Corrupción política
La Guardia Civil constató que en el auditorio promovido por Pedro Antonio Sánchez faltaban numerosos materiales
Las obras del Auditorio de Puerto Lumbreras, por cuya construcción presuntamente ilegal está imputado el actual presidente de la Región de Murcia, Pedro Antonio Sánchez (PP), incluye importantes sombras en su puesta en marcha, según se constata en un informe de 13 de noviembre de 2015 enviado por el Equipo de Delincuencia Económica de la Unidad Orgánica de Policía Judicial de la Guardia Civil a la jueza que investigó el caso en Lorca (Murcia), Consuelo Andreo.
Los agentes se desplazaron a Puerto Lumbreras el 9 de octubre de 2015 Puerto Lumbreras para realizar una inspección del material adquirido por la constructora a cargo del presupuesto abonado por el Ayuntamiento entonces encabezado por Pedro Antonio Sánchez para iniciar las obras, que fue de 2.254.068 euros. El Ayuntamiento asumió en septiembre de 2011 la propiedad el auditorio inacabado, asegurando que sí se había llevado a cabo la construcción completa del mismo.
Y los guardias, según el documento de 22 páginas al que ha tenido acceso infoLibre, constataron in situ, cuatro años después de que el auditorio estuviera supuestamente acabado y en funcionamiento, que el edificio no disponía de numerosos utensilios que presuntamente habían sido instalados por la empresa, que dejó la obra inacabada en casi un 40%.
En concreto, los policías judiciales de la Guardia Civil de la Región de Murcia hicieron un repaso de todo el material que no les fue posible divisar en el auditorio inacabado, como por ejemplo tres depósitos de combustibles líquidos de doble pared, de los que el técnico municipal informa a los agentes que no están: "Se constata por los agentes que no se encuentran en las instalaciones los citados depósitos", explica el informe de la Policía Judicial, que tampoco logra divisar, a modo de ejemplo del contenido del informe, "dos centralitas de regulación de la temperatura de la caldera o tres grupos electrógenos".
Numerosas carencias
Pero el listado del material abonado y que no se encontraba en el auditorio durante la inspección de la Guardia Civil, años después de que el presidente murciano asumiera la propiedad del auditorio, era mucho más amplio: como por ejemplo faltaba una batería de condensadores, 15 cuadros secundarios, dos calderas, dos plantas enfriadoras, 26 depósitos de 3.000 litros cada uno, 120 extintores de 6 kilogramos, 14 termos eléctricos de 75 litros cada uno, una moqueta, 105 puertas de abedul, un rótulo de neón, 971 adoquines, 51 cisternas y un telón.
Precisamente, el telón es el ejemplo que cita el perito del Colegio Oficial de Arquitectos de la Región de Murcia Andrés Checa el de material abonado y que no se encontraba durante la visita de los agentes: "A modo de ejemplo indico que en ella se encuentran aparatos de climatización, de electricidad, de la instalación contra incendios e incluso se le abonaron 44.395 euros por el telón cortafuegos boca de escena, material certificado y abonado del que nadie hizo referencia cuando la empresa constructora presentó la certificación de liquidación".
En este sentido, el informe del perito, que asegura que el perjuicio del Ayuntamiento fue de 2.278.421 euros, destaca que con una obra ejecutada "al 2'15%, se presenta y acepta una factura que representa el 39'82% del total del presupuesto general". Para este arquitecto, "en esa certificación se le abonó a la empresa una gran cantidad de material supuestamente acopiado en obra, y que corresponde a partidas de obra no ejecutadas finalmente en la construcción del teatro-auditorio, que se encuentra sin terminar".
El otro informe oficial que apoya la implicación de Pedro Antonio Sánchez es el informe de la Intervención General del Estado (IGAE), un organismo dependiente del Ministerio de Hacienda del Gobierno de Mariano Rajoy, que resalta que con fecha 5 de julio de 2008 "se emitió la primera certificación de acopios, por un importe de 2.254.068,68 euros, IVA incluido, junto con los correspondientes avales.
"No es regular acopiar todos los materiales"
"Esta certificación recoge una gran cantidad de materiales de acopio de todo tipo no encontrándose en la documentación recibida la justificación de un acopio tan importante. Los acopios están limitados en las obras a los materiales de difícil localización, escasez o los de plazo de entrega largo. No es regular acopiar todos los materiales necesarios para la obra. En los pliegos no se recoge ninguna norma sobre estos acopios tal como dispone el Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas".
La IGAE llama también la atención en el hecho de que este adelanto de material, que desde un punto de vista técnico se denominan "acopios", no se incluye en los pliegos de la obra, tal como dispone el Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. "Estos acopios deben realizarse sólo con relación a materiales de difícil localización, de gran escasez o de plazo de entrega largo", especifica el informe de este organismo público incluido en el sumario del caso Auditorio.
