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García-Castellón fuerza un nuevo obstáculo judicial ante cada avance en la ley de amnistía

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Oficialmente, se conocen como Diligencias Previas 85/2019. Pero en las redacciones y círculos políticos se prefiere caso Tsunami. Se trata de una investigación relativamente vieja. Echó a andar a finales de octubre de 2019. Dos semanas después de la sentencia del procés y en medio de un clima de agitación social derivado del fallo del Tribunal Supremo. Pero ha sido ahora cuando el procedimiento ha comenzado a marcar la agenda política nacional. Tras cuatro años en la oscuridad, la causa, centrada en el papel del movimiento Tsunami Democràtic en las protestas contras las condenas a los dirigentes independentistas, se ha convertido en el principal torpedo en la línea de flotación de la futura amnistía. Y avanza en paralelo a la misma.

El magistrado instructor, Manuel García-Castellón, acaba de dar otra vuelta de tuerca al caso con un auto que se interpone a la última versión de una ley de olvido jurídico que aún está cocinándose en el Congreso de los Diputados y con la que el Gobierno pretende poner punto y final al procés. Si hace sólo dos días PSOE y Junts pactaban algunos retoques en la norma relacionados con el terrorismo, este jueves el titular del Juzgado Central de Instrucción nº6 de la Audiencia Nacional ha emitido un nuevo escrito que, precisamente, pone en cuestión la aplicación de la última redacción acordada de la amnistía al caso del expresident de la Generalitat Carles Puigdemont y de la secretaria general de Esquerra, Marta Rovira.

Socialistas y posconvergentes habían acordado retocar la proposición de ley para dejar fuera del posible olvido jurídico los delitos de terrorismo "siempre y cuando, de forma manifiesta y con intención directa, no hayan causado violaciones graves de los derechos humanos". En particular, completaban, las previstas en el artículo 2 y 3 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos (CEDH). Ahora, cuarenta y ocho horas después, el magistrado señala en su nuevo pronunciamiento que las graves lesiones sufridas por dos policías en los disturbios posteriores a la sentencia del procés son "incompatibles con el derecho a la vida e integridad física" que reconoce la Constitución y "el artículo 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos".

García-Castellón no había hecho mención alguna al citado texto internacional ni en el auto con el que a comienzos de noviembre aceleró la causa ni tampoco en la exposición razonada que elevó al Tribunal Supremo. Pero ahora, el convenio se ha puesto encima de la mesa. Se ha hecho a través de un escrito en el que se desestima el recurso de una de las investigadas en el procedimiento contra la personación en el mismo de dos agentes de la Policía Nacional que resultaron heridos graves en los incidentes ocurridos el 18 de octubre de 2019 en la plaza de Urquinaona y Vía Laietana de Barcelona. La impugnación a la que ahora se ha dado respuesta, y con la que estaba de acuerdo la Fiscalía, no es reciente. El recurso fue interpuesto hace un par de meses.

El caso Tsunami se ha convertido en el gran escollo alrededor de la amnistía. Y lo es, prácticamente, desde antes de hacerse público el contenido íntegro de la norma de olvido jurídico que sería llevada al Parlamento. La primera semana de noviembre, en plenas negociaciones para la investidura de Pedro Sánchez, García-Castellón decidió pisar el acelerador de una causa que llevaba casi una legislatura sobre su mesa –si bien el secreto de sumario no se alzó hasta la pasada primavera–. Lo hizo a través de un auto en el que dejaba caer que los hechos investigados en relación a las protestas vinculadas a Tsunami Democràtic podían calificarse de terrorismo. Y en el que ponía en la diana a Puigdemont, Rovira y otra decena de personas más.

Un fallecido que nadie vinculó a las protestas

Aquella resolución se emitió sin ni siquiera esperar la opinión del Ministerio Fiscal, que él mismo había solicitado tres días antes. Y a los pocos días de recibir el informe final de la Guardia Civil sobre el caso. Aquel documento policial, de más de dos centenares de páginas, no metía al expresident catalán dentro del apartado dedicado a personas vinculadas Tsunami Democràtic. Aunque es cierto que incluía alguna mención sobre Puigdemont, no le atribuía, ni mucho menos, un papel tan destacado como el que le da el magistrado de la Audiencia Nacional. "Este instructor lo sitúa en el vértice más alto de la organización Tsunami Democràtic", ha vuelto a insistir en su auto de este jueces el titular del Juzgado Central de Instrucción nº 6.

