Libros
Las entidades de gestión cobrarán a las bibliotecas incluso si los libros prestados no tienen derechos
El Boletín Oficial del Estado recoge este viernes un nuevo canon por cada usuario que use el servicio de préstamo, con independencia de si el libro que se lleve tiene o no derechos de autor. Según publica el BOE nuestro de cada día, se trata de un decreto que debía haberse aprobado, por ley, hace siete años como parte de la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) de 2007.
La LPI establecía que todos los servicios de préstamos, bibliotecas y similares, debían pagar a los autores por la cesión de sus obras. Estos pagos se llevarían a cabo a través de las entidades de gestión. La normativa daba un año de plazo para aprobar un decreto que estableciese el cálculo de los mismos.
Hasta la entrada en vigor del nuevo decreto, los autores debían recibir 0,2 euros por cada ejemplar en servicio de préstamo. El nuevo cálculo introducido en el BOE este viernes ampara dos tipos de remuneración. Por un lado, las entidades de gestión recibirán 0,004 euros por el número de obras con derechos de autor. Por otro, cobrarán 0,05 euros por cada usuario inscrito que haya utilizado cualquier servicio de préstamo a lo largo de un año. Se establece, por tanto, un canon por usuario y otro por obra.
Este sábado se empezará a aplicar la tasa por usuario. "Se añadirá al cálculo a todas aquellas personas que se hayan llevado libros a casa, incluso cuando se trate de obras no protegidas por derechos de autor", explica el BOE nuestro de cada día. Por ejemplo, señala, "si una biblioteca que, además de contar con algunos libros con derechos de autor, está especializada en literatura del Siglo de Oro –cuyas obras forman parte del dominio público y, por lo tanto, no tienen derechos de autor–. Siguiendo la redacción de este real decreto, aunque los usuarios se hayan llevado a casa exclusivamente obras de Quevedo o Lope de Vega, el centro tendrá que pagar cinco céntimos por cada uno de ellos a las entidades de gestión de derechos".
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Sin embargo, el pago por obra no entrará en vigor hasta enero de 2016. Hasta ese momento, esa cuantía se calculará multiplicando 0,16 euros por el número de obras adquiridas cada año para préstamo, sin aclarar si se incluirán todas o sólo las que tengan derechos de autor, describe el BOE nuestro de cada día.
Las nuevas cuantías se pagarán anualmente durante los primeros seis meses del año siguiente. Por su parte, las entidades de gestión de derechos repartirán a cada autor lo que le corresponda, bajo un criterio que deberá ser “objetivo, proporcional y de público conocimiento”.
El decreto también establece algunas excepciones. Las bibliotecas en municipios con menos de 5.000 habitantes, así como las instituciones docentes integradas en el sistema educativo español, o los préstamos para discapacitados se verán exentos de estas tasas. Tampoco generarán pago de derechos la consulta in situ de las obrasin situ.