Pero los funcionarios del Ministerio de Hacienda explican que este adelanto, por importe de 2.254.068 euros, "aunque legalmente sea factible, previa aportación de las pertinentes garantías, no se considera normal en este tipo de contratos, ya que los acopios están justificados solamente cuando existen materia fes que por su complejidad, su plazo de entrega, o su rareza podrían retrasar la ejecución de la obra".
Sin embargo, el informe de la IGAE explica que la relación de material adelantado, "por su importe, parece contener todos los acopios de la obra completa. La necesidad de realizar todos estos acopios son de índole técnica y debería ser precisada por un técnico competente en la materia".
"La Ley lo considera excepcional"
Por todo ello, la IGAE concluye en relación a este adelanto del material: "No se conoce tampoco la razón de una certificación de acopios de importe tan elevado. Ya que la ley lo considera excepcional v lo permite sólo para casos debidamente justificados. Se deberla solicitar un informe técnico sobre la necesidad de estos acopios".
infoLibre se ha puesto en contacto con el Ayuntamiento de Puerto Lumbreras, del PP, para conocer su versión sobre los hechos. Sin embargo, una portavoz del Consistorio aseguró que no tenía nada que decir al respecto.
Sin embargo, este periódico ha accedido a las conclusiones de dos dictámenes aportados por el presidente murciano, Pedro Antonio Sánchez, al Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en los que el exdecano del Colegio de Arquitectos de la Región de Murcia Antonio García Herrero asegura que la "totalidad" de los fondos certificados se han empleado en la construcción de las obras, "y que debe considerarse que se construyeron las obras que se habían contratado, salvo las precisiones que la futura liquidación determine".
Asimismo, estas conclusiones argumentan que "no se ha practicado la liquidación de las obras realizadas", ya que "la mera presentación de la certificación tras el acto de recepción de obra no puede considerarse como tal".
El dictamen aportado por Sánchez resalta, además, que tras la aprobación del modificado, "la obra contratada pasa a ser aquella que contiene en detalle ese proyecto. Deja por tanto de estar en vigor el proyecto inicial".
"Intenta legalizar las irregularidades"
En este sentido, el perito independiente del Colegio Oficial de Arquitectos de la Región de Murcia aseguró en su informe pericial que "es a partir de la certificación número 18, cuando existe la certeza de que no va haber más dinero, cuando se trabaja con el modificado, posteriormente aprobado, que intenta legalizar las irregularidades y el desfase económico existente respecto a la obra contratada hasta ese momento".
El segundo dictamen aportado por Pedro Antonio Sánchez tiene carácter jurídico, y lo ha realizado el catedrático de Derecho Administrativo Ramón Entrena Cuesta, que concluye que no existe en la actuación de Pedro Antonio Sánchez "dolo alguno que permita imputarle responsabilidad penal".
Para este abogado, el presidente murciano "no ha prevaricado y, por tal motivo, tampoco ha existido un delito de fraude administrativo. No se ha pagado un euro de más, por lo que no hay malversación, y tampoco existe documento alguno falsificado".
Este dictamen critica también la investigación realizada por la Fiscalía de Murcia, y asegura que el Ministerio Público se olvida de la posterior aprobación de un modificado conforme a Derecho: "Se observa que la querella de la Fiscalía no tiene rigor en tanto en cuanto lo decisivo y elemental es que las obras a realizar sí se hicieron, es decir, las obras del modificado, que es el documento que sirve de referencia para ello".
En cuanto al certificado de la obra, el catedrático explica en el informe encargado por Pedro Antonio Sánchez que la acusación no ha tenido en cuenta a la hora de valorar las obras finalmente ejecutadas la existencia de un modificado.
"El típico caso de un presupuesto corto"
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"Estamos ante un típico caso en que el presupuesto inicial se quedó corto, con lo cual, en vez de aumentar el precio del contrato, se optó por rebajar obra, manteniendo el precio del contrato", puntualiza el resumen del documento, al que ha tenido acceso infoLibre, que pese a las evidencias concluye que no se ha recibido la propiedad de la obra de forma definitiva, "ni se ha emitido el certificado final de obra, ni se ha probado la liquidación del contrato".
Sin embargo, la acusación de la Fiscalía se basa en los dos informes oficiales e independientes arriba citados que apuntalan la acusación iniciada por el ex fiscal jefe Manuel López Bernal. El primero de ellos es un dictamen del arquitecto Andrés Checa, que sostiene que el Ayuntamiento, encabezado entonces por Pedro Antonio Sánchez, al aprobar el modificado del proyecto acepta las irregularidades existentes e intenta legalizar la situación actual del edificio".
Un segundo trabajo, esta vez de la Intervención General del Estado (IGAE), un organismo público dependiente del Ministerio de Hacienda, concluye que tras la aprobación del proyecto modificado, "la obra no era completa, por lo que se considera que el Ayuntamiento no debería haber firmado el acta de recepciónAyuntamiento de forma favorable"