunciado no podía estar amparado por el derecho a la información porque la noticia versaba sobre una persona, el familiar de García Egea, sin trascendencia pública.
El cambio en el PP motivó la salida de García Egea como secretario general. Ahora es diputado y presidente de la comisión de Seguridad Vial del Congreso, cargo que le asegura un importante sobresueldo y que le fue concedido por el nuevo líder del PP. López Miras sigue siendo el presidente de la Región de Murcia, sin que la marcha de Casado y la llegada de Feijóo haya supuesto cambio alguno en la acción judicial de estas figuras destacadas del partido contra un medio de comunicación.
El reciente recurso al carpetazo decidido por el juez instructor no ha prosperado. En un auto fechado el pasado lunes, los magistrados consideran que de la "exhaustiva instrucción realizada" no resulta posible "acreditar ni una actuación típica objetiva ni subjetiva por parte de los investigados" respecto del delito de revelación de secretos. Primero, porque no se ha podido acreditar que la toma de las imágenes publicadas fuera "fruto de una captación premeditada" y no algo "fortuito y casual". Pero es que, aunque hubiera quedado demostrado que dichas fotografías fueron captadas "de modo ilícito" en origen, nada prueba que la periodista y el responsable legal de este diario fueran conocedores de ello.
Información veraz y respeto al paciente
Y, con esto sentado, el tribunal confirma que la noticia se encuentra amparada por el derecho a la información. "Supera el triple test", sostienen los magistrados. En resumen, tenía relevancia pública, era proporcional y era veraz. Sobre el último aspecto, ya son dos las resoluciones judiciales en las que se resalta que la autora de la exclusiva tuvo diligencia en el contraste de los datos. De hecho, es algo que llegaron a reconocer abiertamente los denunciantes en su recurso ante la Audiencia Provincial de Madrid. Al fin y al cabo, antes de publicar la información, este periódico consultó a García Egea, López Miras y el PP, por varias vías, por escrito y con tiempo suficiente para ofrecer una versión de lo sucedido, pero no hubo autorización para incluir ninguna.
Pero más allá de la veracidad, que poco puede ser cuestionada en el momento en el que se presenta una denuncia por revelación de secretos, los dirigentes conservadores han hecho principalmente hincapié en todo lo que tiene que ver con la proporcionalidad. Así, siempre han mantenido que la información publicada "afectaba al núcleo más íntimo de la vida privada de una persona anónima" y "contenía datos" que permitían identificarle. Así, ponían como ejemplo la patología del paciente, a pesar de que nunca se llegó a desvelar.
La Audiencia Provincial rechaza este argumento. Como antes hizo el juez instructor y, previamente, la propia Fiscalía, que en un escrito resaltó que solo se revelaron los datos "estrictamente necesarios". "Y ello por cuanto, según la noticia, la conversación de whatsapp publicada reflejaba un presunto caso de corrupción entre los políticos que mantenían la misma", completaba el Ministerio Público.
Un año de proceso judicial
El auto de la Audiencia Provincial, contra el que no cabe recurso, pone punto final a un proceso que se ha alargado durante más de un año. Trece largos meses en los que tanto la periodista como el director del periódico se han visto obligados a prestar declaración como investigados en sede judicial. Fue el pasado mes de diciembre. Tras serles leídos sus derechos, ambos respondieron a todas las preguntas, sin excepción.
Durante la comparecencia en sede judicial, se puso sobre la mesa el secreto profesional de los periodistas a la hora de no revelar sus fuentes cuando estas soliciten el anonimato. Y se defendió el interés público del artículo por la relevancia de los actores implicados, el manejo de recursos públicos o la gestión de la sanidad en plena pandemia, sobre todo en una comunidad donde el consejero de Salud había tenido que dimitir tras desvelarse que había colado a cientos de personas en la vacunación del coronavirus.
Ni los afectados ni la formación conservadora quisieron aportar una versión oficial para la primera exclusiva. De hecho, el PP tardó incluso varias horas en pronunciarse tras la publicación. El primero en hacerlo fue el entonces responsable de Justicia del partido, Enrique López, quien admitió que el número dos de los conservadores había solicitado información a López Miras: "Una cosa es pedir información y otra es intermediar". Al día siguiente, el vicesecretario de Comunicación de la formación, Pablo Montesinos, fue preguntado al respecto en La hora de la 1 de TVE. "En el partido hemos sido muy claros desde el primer momento. La información no es verdad, es falsa", aseveró, sin dar más detalles.
