La Fiscalía recusa a Macías, ariete conservador en el TC, en la cuestión del Supremo sobre la amnistía

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Dos pronunciamientos oficiales previos, en los que consideró que la ley de amnistía era inconstitucional, inhabilitan al magistrado conservador José María Macías para formar parte del Pleno del Constitucional que deliberará la cuestión de inconstitucionalidad contra esa norma planteada por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Así lo sostiene la fiscalía en un escrito presentado este jueves ante el tribunal de garantías. El Ministerio Público sostiene que Macías participó directamente -contribuyendo a a ellas y apoyándolas con su voto favorable- en al menso dos actuaciones institucionales durante su anterior etapa como vocal a propuesta del PP en el Consejo General del Poder Judicial. Macías se pronunció en primer lugar sobre la constitucionalidad de una hipotética ley cuando solo había sido anunciada por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. Después lo hizo en otro informe solicitado por el Senado durante la tramitación parlamentaria de la ley. En ambas ocasiones manifestó oficialmente que la ley que ahora tendría que analizar como magistrado del TC vulneraba la norma fundamental.

El fiscal considera que esos dos pronunciamientos previos "determinan objetivamente la existencia de causa de recusación" en el análisis de la cuestión de inconstitucionalidad del Supremo. En concreto los motivos por los que el tribunal debería apartarlo son dos: el hecho de haber ocupado cargo público, desempeñado empleo o ejercido profesión en los que haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito (artículo 219.13 de la Ley Orgánica del Poder Judicial) y haber ocupado cargo público con ocasión del cual haya podido tener conocimiento del objeto del litigio y formar criterio en detrimento de la debida imparcialidad (219.16). En las causas de abstención y recusación, los magistrados del Tribunal Constitucional están sometidos a la regulación prevista para los jueces y magistrados ordinarios en la LOPJ.

La recusación de Macías, según el escrito, "no se funda en la emisión de sus opiniones, ni en la relevancia o trascendencia pública, entiéndase en el sentido de mediática, social o política, de sus posiciones, por más que estas hubieran podido llegar a generar en ciertos sectores de la sociedad la percepción de una convencida y activa beligerancia contra la ley cuya constitucionalidad ahora está llamado a enjuiciar, hasta el punto de generar algún conclusivo titular según el cual 'José María Macías, azote de la amnistía, será magistrado del Tribunal Constitucional". La razón de la petición del Ministerio Público de apartarlo se debe a que, " en su anterior condición de vocal del CGPJ, tuvo participación directa en determinadas actuaciones oficiales de dicho órgano constitucional que, por su objeto y finalidad, pero también -y especialmente- por su contenido, comportan una extensa, razonada, reiterada, detallada y categórica valoración de la Ley de Amnistía cuya constitucionalidad ahora se somete a escrutinio" del Constitucional.

La participación del magistrado recusado consistió, según Fiscalía, en un "su intervención en la deliberación, defensa y aprobación de dos textos diferentes, elaborados y publicados por el Pleno del CGPJ" que suponían un "detallado enjuiciamiento jurídico-constitucional". El primero de esos acuerdos, una declaración institucional aprobada solo con los votos conservadores en el órgano de gobierno de los jueces el 6 de noviembre de 2023, sostenía que " la concesión de una amnistía en nuestro actual sistema constitucional constituye una grave vulneración de los derechos fundamentales y del propio sistema de división de poderes en que se inspira nuestra Constitución y sobre el que se asienta el Estado de derecho". También mantenía que el Consejo no podía aceptar "que se acometa una iniciativa que cercene de una forma tan ostentosa los derechos fundamentales de los ciudadanos y las potestades que la Constitución reserva al Poder Judicial".  

"La reseñada manifestación -cabe insistir, aprobada y publicada formalmente por el Consejo General del Poder Judicial con el apoyo y voto favorable del Excmo. Sr. Macías Castaño-" insiste el Ministerio Público, "aborda y resuelve con pretendidas razones jurídicas prácticamente todas las cuestiones que plantea la Sala Segunda del Tribunal Supremo en la cuestión de inconstitucionalidad a la que concierne la presente recusación: la constitucionalidad de la ley de amnistía por su propia naturaleza".

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El segundo informe oficial en el que se basa la recusación de Macías, tiene, según el fiscal, todavía más "impacto sobre la imagen de imparcialidad" del magistrado conservador del Constitucional. Se trata del Informe sobre la Proposición de Ley Orgánica de Amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña, aprobado en el Pleno del Consejo el pasado 21 de marzo, "nuevamente con el apoyo y voto favorable" del magistrado recusado. Ese estudio se elaboró "a propuesta de la Mesa del Senado", lo que demuestra "su inclusión formal y material desde el punto de vista jurídico en el procedimiento legislativo de tramitación de la Proposición de Ley que finalmente concluiría en la aprobación y promulgación de la Ley Orgánica de amnistía".

La participación de Macías en la deliberación y aprobación de este segundo informe, "no revistió un carácter meramente formal", según Fiscalía. "Al contrario, nuevamente es palmaria la intensa, extensa, detallada y concluyente penetración de las apreciaciones, valoraciones y razonamientos del citado informe en los aspectos esenciales -y aun en los secundarios- que integran la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Supremo, en cuyo enjuiciamiento habría de intervenir ahora", añade el escrito, elaborado por la Fiscalía ante el Tribunal Constitucional pero firmado, como todos los que emite este órgano del Ministerio Público, por el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz.

El Constitucional ya ha aceptado la abstención del magistrado Juan Carlos Campo que, durante su etapa como ministro de Justicia, elaboró varios informes en los que consideraba legítimos los indultos a los líderes del procés, pero aseguraba que una amnistía sería contraria a la Constitución. Si sus compañeros aceptan la recusación presentada ahora por el fiscal contra Macías, la relación entre magistrados progresistas y conservadores en el estudio de la cuestión de inconstitucionalidad quedaría en seis a cuatro.

Dos pronunciamientos oficiales previos, en los que consideró que la ley de amnistía era inconstitucional, inhabilitan al magistrado conservador José María Macías para formar parte del Pleno del Constitucional que deliberará la cuestión de inconstitucionalidad contra esa norma planteada por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Así lo sostiene la fiscalía en un escrito presentado este jueves ante el tribunal de garantías. El Ministerio Público sostiene que Macías participó directamente -contribuyendo a a ellas y apoyándolas con su voto favorable- en al menso dos actuaciones institucionales durante su anterior etapa como vocal a propuesta del PP en el Consejo General del Poder Judicial. Macías se pronunció en primer lugar sobre la constitucionalidad de una hipotética ley cuando solo había sido anunciada por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. Después lo hizo en otro informe solicitado por el Senado durante la tramitación parlamentaria de la ley. En ambas ocasiones manifestó oficialmente que la ley que ahora tendría que analizar como magistrado del TC vulneraba la norma fundamental.

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