"La sentencia implica que no se puede decir que algo no tiene calidad sin leerlo". Eran palabras pronunciadas la semana pasada por Ana Jorge, profesora de la Universidad de Málaga, al valorar la sentencia del Tribunal Supremo que establece que la valoración de los artículos de los investigadores universitarios debe considerar la calidad del texto y no sólo en qué medio se publica. Jorge confiaba en que el fallo, adelantado por infoLibre, obligara a dar la vuelta al actual sistema de evaluación y acreditación y ayudara a acabar con la "dictadura del impacto y la citación", que basa la evaluación en la la visibilidad en función del número de citas, no en la calidad del texto. Para el catedrático de Filosofía del Derecho Juan Antonio García Amado, otro crítico con el modelo, el fallo implicaba que "no se pueda evaluar negativamente un artículo simplemente por no estar" en una revista indexada en los listados JCR o Scopus. La propia Amparo Sánchez, la profesora de la Universidad de Extremadura que forzó la sentencia al rechazar la denegación de un sexenio por publicar en revistas que no están en los índices de referencia, perseguía un resultado que no sólo la beneficiara a ella.
A todos ellos decepcionará la interpretación que hace de la sentencia el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. El departamento que dirige Pedro Duque, consultado por este medio, afirma que "la sentencia tan sólo afecta al recurrente, ya que no hay más sentencias en este sentido y, por tanto, no hay jurisprudencia". "Afecta tan sólo a este caso particular", señala Ciencia, que se limita a asegurar que el departamento "cumple con las resoluciones judiciales" e "incorpora en el acervo de la evaluación" de la actividad investigadora todas las observaciones que contribuyen a su "mejora y calidad". La respuesta de Ciencia reduce al mínimo el impacto de una sentencia que en círculos universitarios había sido interpretada como potencialmente desestabilizadora de todo el sistema de evaluación actual.
Una profesora en Extremadura
El caso parte de la profesora de Economía Financiera y Contabilidad de la Universidad de Extremadura Amparo Sánchez. La Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (Cneai) desestimó en 2015 su solicitud de reconocimiento de un sexenio investigador, lo que lastra el progreso de su carrera universitaria en España. Sobre un máximo de 10 puntos, le otorgó 5,7, cuando el mínimo para obtener el sexenio son 6. El motivo es que dos de sus cinco artículos presentados no se habían publicado en ningún medio incluido en los listados del Journal Citation of Reports (JCR) ni en Scopus.
Tras agotar la vía administrativa y perder en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sánchez acudió al Supremo, que sentenció a su favor. "No es suficiente para decidir si las aportaciones sometidas a la evaluación de la Cneai merecen o no un juicio técnico favorable o positivo la consideración de la publicación en la que han aparecido", señalaba el fallo, cuyo ponente es el catedrático de Derecho Constitucional Pablo Lucas Murillo de la Cueva.
El fallo cuestiona todo el sistema de evaluación del conocimiento científico en la universidad española, que a través de diferentes normas reguladoras favorece e incentiva la publicación de artículos en revistas incluidas en los índices de referencia. El sistema está en el punto de mira de los sectores críticos de la universidad española, en un contexto de creciente desconfianza en sus controles internos por las irregularidades detectadas en másteres de relevantes políticos en Madrid. Uno de los aspectos del modelo de evaluación que mayores suspicacias despierta es la posición de dominio que otorga a las multinacionales Clarivate, a través de su producto Web of Knowledge, y Elsevier, a través de su producto Scopus.
Consideraciones generales
A pesar de que Ciencia es tajante a la hora de restringir la aplicación de la sentencia del Supremo a un solo caso, el propio fallo introduce razonamientos que indican claramente que está redactada en relación con el sistema entero. Por ejemplo, señala que la cuestión demanda por la profesora Sánchez "no es de carácter formal sino sustantivo", ya que "versa sobre si basta o no con atender al medio en que se han publicado las aportaciones para decidir si cumplen o no los requisitos de calidad necesarios para su evaluación favorable". Los magistrados incluso se muestran conscientes de las implicaciones que el fallo tendría sobre el actual esquema de evaluación: "No se deben desconocer las dificultades que entraña esa labor [la de leer los artículos y no sólo ver dónde se han publicado], ni que quienes deben realizarla, especialistas en el campo de investigación al que corresponden las aportaciones, deben contar con instrumentos que les permitan afrontar el trabajo –voluminoso y complejo– de discernir si las aportaciones presentadas por los investigadores merecen o no ser evaluadas favorablemente".