A pesar de las palabras de Montesinos, lo cierto es que desde el partido nunca desmintieron la noticia antes de ser publicada. Ni siquiera la denuncia que acabaron interponiendo el presidente murciano y García Egea cuestionaba en ningún momento ni el contenido del artículo ni la existencia de los mensajes publicados. Es más, el movimiento judicial de ambos dirigentes conservadores y la atribución de un supuesto delito de revelación de secretos confirmaba que la exclusiva era cierta. Al fin y al cabo, no existe tipo penal de revelación de fantasías o rumores. De hecho, de haber sido incorrecta, el PP tenía en sus manos varias opciones para exigir su rectificación. Pero ninguna fue utilizada.
La proliferación de las demandas de intimidación
Tras el inicio de la ofensiva judicial, este diario y su periodista recibieron numerosas muestras de solidaridad por parte de políticos, colectivos y periodistas. La Asociación de la Prensa de Madrid (APM) lanzó un comunicado, al que se sumaron otras organizaciones de informadores como la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE), en el que tildaba de "inaceptable" la pretensión de los denunciantes de que la noticia fuera retirada "con carácter cautelar". "Rechazo rotundo a este intento de intimidación, que ataca a la libertad de información y al libre ejercicio del periodismo. Prevalcerá la libertad de expresión, pilar fundamental de nuestra democracia", escribió en redes sociales Nemesio Rodríguez, presidente de la FAPE. Reporteros sin Fronteras o la Plataforma por la Libertad de Información son solo dos más de las muchas organizaciones que denunciaron el intento de intimidación de los dos altos cargos del PP.
Las instituciones europeas llevan ya un tiempo mostrando su preocupación por las conocidas como demandas SLAPP (Demanda Estratégica contra la Participación Pública, en castellano), ofensivas de desgaste e intimidación en los tribunales cuyo objetivo no es tanto ganar, sino infundir miedo en las víctimas para que en un futuro se lo piensen antes de denunciar prácticas sospechosas de políticos o grandes empresas. Unas acciones judiciales que, por lo general, impulsan personajes o corporaciones importantes a través de prestigiosos y caros bufetes de abogados contra personas, colectivos o empresas con ingresos más modestos, quienes se ven obligados a dedicar no pocos esfuerzos o sus limitados recursos a defenderse como pueden de estos peces gordos ante jueces y magistrados.
El informe de la Comisión Europea sobre el Estado de Derecho de 2021 ya puso de relieve la preocupación en varios Estados miembro por la utilización de las SLAPP, del mismo modo que el Consejo de Europa destacaba recientemente el aumento de la presión sobre los periodistas en el Viejo Continente. Un problema que ha provocado movimientos recientes en el Ejecutivo comunitario. A finales de abril, Bruselas puso sobre la mesa una propuesta de directiva para proteger a las personas que realizan actos de participación pública frente a este tipo de demandas. El texto incluye diferentes tipos de salvaguardas. Eso sí, solo referidas a asuntos civiles con repercusiones transfronterizas.
Así, contempla, entre otras cuestiones, la posibilidad de que los órganos jurisdiccionales puedan archivar sin más trámite un procedimiento cuando consideren un asunto "manifiestamente infundado". Pero no solo eso. También establece que en estos casos todas las costas, incluidos los honorarios de los abogados de los demandados, recaigan sobre el demandante cuando se desestime un asunto por abusivo. O abre la puerta a que los órganos jurisdiccionales puedan imponer "sanciones disuasorias" a quienes "interpongan ante ellos asuntos de este tipo".
La información se impone a la intimidación. La Audiencia Provincial de Madrid ha dado carpetazo a la denuncia interpuesta contra infoLibre por el presidente de Murcia, Fernando López Miras, y el ahora diputado del PP Teodoro García Egea (entonces, secretario general) a raíz de la exclusiva publicada sobre la mediación del primero en la operación quirúrgica de un familiar del segundo. Ambos dirigentes ponían sobre la mesa un delito de revelación de secretos, que puede conllevar hasta cinco años de prisión. Tanto la autora de la información, Alicia Gutiérrez, como el director del periódico, Daniel Basteiro, tuvieron que declarar como investigados, la primera a título particular y el segundo en representación de la empresa. Sin embargo, la Justicia concluye que no hay caso. Los magistrados de la Audiencia Provincial consideran, en un auto contra el que no cabe recurso, que prevalece el derecho a la información. Primero, por ser "personas relevantes". Y segundo, porque la noticia, contrastada, tiene "interés general".