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Un juez no ve delito de odio en frases como "la Tercera Guerra Mundial tendrá que empezar algún día y será contra el Islam"

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El titular del Juzgado de Instrucción número 5 de Ceuta ha decretado el sobreseimiento libre y el archivo de la causa abierta en febrero de 2020 por un presunto delito de odio que mantenía como investigados al presidente de Vox en la ciudad autónoma, Juan Sergio Redondo, y a otro de sus diputados en la Asamblea Regional, Francisco José Ruiz, como presuntos autores junto a la senadora Yolanda Merelo de los mensajes contra los musulmanes vertidos en un grupo interno de Whatsapp del partido, que, a juicio del magistrado, son "denigrantes" e "injuriosos", pero "no tienen entidad suficiente" como para merecer "reproche penal".

En su auto, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso Europa Press, el instructor concluye que "las expresiones 'Vamos a tragar moros por cojones' o 'la Tercera Guerra Mundial tendrá que empezar algún día y será contra el Islam', entre otras, no suponen menoscabo del delito de ofensa del sentimiento religioso de los musulmanes ni un ataque directo a la libertad de culto de dicha religión". Desde su punto de vista, con ellas "no se incita al odio ni a la humillación de las personas que profesan la religión musulmana".

"No puede haber una equivalencia entre infracción de las normas de la religión musulmana y delito y sanción penal en un Estado aconfesional y democrático: lo que puede justificar la intervención penal es que el derecho a la libertad religiosa se vea verdaderamente afectado", razona el juez.

En su análisis de los hechos el magistrado subraya que para poder calificar un acto comunicativo como discurso del odio es necesario tanto "que suponga una incitación directa e inminente a la violencia" como "que se dirija contra los ciudadanos en general o contra determinadas razas, creencias o actitudes vitales en particular", algo que no aprecia en este caso.

"La relación causa-efecto entre los mensajes y el presunto menosprecio hacia el colectivo de los musulmanes no está mínimamente probado. Desde que salieron a la luz esos mensajes, hace más de un año, por cierto", según recuerda, "no se ha generado violencia u odio hacia aquel colectivo, no al menos que este instructor tenga constancia: decir que los mensajes publicados generan violencia y odio, como hace la Fiscalía, es una manifestación que no se puede compartir porque no queda mínimamente probado, al menos cuando lo que se pretende es una respuesta del derecho penal".

En su exposición explica, además, que "la crítica malsonante, la manifestación políticamente incorrecta, los gestos o actos desabridos, de mal gusto o de impactante exageración no deben quedar expulsados del campo legítimo de la libertad de expresión" aunque ello "no significa, naturalmente, que no puedan ser objeto de rechazo, censura o de reprobación por sectores más o menos extensos de la opinión pública".

"Cuando nos encontramos en un contexto político, el derecho a la libertad de expresión debe alcanzar una mayor amplitud y debe resultar especialmente resistente a las restricciones que en otras circunstancias habrían de operar", añade.

"Expresiones denigrantes y formalmente injuriosas" 

A su juicio, las vertidas en el grupo privado de Vox "son expresiones de mal gusto incluso denigrantes y formalmente injuriosas, imbuidas de una innecesaria carga despectiva o difamatoria, pero se difunden en un momento de tensión política en Ceuta como era la aprobación de los Presupuestos de la Ciudad [de 2020] cuando el partido del gobierno (PP) no contaba con mayoría absoluta y necesitaba del apoyo de Vox", que se escindió con la salida de dos diputados de su Grupo Parlamentario.

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"No se debe correr el riesgo de hacer del derecho penal un factor disuasorio del ejercicio de la libertad de expresión ni muchos menos volver por enésima vez a judicializar la política: el tiempo

que este instructor dedica a resolver asuntos políticos desde luego lo está quitando a otros más importantes para el justiciable", lamenta el auto.

Vox ha subrayado en un comunicado que el análisis realizado por la Policía de los teléfonos móviles de sus dos dirigentes investigados apunta a "la no existencia de indicios de los mensajes ni siquiera de su borrado" y ha lamentado la "campaña de juicio mediático" que Redondo dice haber sufrido durante casi dos años, por lo que ha dejado la puerta a "interponer acciones legales" en defensa de su "honor".

El titular del Juzgado de Instrucción número 5 de Ceuta ha decretado el sobreseimiento libre y el archivo de la causa abierta en febrero de 2020 por un presunto delito de odio que mantenía como investigados al presidente de Vox en la ciudad autónoma, Juan Sergio Redondo, y a otro de sus diputados en la Asamblea Regional, Francisco José Ruiz, como presuntos autores junto a la senadora Yolanda Merelo de los mensajes contra los musulmanes vertidos en un grupo interno de Whatsapp del partido, que, a juicio del magistrado, son "denigrantes" e "injuriosos", pero "no tienen entidad suficiente" como para merecer "reproche penal".

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