La Fiscalía de la Audiencia Nacional solicitó al Ministerio del Interior que reactive el expediente sancionador contra el presidente de Catalunya Acció, Santiago Espot, y se le imponga una sanción de 90.000 euros por la pitada al himno en la final de la Copa del Rey de 2015, hechos por los que el empresario fue juzgado en este órgano judicial y resultó absuelto en segunda instancia.
Según informan fuentes jurídicas a Europa Press, el Ministerio Público solicitó que se remita testimonio de la sentencia del pasado 4 de mayo a la Secretaría de Estado de Seguridad para que continúe el procedimiento administrativo sancionador que se le incoó y en dónde se le impuso una sanción de 90.000 euros.
El Juzgado Central de lo Penal acogió la vista oral contra Santiago Espot el pasado mes de diciembre y le condenó al pago de una multa de 7.200 euros por el delito de injurias a la Corona y de ultrajes a España.
Sin embargo la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal revocó la condena del independentista y le absolvió al concluir que se trata de hechos que se enmarcan en la "libertad de crítica" y que lo que se pretendía era aprovechar un acto deportivo para reivindicar "de forma incívica" la independencia de Cataluña.
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El fin era la independencia de Cataluña
Los magistrados estimaron el recurso presentado por Espot y resolvieron que la propuesta del texto, que llevaba por título Por la pitada al Himno español y al Rey Felipe de Borbón, tenía como "ilusorio y confesado fin conseguir la proclamación de un Estado catalán" pero en el mismo no aparecía ningún epígrafe ofensivo, injusto u oprobioso que implique un menosprecio al Jefe de Estado.
Con todo, los magistrados exponen que se utilizó el acto deportivo celebrado el 30 de mayo de 2015 "de forma incívica, impropia, desafortunada y con manifiesta falta de educación" con el fin de mostrar su "radical desacuerdo" ante la imposibilidad de seguir adelante con los planes secesionistas de Cataluña.
La Fiscalía de la Audiencia Nacional solicitó al Ministerio del Interior que reactive el expediente sancionador contra el presidente de Catalunya Acció, Santiago Espot, y se le imponga una sanción de 90.000 euros por la pitada al himno en la final de la Copa del Rey de 2015, hechos por los que el empresario fue juzgado en este órgano judicial y resultó absuelto en segunda instancia.