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Los jueces activan una amnistía que amenaza con provocar otra guerra jurídica en la Fiscalía

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La maquinaria jurídica alrededor de la amnistía entra en funcionamiento. Tras la publicación de la norma en el Boletín Oficial del Estado (BOE), tanto los jueces como las defensas de varios encausados y condenados no han dudado en poner en marcha este martes el procedimiento para la aplicación –o no– del olvido jurídico en los diferentes casos por hechos vinculados al procés. Con la activación del mecanismo, se abre ahora un breve lapso de tiempo –diez días, por lo general– para que las partes puedan emitir su opinión. Y eso incluye, por supuesto, a la Fiscalía, que ha preferido mantenerse en segundo plano en esta fase inicial de puesta en marcha de la norma. Un Ministerio Público en el que la amnistía puede terminar abriendo una nueva guerra jurídica, sobre todo en lo que tiene que ver con el encaje de la malversación en la misma.

La ley establece que el olvido jurídico será aplicado por los órganos judiciales "de oficio o a instancia de parte o del Ministerio Fiscal". Por eso, nada más entrar en vigor las defensas de los posibles beneficiarios han movido ficha de inmediato. Lo han hecho los abogados de los principales dirigentes de ERC –desde Oriol Junqueras, sobre el que aún pesa una condena de inhabilitación, hasta la secretaria general de Esquerra, Marta Rovira–. También el del secretario general de Junts, Jordi Turull, otro de los condenados en el juicio del procés cuya pena de prisión fue indultada. O las del periodista Jesús Rodríguez o el dirigente de Òmnium Cultural Oleguer Serra, ambos investigados en el caso Tsunami.

Y luego comenzaron a llegar los primeros movimientos judiciales. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha activado el procedimiento en cinco casos. El primero afecta a Artur Mas, la exvicepresidenta Joana Ortega y la exconsellera Irene Rigau, condenados por el 9N. El segundo, al expresident Joaquim Torra, castigado por desobediencia al no descolgar una pancarta a favor de los políticos presos durante la campaña electoral. El tercero, al exconseller Bernat Solè, sentenciado por su papel en el 1-O cuando era alcalde. El cuarto, al exdiputado de la CUP Pau Juvillà, condenado por no retirar lazos amarillos. Y la quinta es la causa que aún se sigue contra los llamados arquitectos del 1-O –Josep María Jové y Lluís Salvadó– y la consellera de Cultura, Natália Garriga.

El tribunal catalán ha dado a las partes diez días para que emitan una opinión sobre la aplicabilidad o inaplicabilidad de la amnistía en cada uno de estos casos. El mismo plazo que se ha otorgado en los dos procedimientos abiertos por las protestas de Tsunami Democràtic, donde se investiga un supuesto delito de terrorismo. Uno, el que se sigue en el Juzgado Central de Instrucción nº6 de la Audiencia Nacional bajo la batuta del magistrado Manuel García-Castellón, es el que afecta a, entre otros, Marta Rovira. El otro, que instruye la magistrada del Supremo Susana Polo por la condición de aforados de los investigados, es el que gira alrededor del expresident de la Generalitat Carles Puigdemont y el diputado del Parlament Rubén Wagensberg.

Menos tiempo, cinco días, es lo que el Alto Tribunal da a defensas, acusaciones y Ministerio Público para que se pronuncien tanto en la causa ya juzgada del procés como en la que aún cuelga por el 1-O, en la que están procesados el expresident Puigdemont, los exconsellers Toni Comín y Lluís Puig o la secretaria general de ERC –los tres primeros por malversación y desobediencia y Rovira sólo por el último de estos delitos–. En su providencia, el instructor de esta última, Pablo Llarena, pide a las partes que informen sobre dos cuestiones fundamentales. Por un lado, sobre la “aplicabilidad o inaplicabilidad” de la norma a los hechos que son objeto de investigación. Y por otro, sobre la pertinencia de mantener o alzar las “medidas cautelares” que pesan sobre los investigados.

Llarena, que mantiene así activa la orden de detención contra el expresident mientras escucha a las partes, solicita a defensas y acusaciones que hagan en sus informes "una particular referencia" no solo a si los hechos se entienden comprendidos en lo que se establece en la definición que se recoge en el artículo 1 de la Ley de Amnistía para los delitos de desobediencia y malversación, sino también a si se pueden considerar "excluidos" del ámbito de aplicación de la norma en base a los supuestos que se recogen en el artículo 2 de la misma. En concreto, y como si supiera perfectamente dónde está el punto de conflicto, Llarena pone el foco sobre uno de ellos: "Los actos tipificados como delitos que afectaran a los intereses financieros de la Unión Europea".

La palanca del artículo 27

En la Fiscalía, que ha preferido quedarse a un lado en esta primera fase de activación de la norma –no tiene previsto impulsar de oficio la revisión de los procedimientos–, son conscientes de que los dos grandes puntos de conflicto alrededor de la ley girarán en torno a la malversación y el terrorismo. Los cuatro fiscales del procésJavier Zaragoza, Jaime Moreno, Consuelo Madrigal y Fidel Cadena–, sin ir más lejos, ya hicieron llegar la semana pasada un informe al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, en el defendían a capa y espada que la amnistía no podía ser de aplicación para el delito de malversación, que es el que persigue a Puigdemont y por el que fue condenado, entre otros, Junqueras.

