El fiscal no ve homofobia en el ataque a una pareja gay al grito de “¡Ni un paso más, maricones!”

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La Fiscalía no ve tintes homófobos en el incidente registrado entre un hombre y su yerno, y un matrimonio gay en la playa de Torregarcía de la capital almeriense en junio de 2014, ni tampoco aprecia en la actitud de estos últimos, quienes estaban practicando nudismo, "exhibición obscena o libidinosa" que pudiera "perjudicar la formación psíquica" de los dos menores que estaban en la misma playa.

Así lo recoge en su escrito de calificación provisional, consultado por Europa Press, el Ministerio Público, que resuelve formular acusación, por un lado, contra J. E. M .V., padre de los dos menores, como autor de un presunto delito de lesiones, y por otro, contra su suegro, F. M. G., y contra uno de los dos cónyuges de la pareja homosexual, Ricardo de Frutos, por sendas supuestas faltas de lesiones.

Cabe recordar que la titular del Juzgado de Instrucción 4 de Almería, la magistrada María del Mar Cruz, propuso que el matrimonio formado por Ricardo y Luis Guillermo de Frutos fuese a juicio por la supuesta comisión de un delito de exhibicionismo ya que estaban practicando nudismo en un arenal "para el que no consta autorización municipal para este uso" según el escrito que el Ayuntamiento de Almería remitió en respuesta a un oficio con que pretendía indagar si en esta franja litoral de la capital estaba "prohibida" esta opción. A la pareja, de 68 y 54 años, también les imputó una falta de lesiones.

Por otro lado, el matrimonio denunció que J. E. M. V. se abalanzó sobre ellos al grito de "'¡Ni un paso más, maricones!" y que, tras una fuerte discusión, les atacó presuntamente mientras que F. M. G. lo incitaba supuestamente al grito de "¡Maricones, dales caña a esos cerdos!'". El fiscal, que interesa el sobreseimiento de la causa con respecto a Luis Guillermo de Frutos, recoge que, sobre las 13,.30 horas del 28 de junio de 2014, la pareja se encontraba paseando y practicando el nudismo en la playa de Torregarcía cuando F. M. G. "se sintió molesto por este hecho ya que se encontraban allí presentes sus nietos menores de edad".

A continuación, según relata el escrito, les "recriminó" que estuviesen desnudos tan cerca de su familia y les pidió que se marchasen, si bien el matrimonio se negó, lo que desembocó en un "alterado intercambio de reproches verbales" durante el cual "F. M. G. y Ricardo de Frutos iniciaron un forcejeo físico en el que ninguno de los dos resultó lesionado". Por este episodio, para cada uno de ellos interesa el pago de 20 días con una cuota diaria de 12 euros como presuntos autores de sendas faltas de lesiones.

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El detalle de hechos del Ministerio Público sostiene que el padre de los dos menores y yerno del otro acusado, J. E. M. V., al ver el forcejeo, "acudió al punto del conflicto empujando fuertemente a Ricardo de Frutos", a quien hizo caer al suelo, "provocándole un hematoma leve en la cadera derecha que precisó tan solo primera asistencia facultativa y cinco días para su curación".

J. E. M. V. habría golpeado, además, en el rostro a Luis Guillermo de Frutos, "causándole erosión y herida inciso contusa en mejilla derecha, para lo que precisó primera asistencia facultativa y sutura, con siete días para su completa recuperación". Solicita para él siete meses de prisión como autor de un delito de lesiones y el pago de 30 días de multa a razón de 12 euros al día por una falta de lesiones, además de interesar que indemnice a la pareja con la cuantía global de 360 euros.

El fiscal remarca en el escrito elevado al juzgado instructor que no consta que los hechos narrados vinieran motivados por "la orientación sexual de los nudistas", ni que el desnudo de éstos "fuese acompañado de actos de exhibición obscena o libidinosa que pudieran perjudicar la formación psíquica de los menores que se encontraban en la playa".

La Fiscalía no ve tintes homófobos en el incidente registrado entre un hombre y su yerno, y un matrimonio gay en la playa de Torregarcía de la capital almeriense en junio de 2014, ni tampoco aprecia en la actitud de estos últimos, quienes estaban practicando nudismo, "exhibición obscena o libidinosa" que pudiera "perjudicar la formación psíquica" de los dos menores que estaban en la misma playa.

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