Justicia

Cuatro argumentos de quienes apoyan y cuatro de quienes critican la prisión permanente revisable

Un grupo de personas gritan al paso del furgón policial que traslada a la autora confesa de la muerte de Gabriel Cruz.

Este jueves, el Congreso de los Diputados debatirá la derogación de la polémica prisión permanente revisable, precisamente en un momento en el que la pena más dura del ordenamiento jurídico español se encuentra de máxima actualidad por el asesinato del pequeño Gabriel Cruz. En principio, la iniciativa del PNV cuenta con los apoyos del PSOE, Unidos Podemos, PDeCAT, ERC y Compromís, por lo que es previsible que la propuesta de derogación supere las enmiendas a la totalidad presentadas por PP y Ciudadanos, que pretenden mantener la norma.

Al tratarse de una reforma del Código Penal, para que la derogación de la prisión permanente revisable siga adelante es necesario que la mayoría absoluta del Congreso vote contra las propuestas del PP –que quiere ampliar el número de supuestos en el que se aplicaría la prisión permanente revisable– y Ciudadanos –que busca endurecer el acceso de los beneficios penitenciarios–. Si no cambian a última hora de posición, PSOE, Unidos Podemos, PDeCAT, ERC, PNV y Compromís suman 178 de los 350 diputados del Congreso, por lo que contarían con la mayoría suficiente para que la tramitación de la propuesta siga adelante. No obstante, en ningún caso este jueves la pena será eliminada del Código Penal: si la propuesta consigue superar las enmiendas a la totalidad, pasará a una fase de enmiendas parciales en el Congreso y, posteriormente, tendrá que ser debatida en el Senado.

La prisión permanente revisable lleva siendo un asunto espinoso desde que fue aprobado en 2015 por la mayoría absoluta con la que contaba el PP en el Congreso. Entonces, toda la oposición se unió para presentar un recurso ante el Tribunal Constitucional que todavía no ha sido resuelto, y el castigo también ha sido criticado duramente por entidades como el Consejo General de la Abogacía Española o Jueces para la Democracia, que también la tachan de inconstitucional.

No obstante, los asesinatos en los últimos meses de Diana Quer y Gabriel Cruz han reavivado el debate público sobre la norma. De hecho los familiares de Quer, Marta del Castillo, Mariluz Cortés, Candela y Amaia Oubel, y Ruth y José Bretón Ortiz han iniciado una recogida de firmas para pedir que no se derogue la pena, una campaña que ya ha recibido más de dos millones y medio de apoyos ciudadanos. Y el PP también ha reivindicado en las últimas semanas su apoyo a la no derogación de la prisión permanente revisable, que a su juicio no solo es perfectamente constitucional, sino una demanda social.

  ¿Qué dicen quienes están a favor?

1. No es una cadena perpetua

Una de las críticas que más formulan quienes están en contra de la pena más dura del Código Penal es que, aunque la permanencia en prisión se revisa pasado un tiempo, el periodo de encarcelamiento es indefinido, por lo que la prisión permanente revisable se trataría en realidad de una cadena perpetua encubierta. Y eso es precisamente lo que rechazan sus defensores, que aseguran que el hecho de que la condena se revise cuando el reo haya cumplido un mínimo de 25 años de cárcel –aunque la primera revisión puede no producirse hasta que se hayan cumplido 35 años de condena–, le abre la posibilidad a ser liberado si demuestra haberse reinsertado.

Así lo aseguraba en enero el PP, que registró en todos los ayuntamientos en los que tiene representación una moción para intentar que cada consistorio mostrase su apoyo a la prisión permanente revisable. En esa iniciativa, los conservadores argumentaban que la pena "no renuncia a la reinserción del penado, pues una vez cumplida una parte mínima de la condena, un tribunal deberá valorar nuevamente las circunstancias del penado y del delito cometido y podrá revisar su situación personal".

2. La mayoría social la reclama

El vicesecretario de Comunicación del PP, Pablo Casado, fue el encargado de defender el lunes el apoyo de su partido a la norma. Y uno de sus argumentos fue que la pena cuenta con un apoyo tremendamente mayoritario de la población española. La condena "conecta con las reivindicaciones de la mayoría social en España", y "según las encuestas" el "80% de la sociedad española" la apoya, aseguró Casado, que tomó los datos del sondeo realizado por GAD3 para Abc en enero, que efectivamente señala que ocho de cada diez personas respaldan la medida.

3. Se trata de una pena habitual en Europa

Otro de los razonamientos más utilizados por quienes apoyan la prisión permanente revisable es que, lejos de ser una pena extrema aplicada solo en España, se trata de un castigo presente en los códigos penales de la mayor parte de Europa. De hecho, el pasado martes la ministra de Defensa, María Dolores de Cospedal, aseguraba que la condena "se aplica en todos los países de la UE, a excepción de Portugal y Croacia, y en muchos más supuestos". Es cierto que Estados como Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia o Reino Unido aplican la prisión permanente revisable, pero también lo es que eso se traduce en un tiempo de estancia real en la cárcel menor a los 20 años de media. Además, la primera revisión de la pena se produce mucho antes de los 25 años estipulados como mínimo en España.