La sentencia admite que basar la evaluación en las revistas donde se publican los artículos facilita la tarea, pero afirma: "Con toda la importancia que se debe reconocer a esas consideraciones de tipo práctico, se ha de estar a lo que establecen los preceptos que regulan esta actuación administrativa". Según la sentencia, esta regulación, una orden de 1994 y una resolución de 2014, orientan hacia la publicación en revistas indexadas en JCR y Scopus. Pero, añade el fallo, "orientar no equivale a obligar, a imponer". El Supremo anulaba el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y también las resoluciones negativas de la Cneai y de la Secretaría de Estado.
"Publicar o perecer"
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El sistema de evaluación actual, a tenor de la posición de Ciencia, va a continuar plenamente vigente, a la espera de ver cómo se articula la incorporación de la sentencia al "acervo" de la agencia Aneca, que ha asumido las funciones de la Cneai. Se trata de un sistema muy cuestionado. Prueba de ello es la puesta en marcha del colectivo Unidigna, que precisamente tiene como vocación la creación de "un sistema de evaluación y acreditación del profesorado universitario comprensivo, razonable y justo". "Se prioriza un tipo de investigación que no tiene en cuenta criterios relacionados con la relevancia social y académica respecto de lo que se publica, provocando el abandono de líneas de investigación o temas de enorme importancia. Ni la cantidad de publicaciones de un docente ni la presencia de sus trabajos en los índices de esas empresas privadas puede relacionarse con la calidad de sus investigaciones ni con el impacto que estas puedan tener en la docencia", afirma Unidigna en el diagnóstico del problema. El "control hegemónico" de Clarivate y Elsevier –continúa Unidigna– "impacta en la producción de la comunidad investigadora: se limita la publicación de libros, se fragmentan las investigaciones, se reduce el tiempo dedicado a la investigación, se crean lobbies orientados a maximizar los resultados, se devalúa la escritura académica".
El colectivo Unidigna, que ha lanzado un manifiesto titulado "Contra el Anecazo", mantuvo el sábado en Madrid su primer encuentro, después de un periodo de contacto telemático entre docentes de diversas universidades. El profesor de la Universidad de León Enrique Díez, uno de los portavoces de Unidigna, afirma que la red está integrada por unos 300 profesores y que su intención es sumar a personal de administración y servicios (PAS) y estudiantes. "La iniciativa surge contra la forma de evaluación del profesorado, contra esa locura de publicar o perecer que devalúa la docencia y mercantiliza el conocimiento. Luego hemos ido evolucionando hacia una crítica a todo un modelo que favorece la precariedad en la universidad y el clientelismo, como hemos visto con el caso de los máster", afirma Díez, que también es coordinador de Educación de IU.
Unidigna pretende incidir en los grupos políticos, sindicatos y equipos de gobierno de las universidades. Y tiene como una de sus prioridades el cambio del sistema de evaluación. A este respecto, Díez muestra su decepción por la respuesta del Ministerio de Ciencia tras la sentencia del Supremo. "El fallo debía obligar a repensar todo el modelo, que era puesto en cuestión", afirma. La posición del departamento de Pedro Duque obliga a "ir denunciando caso por caso" en los tribunales. "Es absurdo. Deben tomarse decisiones políticas", concluye.
"La sentencia implica que no se puede decir que algo no tiene calidad sin leerlo". Eran palabras pronunciadas la semana pasada por Ana Jorge, profesora de la Universidad de Málaga, al valorar la sentencia del Tribunal Supremo que establece que la valoración de los artículos de los investigadores universitarios debe considerar la calidad del texto y no sólo en qué medio se publica. Jorge confiaba en que el fallo, adelantado por infoLibre, obligara a dar la vuelta al actual sistema de evaluación y acreditación y ayudara a acabar con la "dictadura del impacto y la citación", que basa la evaluación en la la visibilidad en función del número de citas, no en la calidad del texto. Para el catedrático de Filosofía del Derecho Juan Antonio García Amado, otro crítico con el modelo, el fallo implicaba que "no se pueda evaluar negativamente un artículo simplemente por no estar" en una revista indexada en los listados JCR o Scopus. La propia Amparo Sánchez, la profesora de la Universidad de Extremadura que forzó la sentencia al rechazar la denegación de un sexenio por publicar en revistas que no están en los índices de referencia, perseguía un resultado que no sólo la beneficiara a ella.