La Fiscalía del Tribunal Supremo ha presentado un informe en el que pide a la magistrada del Tribunal Supremo Ana Ferrer que dicte auto de sobreseimiento provisional de la causa que se instruye contra la senadora del PP y exalcaldesa de Cartagena (Murcia) Pilar Barreiro "al no haber resultado debidamente justificada" la perpetración de los delitos de fraude, falsificación de documento mercantil, prevaricación, malversación de caudales públicos y cohecho que motivaron la apertura de la causa penal contra ella, informa Europa Press.
Barreiro declaró el pasado 15 de enero en el alto tribunal, donde negó haber cometido ninguna irregularidad en los conciertos que entabló con empresas de Alejandro de Pedro —considerado el conseguidor de la trama Púnica— para defraudar al Ayuntamiento de Cartagena y a la Consejería de Educación de la Región de Murcia.
Sobre uno de los contratos, dirigido a mejorar su reputación en redes sociales y que no se llegó a firmar, dijo que estaba previsto que lo pagara el partido, un dato que días después confirmó un cargo regional del PP.
Ciudadanos trasladó en enero al Gobierno que si la senadora Pilar Barreiro no renunciaba a su acta por su implicación en la Púnica no daría su apoyo a las cuentas del Estado del año 2018.
Sin repercusión en otros investigados
El archivo se solicita con independencia de que la causa pueda reabrirse si se aportan nuevos indicios contra Barreiro y la Fiscalía concreta que su petición respecto a esta investigada, sin que la decisión que tenga que adoptar ahora Ferrer "tenga por qué trascender respecto a las demás investigaciones" seguidas en el marco de la causa por la operación Púnica que se instruye en la Audiencia Nacional.
En el escrito de 18 páginas dado a conocer este jueves, el fiscal Fernando Sequeros subraya que no se niega "la evidencia de unos hechos objetivos admitidos incluso por la propia investigada y los demás implicados", ya que han sido constatados documentalmente en las actuaciones.
"Lo que en modo alguno queda claro tras la investigación, es su trascendencia y más para que el orden penal sea el adecuado para su sanción", al no poderse garantizar prima facie que pudieran ostentar "no sólo la nota de antijuricidad exigible como punto de partida para su persecución, sino particularmente la de su tipicidad como referencia inaplazable para una condena posterior".
Así, concreta que no existe ningún documento que permita confirmar que Barreiro participara en la elaboración de un plan criminal para que los gastos para mejorar su imagen en las redes sociales —trabajos de reputación contratados con las empresas de De Pedro— fuera asumidos por la Consejería de Educación de Murcia a través de un contrato simulado de formación. Además, de confirmarse esta hipótesis, el asunto sería pagado por el PP tal y como confirmó el presidente regional de este partido Francisco Celdrán.
Crítica a la instrucción de Velasco
El documento de la Fiscalía arremete contra la instrucción previa de la causa contra Barreiro realizada en la Audiencia Nacional por el primer juez que instruyó el caso, Eloy Velasco —actualmente lo investiga el actual titular del Juzgado Central de Intrucción número 6 Manuel García Castellón— y añade la falta de relevancia penal, por ejemplo, de determinados correos electrónicos interceptados entre De Pedro a un trabajador de la empresa Madiva.
Su contenido confirma, por el contrario, "el despliegue propagandístico desplegado, igualmente perseguido por la publicación de las noticias" en relación con los logros materiales de la exalcaldesa de Cartagena respecto al desempeño de su función.
Lo mismo dice de conversaciones telefónicas interceptadas, que no evidencian según la Fiscalía "más allá de unas relaciones de conocimiento y en el mejor de los casos contracturales con la investigada, sin que del lenguaje ambivalente, críptico, oscuro y superficial utilizado en las mismas por sus artífices, puedan extraerse otras conclusiones".
Añade que los indicios acumulados no trascienden, desde el punto de vista de la Fiscalía, de la "mera suposición", y que el cúmulo de "indicios periféricos" facilitados por la investigación "carecen de entidad y relevancia", tanto individualmente como en su conjunto. Por ello "no son aptos" para interesar por la acusación una sentencia condenatoria para la senadora popular.
Dice también de la exposición razonada que el juez Velasco remitió en su día al Supremo "no parecen respetar el principio de intervención mínima, conforme al cual se le reconoce al derecho penal su doble carácter subsidiario y fragmentario".
Tampoco se consolidaron en su día los "principios de prueba que deberían dar vigor a las sospechas de corrupción" contra Barreiro , "requisito, por otra parte, inaceptable para proceder con rigor y seriedad" desde la perspectiva de una acusación pública.
En la exposición razonada del entonces magistrado del Juzgado Central de Instrucción número 6 se subrayaba también que la senadora del PP presuntamente sufragó con dinero público trabajos particulares como la limpieza y cuidado de su reputación en redes sociales y la creación de un diario digital que emitiese informaciones favorables.
Así, entre junio y septiembre de 2014 los trabajos se facturaron como "campaña de publicidad Turismo Cartagena" por 4.840 euros —que se pagaron de forma fraccionada para eludir los controles de la Intervención—. Posteriormente, De Pedro valoró realizar esta labor de forma conjunta con la que tenía previsto hacer para el expresidente murciano Pedro Antonio Sánchez, también imputado en este caso.
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El juez Velasco afirmó en su exposición que la exalcaldesa conservadora participó directamente en el diseño del plan que ocasionaría un perjuicio económico a la Administración autonómica contando con el consentimiento de su personal de confianza en el Ayuntamiento, Francisco Ferreño y María del Mar Conesa, quienes pese a no haber compartido alguna de las decisiones personales de Barreiro, la apoyaron y encubrieron "enmascarando" el procedimiento para la obtención de fondos del presupuesto de Educación.
La Fiscalía del Tribunal Supremo ha presentado un informe en el que pide a la magistrada del Tribunal Supremo Ana Ferrer que dicte auto de sobreseimiento provisional de la causa que se instruye contra la senadora del PP y exalcaldesa de Cartagena (Murcia) Pilar Barreiro "al no haber resultado debidamente justificada" la perpetración de los delitos de fraude, falsificación de documento mercantil, prevaricación, malversación de caudales públicos y cohecho que motivaron la apertura de la causa penal contra ella, informa Europa Press.