En aquel documento, difundido pocos minutos después de la aprobación definitiva de la norma en el Congreso de los Diputados y antes de su entrada en vigor, los fiscales del procés ponían el foco sobre la normativa europea y sobre el mismo precepto de la norma al que ha apuntado Llarena. Y defendían que en el 1-O existió un "indudable beneficio patrimonial e incluso enriquecimiento personal", lo que colocaría los hechos en el ámbito de exclusiones que marca la ley. "Con ánimo de lucro se apropiaron de los fondos públicos y asumiendo sobre ellos, extraídos de su función pública y legal, facultades de titularidad los destinaron al pago de quienes ellos mismos habían contratado", apuntaba aquel escrito.

Zaragoza y Moreno se han vuelto a reunir este martes con el fiscal general del Estado. En este nuevo encuentro, según explican fuentes fiscales, García Ortiz les ha solicitado que elaboren un "informe procesal" para dar respuesta al Tribunal Supremo, al entender que lo que le entregaron los fiscales del procés la pasada semana no era más que un documento "genérico" sobre la norma. No obstante, las mismas fuentes aseguran, en respuesta a lo publicado por algunos medios, que "en ningún momento" el máximo representante del Ministerio Público les ha indicado en qué dirección tiene que ir el informe. "Ellos pueden hacerlo en el sentido que estimen oportuno", aseguran las fuentes consultadas.

Los fiscales del procés tienen previsto defender a toda costa su postura alrededor de la amnistía. Algo que puede terminar por abrir una nueva guerra jurídica en el seno del Ministerio Público. Si el fiscal general rechazase el criterio de Zaragoza, Moreno, Madrigal y Cadena, podría elaborar él mismo otro informe contrario a las tesis que ellos plantean, lo que podría llevar a los cuatro fiscales a pedir que se active el artículo 27 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. Dicho precepto permite convocar, cuando haya discrepancias con un superior, a la Junta de Fiscales de Sala para que se pronuncien al respecto. Ahora bien, lo que diga este órgano no es vinculante. El superior puede ratificarse en su criterio.

La resistencia de los jueces a la amnistía podría retrasar su aplicación más allá de los dos meses que fija la ley

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Dicha batalla, de darse finalmente, debería desarrollarse a contrarreloj, dado que el tiempo máximo de respuesta que el Supremo ha dado a las partes para pronunciarse en los dos procedimientos vinculados al referéndum independentista es de solo cinco días. Sea como sea, lo que finalmente termine defendiendo el Ministerio Público en sus escritos ante el Alto Tribunal no tiene por qué anticipar nada. Serán los magistrados de la Sala de lo Penal y el instructor Llarena quienes tengan la última palabra sobre la aplicación o no de la medida de gracia en los casos vinculados al procés que tienen sobre la mesa.

El Tribunal de Cuentas abre la puerta a la vía europea

Con su publicación en el Boletín Oficial del Estado, la amnistía entra en el terreno de lo desconocido. Tras meses de refriega política, comienza ahora una batalla jurídica que tanto magistrados como fiscales dan por hecho que será larga. Los jueces y tribunales encargados de aplicar la norma pueden plantear cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea si creen que la ley puede chocar con el derecho comunitario, un movimiento que implicaría, en la práctica, la suspensión del procedimiento –y, por tanto, de la aplicación de la amnistía– hasta que el órgano resuelva. Y el mismo efecto tendrán las cuestiones de inconstitucionalidad que se planteen ante el Tribunal Constitucional.

El Tribunal de Cuentas, de hecho, ya ha planteado la posibilidad de preguntar a Luxemburgo en el marco de la causa que tiene abierta contra 35 personas por el desvío de fondos para el 1-O y la acción exterior del procés. La consejera del Departamento Segundo de la Sección de Enjuiciamiento ha dictado este martes una providencia en la que da diez días a las partes para que se pronuncien sobre la posibilidad de plantear una cuestión prejudicial al TJUE sobre algunos artículos de la norma de olvido jurídico que podrían chocar con el derecho comunitario. En concreto, menciona la "lucha contra el fraude y toda actividad ilegal que afecte a los intereses financieros de la UE", el "principio de cooperación leal", los principios de "igualdad y no discriminación" o los "principios de seguridad jurídica y confianza legítima".

La maquinaria jurídica alrededor de la amnistía entra en funcionamiento. Tras la publicación de la norma en el Boletín Oficial del Estado (BOE), tanto los jueces como las defensas de varios encausados y condenados no han dudado en poner en marcha este martes el procedimiento para la aplicación –o no– del olvido jurídico en los diferentes casos por hechos vinculados al procés. Con la activación del mecanismo, se abre ahora un breve lapso de tiempo –diez días, por lo general– para que las partes puedan emitir su opinión. Y eso incluye, por supuesto, a la Fiscalía, que ha preferido mantenerse en segundo plano en esta fase inicial de puesta en marcha de la norma. Un Ministerio Público en el que la amnistía puede terminar abriendo una nueva guerra jurídica, sobre todo en lo que tiene que ver con el encaje de la malversación en la misma.

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