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Caso ERE

La Audiencia de Sevilla confirma la imputación del exviceconsejero de Empleo andaluz por el caso de los ERE

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La Audiencia Provincial de Sevilla ha confirmado el auto de marzo de 2015 en el que la juez Mercedes Alaya amplió la imputación al exviceconsejero de Empleo de la Junta de Andalucía Justo Mañas por nuevas ayudas irregulares en el marco del caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos.

La Sección Séptima de la Audiencia, en un auto al que ha tenido acceso Europa Press, rechaza así el recurso presentado por la defensa de Justo Mañas contra el auto de 23 de marzo de 2015 en el que Alaya amplió su imputación por presuntos delitos de prevaricación y malversación en relación a las ayudas a Cydeplast Pet y Nazapet.

En su recurso, la defensa del exviceconsejero alegó que, "de ser cierta la hipótesis de que hubiese presuntas conductas delictivas, se referirían a acontecimientos ocurridos con anterioridad" a que Justo Mañas tomara posesión como viceconsejero de Empleo, lo que tuvo lugar el 30 de marzo de 2010.

Así, mantiene que su patrocinado "fue ajeno" a la tramitación de los cinco ERE de las entidades Cydeplast S.A., Cydeplast S.L. y Nazapet SAL, todas ellas dedicadas a la fabricación de plásticos.

De igual modo, la defensa de Mañas, que solicitaba el archivo de la causa respecto a su patrocinado, defiende que "era ajeno por cuestiones no solo temporales, sino competenciales, de las órdenes de pago que se hubiesen llevado a término en relación a las entidades referidas y cualesquiera otras en general".

Frente a ello, la Audiencia dice que "es evidente que la responsabilidad que por Cydeplast S.L. y Nazapet SAL pueda serle atribuida a Justo Mañas está en relación con las actuaciones que desde su cargo en la Consejería de Empleo pudieran haberse hecho tras su toma de posesión como viceconsejero el 30 de marzo de 2010 y hasta abandonar el 9 de mayo de 2012".

"Importantes" ayudas sociolaborales

En este sentido, el tribunal recuerda que "lo que ponía de relieve" el informe de seguimiento sobre las empresas mencionadas "es que entre los años 2000 a 2010 fueron receptoras de importantes ayudas sociolaborales procedentes de la Junta de Andalucía".

"Que Mañas pudiera estar ajeno a las irregularidades que en la concesión de ayudas se estuvo dando en el tiempo a las empresas Cydeplast Pet y Nazapet SAL una vez tomada posesión de su cargo, con contrataciones de pólizas de rentas de supervivencia y de capital diferido, sin el necesario control, en cantidades que se elevaban por encima de las que quedaban dentro de la competencia del propio titular de la Consejería, sin siquiera petición forma o solicitud en algunos casos, necesita del necesario esclarecimiento y en tal sentido resultaba justificada su toma de declaración", aduce la Audiencia.

Al hilo de ello, indica que, en los testimonios remitidos, "aparece que una vez tomada posesión de su cargo, el viceconsejero fue puesto por alguna persona en alerta acerca de las graves irregularidades que se estaban advirtiendo" en la Dirección General de Trabajo, por lo que se opone a que, "sin más, y sin la necesaria instrucción, se pueda admitir su falta de conocimiento con el mantenimiento en el tiempo de prácticas anómalas".

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"Continuidad de facto"

"Su declaración devenía necesaria también respecto a estas empresas, por lo que supuso la continuidad de facto en la concesión de ayudasde facto en la forma que lo fue, y la calidad en que debía practicarse esta diligencia era la de imputado en mejor protección de sus propios intereses", dice la Audiencia.

En el auto recurrido, la juez Alaya amplió la imputación a once exaltos cargos de la Junta de Andalucía, entre ellos el exconsejero de Empleo Antonio Fernández; el exdelegado del ramo en Sevilla Antonio Rivas; los ex directores generales de Trabajo Francisco Javier Guerrero, Juan Márquez y Daniel Alberto Rivera; los exviceconsejeros de Empleo Agustín Barberá y Justo Mañas; el exviceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez; y los exdirectores de IFA/IDEA Francisco Mencía, Jacinto Cañete y Miguel Ángel Serrano.

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