El informe del Instituto Armado tampoco mencionaba en ningún momento el fallecimiento de un hombre de nacionalidad francesa en El Prat coincidiendo con el bloqueo que se llevó a cabo del aeropuerto. Una muerte que, sin embargo, García-Castellón sí recuperó en su auto de noviembre, trazando así una posible vinculación entre las protestas y el óbito. Poco importó que en su día el Servicio de Emergencias hubiese desvinculado ambos acontecimientos asegurando que las concentraciones no impidieron la inmediata atención del turista. O que la jueza que entonces se encargó del caso hubiera archivado las pesquisas al no apreciar indicios de delito tras una autopsia que concluyó que la causa "fundamental" de la muerte del hombre fue una "cardiopatía isquémica crónica".

Aquella resolución, que marcó el inicio de la investigación contra Puigdemont –como ha confirmado este jueves el magistrado en otra providencia dictada–, cayó como una bomba en medio de unas negociaciones para la investidura que encaraban su recta final. Al fin y al cabo, la última versión de la amnistía sobre la que trabajaban entonces los equipos negociadores dejaba el terrorismo con víctimas mortales fuera de los delitos amnistiables. Pero al final, socialistas e independentistas consiguieron cerrar un acuerdo de investidura. Y la proposición de ley de olvido jurídico fue registrada en el Congreso con una redacción que dejaba fuera del ámbito de aplicación los actos terroristas pero solo cuando hubiera recaído sentencia firme –algo que ahora se ha vuelto a retocar–.

Un terrorismo que Fiscalía rechaza

El Ministerio Público se ha mostrado en todo momento en contra de la lectura que García-Castellón hace de los hechos. En su recurso de apelación directa contra el auto con el que el magistrado dio impulso al caso, la Fiscalía defendió que no había "elementos indiciarios" que permitiesen sostener "la existencia de una organización o grupo criminal ni tampoco su carácter terrorista", al tiempo que tildaba de "inverosímil" la atribución a los investigados del fallecimiento del turista francés. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional aún no se ha pronunciado sobre este asunto. Si finalmente se descarta el terrorismo, un delito que compete a la Audiencia Nacional, García-Castellón dejaría de ser el instructor de la causa y ésta debería ser enviada al juzgado.

El caso Tsunami ha provocado el enésimo enfrentamiento entre el magistrado y el Ministerio Público. Una Fiscalía a la que hace una semana invitó a reflexionar sobre su posición en el procedimiento. "Debe reflexionarse sobre el hecho singular de tener que insistir ante el órgano que tiene por misión 'promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad' sobre la contundencia, cantidad y nitidez de los indicios que permiten sostener la calificación inicial por delito de terrorismo", señalaba el juez en un auto en el que rechazaba un recurso del Ministerio Público contra la decisión del instructor de enviar al Supremo. El Alto Tribunal aún no se ha pronunciado sobre esta cuestión, si bien ya ha solicitado a la Fiscalía su opinión.

Aquella resolución, en la que García-Castellón incluía también dentro de ese ámbito del terrorismo una acampada y una concentración no comunicada en la jornada de reflexión de las generales del 10N, fue alumbrada el mismo día que la Comisión de Justicia del Congreso debatía las primeras enmiendas a la ley de amnistía. Y provocó la crítica de la vicepresidenta tercera del Gobierno de coalición, Teresa Ribera, que acusó al instructor de tener cierto gusto por pronunciarse en momentos políticos "sensibles". Ya ocurrió cuando elevó el caso Tsunami al Supremo el mismo día que la Mesa de la Cámara Baja daba luz verde al inicio de la tramitación de la amnistía. O cuando puso a Puigdemont bajo el foco coincidiendo con las negociaciones para la investidura.

Oficialmente, se conocen como Diligencias Previas 85/2019. Pero en las redacciones y círculos políticos se prefiere caso Tsunami. Se trata de una investigación relativamente vieja. Echó a andar a finales de octubre de 2019. Dos semanas después de la sentencia del procés y en medio de un clima de agitación social derivado del fallo del Tribunal Supremo. Pero ha sido ahora cuando el procedimiento ha comenzado a marcar la agenda política nacional. Tras cuatro años en la oscuridad, la causa, centrada en el papel del movimiento Tsunami Democràtic en las protestas contras las condenas a los dirigentes independentistas, se ha convertido en el principal torpedo en la línea de flotación de la futura amnistía. Y avanza en paralelo a la misma.

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