4. Evita la reincidencia de criminales con delitos muy graves

El efecto beneficioso más obvio de la prisión permanente revisable es, para sus defensores, que evita que un criminal vuelva a cometer delitos graves cuando salga de la cárcel, porque sólo puede hacerlo si un juez dictamina que ya no es peligroso. Además, sólo se aplica a los que se consideran los delitos más graves: asesinatos contra menores de 16 años, asesinatos múltiples, delitos contra la Corona o jefes de Estado extranjeros, asesinatos precedidos de violación o secuestro, violaciones en serie, violaciones a menores tras secuestrarlos o genocidio son algunos de los supuestos.

  ¿Qué dicen quienes están en contra?

1. No se ajusta a la Constitución

El principal argumento que exponen quienes se muestran contrarios a la prisión permanente revisable es que, directamente, es inconstitucional. El recurso que presentaron PSOE, Convergencia, Unió, PNV, UPyD, Izquierda Plural y la mayor parte del Grupo Mixto en 2015 señala, en este sentido, que la pena contraviene la prohibición de penas inhumanas (artículo 15 de la Constitución), y también asegura que impide la posibilidad de reinserción de los presos que está contemplada como obligatoria en el artículo 25 de la Carta Magna.

Por su parte, el Consejo General de la Abogacía ya afirmaba en 2015 que la medida es "inconstitucional" porque "la prisión permanente, sea revisable o no, es contraria a los artículos 10, 15 y 25 de la Constitución Española". "El artículo 25 es determinante al establecer que las penas privativas de libertad se han de orientar a la reeducación y reinserción social de los penados. Por tanto, toda pena que no cumpla este requisito atenta contra el artículo 15 de la Carta Magna, que repudia cualquier trato inhumano y degradante, y es contraria a la dignidad de la persona, de los derechos inviolables que le son inherentes, y el libre desarrollo de la personalidad, recogidos en el artículo 10 de la Constitución", señalaban los abogados.

Por su parte, el dictamen encargado en su día por el PSOE a varios constitucionalistas y coordinado por el rector de la Universidad de Castilla-La Mancha, Luis Arroyo Zapatero, coincide con este diagnóstico y afirma, además, que la prisión permanente revisable también violaría el artículo 17 de la Carta Magna, que regula el derecho a la libertad. Esta pena, señala el dictamen, "vulnera el principio de proporcionalidad y con ello supone una restricción desproporcionada de la libertad personal de los condenados".

2. Pese a su dureza, no evita que se cometan delitos muy graves

El secretario general de Podemos, Pablo Iglesias, verbalizó hace unos días otro de los argumentos principales contra la prisión permanente revisable: que no evita la comisión de los delitos a los que se aplica. Esta medida, lamentó Iglesias, "no ha servido para salvar la vida de Gabriel ni para salvar la vida de nadie". Y eso es lo que argumentan también más de 100 catedráticos de Derecho penal de las universidades públicas españolas, que este martes hicieron público un manifiesto contra la pena en el que señalan que este tipo de condena "no disuade de la comisión de los delitos más graves en mayor medida que las ya severas penas preexistentes (hasta 30 años de prisión por un delito; hasta 40 años por la comisión de varios delitos)".

Ante este argumento, quienes apoyan la norma afirman que las condenas, además de perseguir la reinserción, también tienen una función de castigo, por lo que la prisión permanente sería útil pese a no evitar los delitos que pena.

3. Es mucho más severa que en la UE

Es cierto que muchos países del club comunitario incluyen en su legislación penal la prisión permanente revisable. Pero también es cierto que la medida española es una de las más duras de Europa, ya que en España la primera revisión de la conducta del reo para valorar si se le libera no se produce hasta al menos 25 años después de su encarcelamiento. Según el dictamen encargado en su día por el PSOE a varios constitucionalistas, en la UE los presos condenados a prisión permanente cumplen de media 19,4 años de prisión. Pero en muchos países el primer examen para poner en libertad al preso tiene lugar antes: en Alemania, Austria y Bélgica, a los 15 años, en Dinamarca, Finlandia o Reino Unido, a los 12, y en Francia, a los 18.

Para los autores de este informe, la pena mínima que se contempla en España "excede, sin lugar a dudas, de toda duración funcional a la resocialización y, por ende, de todo plazo acorde al principio constitucional". Y los más de 100 catedráticos de Derecho penal que hicieron público el martes un manifiesto contra la prisión permanente revisable afirman, además, que la inclusión en 2015 de la medida en el Código Penal supone "un caso excepcional de incorporación de esta pena de cadena perpetua después de haberla suprimido históricamente (en España, en 1928)".

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4. Podría ir en contra del Convenio Europeo de Derechos Humanos

Estos 100 catedráticos también contemplan la posibilidad de que la medida sea contraria a la jurisprudencia europea en materia de derechos humanos, y critican que "en el debate público en torno a la prisión permanente revisable se ha argumentado en favor de su mantenimiento que es una pena existente en muchos ordenamientos democráticos y que no ha sido declarada contraria al Convenio Europeo de Derechos Humanos".

Incluso siendo acorde a este convenio, recuerdan los penalistas, la prisión permanente revisable podría ser inconstitucional. Sin embargo, el manifiesto señala que hay dos motivos por los que la pena sí podría contravenir la carta europea: por "los casos de prohibición de revisión por encima de los 25 años (a los 28, 30 ó 35 años) [...] y, en todos los supuestos, por la inexistencia de programas penitenciarios específicos de resocialización".

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